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Re: ¿Desgrava el IBI y la comunidad de propietarios? - Autónomos
IBI y gastos comunes de la comunidad de propietarios, sí, según el % de afectación que hayas declarado.
La parte concreta de calefacción, como es un suministro, deberías desglosar, y solo sería deducible el 30 % del % que tengas afectado.
Ejemplo: Cuota comunidad mensual de 200 €, donde 100 € sean para gastos comunes y 100 € para calefacción.
Tienes declarado como afecta a la actividad económica un 25 % de la vivienda.
Es deducible el 25 % de los gastos comunes de la comunidad de propietarios (25 €), y un 30 % de los suministros de ese porcentaje de vivienda (30 % x 25 % s/100 € de calefacción), 7,50 € de calefacción.
De los 200 € totales mensuales, es aceptable un gasto deducible de 32,50 €.
La parte concreta de calefacción, como es un suministro, deberías desglosar, y solo sería deducible el 30 % del % que tengas afectado.
Ejemplo: Cuota comunidad mensual de 200 €, donde 100 € sean para gastos comunes y 100 € para calefacción.
Tienes declarado como afecta a la actividad económica un 25 % de la vivienda.
Es deducible el 25 % de los gastos comunes de la comunidad de propietarios (25 €), y un 30 % de los suministros de ese porcentaje de vivienda (30 % x 25 % s/100 € de calefacción), 7,50 € de calefacción.
De los 200 € totales mensuales, es aceptable un gasto deducible de 32,50 €.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
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Re: ¿Desgrava el IBI y la comunidad de propietarios? - Autónomos
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Re: ¿Desgrava el IBI y la comunidad de propietarios? - Autónomos
Si es vivienda y la usas como vivienda, no es gasto deducible, pero en el caso, puedes tener derecho a deducción por adquisición.
Si la usas como local afecto a tu actividad, ya no estás usando esa parte como vivienda, y por tanto, no puedes deducir por adquisición.
O una cosa o la otra. Pero ambas dos no se puede.
Las cuotas de la comunidad de propietarios, como corresponden a cosas múltiples y distintas (pueden ser por reparaciones, por suministros, por seguros,....), las declaras en la casilla final de gastos "Otros gastos deducibles".
Si la usas como local afecto a tu actividad, ya no estás usando esa parte como vivienda, y por tanto, no puedes deducir por adquisición.
O una cosa o la otra. Pero ambas dos no se puede.
Las cuotas de la comunidad de propietarios, como corresponden a cosas múltiples y distintas (pueden ser por reparaciones, por suministros, por seguros,....), las declaras en la casilla final de gastos "Otros gastos deducibles".
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#5