Has perdido unas tierras arrendadas, pero "hipotéticamente" podrías arrendar otras, y seguir con la actividad.
Quizás dispones de medios de producción (tractor, cosechadora...), que si bien ya no puedes utilizar en tierras propias, podrías dedicarte a arrendar los servicios para explotaciones ajenas.....
No digo que sea ni realista ni viable.
Simplemente que los casos de acceso a la prestación por cese de actividad son bastante "cerrados". Y la mera finalización el contrato de arrendamiento del inmueble donde se desarrollaba la explotación, en principio no es un supuesto "directo" (posiblemente, vía judicial, lo tendrías ganado, pero en sede administrativa, lo veo complicado).
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!