Acceder

Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo

4 respuestas
Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo
Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo
#1

Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo

Buenas tardes, alguien sabría decirme, porfavor,si cuando te renuevas el subsidio ahora se te aplica la subida que hay??....o es solo para los que empiezan ahora a cobrarlo, gracias de antemano 
#2

Re: Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo

No existe ninguna subida a día de hoy, ni para los que empiezan a cobrarlo ni para los que ya lo están cobrando.
La última subida fue en enero de 2023.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo

 Buenos días. 
Por favor a ver si alguien me puede ayudar, porque tengo una duda con respecto a la cuantía de  mi prestación por desempleo. He estado 24 meses de baja y me han dado el alta tras denegarme la incapacidad permanente y mi empresa me ha despedido por incapacidad sobrevenida, ahora tengo dudas de como calcular la cuantía de la prestación por desempleo, ya que tras 18 meses de baja mi empresa dejo de cotizar por mi, tengo 6 meses en blanco de cotizaciones y las cotizaciones tras 12 meses de baja son menores que las del mes 1 al 12 de baja.... un follón de importes la verdad. 
Mi pregunta es , para calcular la prestación por desempleo tengo que calcularlo con los últimos 180 días antes de estar de baja por it? ¿o la base de cotización de los 180 días durante la baja? 

Muchas gracias por vuestras respuestas... .llevo un lío con todo esto. 
#4

Re: Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo

Lo primero es solicitar la reincorporación a la empresa, no existe el despido por incapacidad sobrevenida, el contrato se suspende y usted debe reincorporarse cuando le deniegan la incapacidad permanente.
La empresa puede despedirle una vez reincorporada, pero no por incapacidad sobrevenida ya que según el INSS no la hay, sino por otra causa.
En este caso (despido), el SEPE a la hora de calcular el paro debe retrotraerse tanto tiempo como la laguna que haya tenido mientras el INSS estudiaba su posible incapacidad, remontándose más allá de los seis años si es necesario.
En cuando a la cantidad se calcula con las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados, cogerán las cotizaciones después de la reincorporación y completarán hasta 180 días con las anteriores que serán las justo anteriores a la suspensión de su contrato.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo

Hola. La reincorporación a la empresa la empresa la hice pero mi puesto de trabajo tiene un protocolo de trabajo en alturas, y por mi patología no lo puedo realizar, Tras el reconocimiento médico mi empresa no me puede reubicar y proceden al despido por ineptitud sobrevenida. 
Muchas gracias por la.informacion sobre la cuantía.

Saludos