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Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

114 respuestas
Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial
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Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial
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#31

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

Correcto.

Mientras percibas la indemnización legal, esas rentas no computan y podrás percibir el subsidio.
En cuanto empieces a percibir la parte que no está exenta,  si supera las rentas;  suspensión.

Si estás es suspensión mas de un año,  ese subsidio se extingue definitivamente.

No hay posibilidad de reanudación de ese subsidio, sino que tendrás que generar derecho a otro subsidio nuevo.  Lo habitual para que tengas derecho a otro,  cotizar los famosos 90 días.




#32

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

si, me ha quedado perfectamente claro.
#33

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

desde esta última respuesta que me diste llevo dos meses pensando que hacer, ha llegado el momento de pedirlo ya que estoy en el mes de espera, si no pidiera el subsidio para mayores de 52 años ahora y esperara a pedirlo una vez cobrada toda la indemnización, tanto la parte exenta como la no exenta, aunque halla pasado más de un año de la fecha del echo causante, entiendo que podre solicitarlo pero que el derecho nacerá a partir de la fecha de la solicitud, ¿es correcto?.
Aunque parezca un poco enrevesado, es que creo que me conviene más no pedirlo ahora y esperar a cobrar toda la indemnización, ¿por que?, por que si lo pido ahora, cuando empiece a cobrar la parte no exenta del finiquito lo tendré que pausar, y al pasar más de un año cobrando la parte no exenta, tengo que generar 90 días de cotización para volver a generar el derecho, y ahora mismo no se si podre lograr esos 90 días de cotización.
#34

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

Si supera rentas durante más de 12 meses el derecho estará extinguido, lo haya solicitado y paralizado o no lo haya llegado a solicitar.
Así que si no lo pide ahora, y luego supera rentas durante más de 12 meses y solicita después, tampoco podrá cobrarlo.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#35

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

Ya lo comentamos en fechas pasadas.

"si la acreditación de que cumple el requisito de carencia de rentas propias se efectúa una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha del hecho causante,  procederá a la denegación del derecho,  y el interesado solo podrá acceder a este subsidio...  cuando vuelva a encontrarse de nuevo en una causa de acceso al mismo.

Frangjr lo ha explicado claramente.





#36

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

ya lo tenia claro, pero he encontrado esto en un articulo de Bankinter.com:

 El requisito de los 90 días cotizados. Además de lo anterior hay otro requisito, que haya un “hecho causante”, o una “vía de acceso” al subsidio: haber terminado de cobrar una prestación contributiva o cobrar o tener derecho a cobrar un subsidio. En caso de que no se tengan estas vías se exige tener acumuladas y sin consumir cotizaciones de por lo menos 90 días. No obstante, este requisito NO se exige cuando se haya permanecido inscrito como desempleado de forma ininterrumpida desde el cese en el trabajo o el agotamiento de la última prestación o subsidio. 
#37

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

Eso es aplicable a las personas que cumpliendo con todos los requisitos   -vía de acceso incluida-   aun no tienen los 52 años.

Su caso es que cuando cumpla los 52 años y teniendo todos los requisitos,  NO cumple con la carencia de rentas;   así puedes estar un año.  
Pasado ese año...>  empiezas de CERO,     pierdes la vía de acceso y tendrás que generar una nueva. 


#38

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial


una consulta,
solicite el subsidio para mayores de 52 años y el SEPE me pide un certificado que tengo que pedir a mi antigua empresa, exactamente me pide que en el certificado ha de constar lo siguiente:

 Certificado acreditativo expedido por la empresa, referido expresamente a la cuantía de la "indemnización legal establecida en la normativa laboral, que en su caso procede por la extinción del contrato de trabajo y la fecha final a partir de la cual el percibo corresponde a indemnización superior a la legalmente definida

Se lo he solicitado a la empresa, y aunque me dicen que no hay problema en dármelo, llevan desde el 22 de enero dándome largas.

¿Qué debería hacer a continuación?

Encontré un formulario que se da en el SEPE en casos similares llamado "carencia de documentación" donde se pone la dirección d ela empresa y parece ser que el SEPE se encarga de pedir los documentos faltantes. ¿Es esto factible?

Algún consejo?
me olvido y abandona la solicitud?

#39

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

Volvería a solicitar el documento a la empresa,  y esta vez por escrito  -correo certificado-

Si sigue sin recibir respuesta,  es factible lo que propone;   presente ese modelo en la oficina del SEPE para que ellos lo soliciten.


#40

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

Tengo entendido que la indemnización legal para el SEPE, en caso de un Ere por motivos objetivos son 20 días por año de servicio con un máximo de una anualidad de sueldo. Sin embargo la indemnización exenta para hacienda  es el importe del despido improcedente con un máximo de 180000€. Por tanto, cuando supere la indemnización legal será renta para el SEPE, pero no tiene porqué ser renta no exenta para Hacienda.
#41

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

eso ya lo entiendo, por eso el SEPE me pide el certificado, aquí el problema es que la empresa se atribuye las funciones del SEPE y decide no entregarmelo alegando que me paso de los 20 días por año y 12 mensualidades.
Entiendo que la empresa deberia darme el certificado y que sea el SEPE quien decida si me pertenece o no.
Al final he incluido el formulario de falta de documentación.
#42

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

Si te aprueban el subsidio, la empresa que te ha hecho el ERE puede estar obligada a abonarle al SEPE tanto el importe de la ayuda como la cotización del subsidio. Incluso hay empresas que acuerdan que, en caso de que el trabajador cobre el subsidio, se lo descontará del importe de la Indemnización mensual. La empresa va a intentar siempre que no cobres el subsidio.
#43

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

eso explicaria por que lleva la empresa lleva 15 días diciendome que no hay problema en hacerme el certificado y sin embargo a día de hoy siguen sin enviarlo.
#44

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

¿Dónde está recogido que una empresa pague al SEPE el importe del subsidio cobrado por un trabajador cuyo contrato ha sido extinguido por un ERE? Nunca había oído ni leído tal cosa y veo muy complicado su encaje legal.
Que lo descuente al trabajador del importe de indemnización que le pagan si puede pasar, debe estar recogido en el ERE pero sólo conozco una empresa en la que está firmada esta forma de funcionar., HUNOSA y ya se ocupa esta empresa de obligar a sus extrabajadores a obligarles a solicitar todo y que presenten la aprobación o denegación.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#45

Re: Subsidio para mayores de 52 años y el convenio especial

Según la "clausula telefónica" las empresas que realicen despidos colectivos (art. 51 ET) que incluyan a trabajadores de 50 o más años de edad deberán efectuar una aportación económica al Tesoro Público, cuando concurran unas circunstancias. Para calcular esta Aportación Económica  se tomará en consideración el importe bruto, desde la fecha del despido, de las prestaciones y SUBSIDIOS por desempleo de los trabajadores de 50 o más años de edad afectados por el despido colectivo, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social realizadas por el SEPE.