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Jubilacion activa autonomo

1 respuesta
Jubilacion activa autonomo
Jubilacion activa autonomo
#1

Jubilacion activa autonomo

Buenas a todos. 
Soy autónomo y estoy dándole vueltas a la jubilación activa. A ver si me podeis echar una mano con la nueva ley de 2025.

Tengo una pequeña empresa como autonomo titular y he leido que la jubilacion activa debe solicitarse al menos un año después de haber cumplido la edad de jubilación.

Mi hijo trabaja conmigo como autónomo colaborador hace años, pero podría pasarlo a cuenta ajena para beneficiarme de cobrar un 70% de pensión a partir de mi primer año de demora siempre que él esté contratado por cuenta ajena con contrato indefinido y con una antigüedad de 18 meses. ¿Desde cuando se cuentan esos 18 meses, desde la solicitud de la jubilación activa o desde mi edad de jubilación ordinaria? 

Mi mujer trabaja también conmigo como autónomo colaborador y tenemos la misma edad. ¿Puede ella pedir también la jubilación activa como autónomo colaborador? ¿En ese caso tiene alguna importancia que yo sea el autonomo titular?

Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda y amabilidad.
#2

Re: Jubilacion activa autonomo

Tengo entendido que sería el 75 % de la pensión al primer año, siendo autónomo con empleado, cuyo trabajador esté contratado por cuenta ajena con contrato indefinido y tenga una antigüedad mínima de 18 meses en esa relación laboral.
Para el caso de tu hijo, creo que la antigüedad se mide desde la fecha del contrato indefinido, no desde que solicites la jubilación activa ni desde tu edad de jubilación. Por tanto, tu hijo debería tener esos 18 meses completados antes de que solicites la jubilación activa y, además, que esa situación se prolongue cuando solicites la jubilación, con antigüedad acreditada. 
Para tu mujer, en principio también puede solicitarla porque no le impide que tú seas el autónomo titular. La norma no excluye a los autónomos colaboradores: su condición es similar a la tuya en cuanto a edad, cotización y espera. Tendría que cumplir la edad ordinaria de jubilación, esperar al menos un año hasta pedirla y cumplir con el requisito de cotización (a partir de 2025, solo 15 años mínimo). Si quiere aspirar al 75 % desde el primer año, necesitaría cumplir similar requisito: tener contratado un trabajador indefinido con 18 meses, o un alta nueva sin vínculo previo.