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Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

17 respuestas
Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años
Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años
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#1

Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

Estoy cobrando un subsidio de mayores de 52 años y no puedo recibir mas de 810€ de ingresos mensuales por una renta de una casa que tengo en alquiler . Querría poner en un  nuevo contrato de alquiler que la comunidad de propietarios lo pague el arrendatario  . ¿Se considera que se incrementan a mis ingresos ese gasto que paga el inquilino?
#3

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

El reflejar que las cuotas de la comunidad corren a cargo del inquilino, en mi opinión no debería computar,   pero es importante que deje muy claro en el contrato de que es éste quien debe de ingresarlas directamente en la cuenta de la comunidad y no Vd.
Así evita “tocar” esos importes y que el SEPE tenga menos posibilidades de interpretarlo como renta.
A ver qué le dicen,  ya que pueden interpretar una cosa y la contraria.

#4

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

La cuota de la comunidad es siempre a cargo del propietario. Aunque la pagué el inquilino el SEPE, la sumará al importe del alquiler.
En un contrato puede pactar quien pone el dinero, pero no de quién es la responsabilidad y la responsabilidad es del propietario. 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

Entonces el pagar la comunidad es considerado como una renta por el SEPE?, no lo sabia!
#6

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

Hola,

Yo entiendo que es una condición de contrato. Al final al sepe le interesa saber que ingresos brutos tienes. Si la comunidad la paga el propietario o el inquilino, entiendo que no afecta al ingreso bruto.

Saludos.


#7

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

Pagar la comunidad no es renta.
En el caso de tener un piso alquilado el SEPE considera la comunidad como parte del alquiler

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#8

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

Se puede fijar en el contrato, pero si no se fija nada el responsable es el propietario.
Interpretar que por el hecho de que el inquilino pague la comunidad, el bruto de la renta no incluye ese concepto sería discriminatorio entre dos alquileres exactamente iguales.
Para mí no hay duda, la comunidad forma parte del alquiler siempre, la pagué quien la pague

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#9

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

gracias por tus comentarios. Entonces según comentas el SEPE aplica así el cálculo o crees que es así? Hay algún documento del SEPE donde lo indique? Saludos,
#10

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

Ley general de la seguridad social, indica que todas las rentas se considerarán por el importe bruto y las instrucciones de rentas del SEPE aclaran que no se descontarán los gastos de comunidad del importe del alquiler.
No tengo tiempo ahora para buscar los artículos 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#11

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

Efectivamente, para el SEPE los ingresos que computan solo se informa de la renta de alquiler y no de sus gastos . Para Hacienda el gasto de comunidad nunca es un ingresos. Para la LAU es un gasto que se puede pactar que lo pague el inquilino.
#12

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

Hola, buenas tardes.
Entonces, ¿en el caso del pago del IVA?. Me explico:  Tenía un piso alquilado a unos particulares por 500 euros. Estos señores se fueron. Y lo alquilé a una empresa (que lo utiliza para que pernocten sus empleados). Percibo los mismos 500 euros.  La cuestión es que por ser el inquilino una empresa, he de declarar el IVA, del que quedó claro en el contrato que se haría cargo la empresa, con lo que me abona 605 euros. Esos 105 mensuales, lógicamente, los ingreso en Hacienda cada 3 meses.  ¿El SEPE va a tener en cuenta mi beneficio de 500 euros, o los 605 euros mensuales?
#13

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

El IVA no es un ingreso para usted, es el depositario de ese impuesto hasta que hace el ingreso en las arcas del estado. Para mi no debería considerarse ingreso. 
El problema es que ni la norma de seguridad social ni las instrucciones del SEPE dicen nada o respecto y en cambio hablan de contar los ingresos por su ingreso bruto. Por lo que está sujeto a interpretaciones.
Si se lo cuentan yo reclamaría porque las normas fiscales son claras, usted solo es un intermediario entre quien paga el impuesto y el receptor.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#14

Re: Rentas alquiler y subsidio mayores 52 años

Por los antecedentes de otros temas,  sabemos donde acabarán estas interpretaciones; 
en un juzgado.
Porque será un juez quien tenga que corregir esta interpretación del SEPE. 
Como bien dices,  hay argumentos de sobra para ello.