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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#631

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Al valor catastral del inmueble,   aplíquele un 3,25%.
A lo que le salga,  divídalo entre 12 meses.  

El resultado es la renta mensual que el SEPE le imputa a ese inmueble. 

Ahora tendrá que sumarlo al resto de rentas.
Si el resultado de las sumas superan los 810 euros,   se incumple el requisito. 
#632

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Aplicando esa formula me sale:
valor catastral 41.217,14€* 3,25%= 1.339,55€   /12= 111,62€
alquiler 675€
rendimiento de cuentas 15,99€
Total  802,61€
Según ellos me paso de rentas, porque le aplican otra fórmula, de ahí mi pregunta.
Disculpe por la insistencia pero ellos no te informan como lo hacen.

Muchas gracias por todo.

#633

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La única fórmula que hay es la que te estoy diciendo;  no hay más.
Lo cierto es que estas muy al límite.
Por muy pequeña que sea,   ¿no hay otra cosa que tengas y que no hayas tenido en cuenta? (Garajes, fondos de inversión, acciones, otros bienes de patrimonio...)  Los alquileres los imputan en su importe bruto.
Puede ser también que te estén imputando algo que ya no tengas.

Intenta pedir cita presencial en el SEPE y que le digan el cálculo que le han hecho antes de reclamar. Esa información le aparece en pantalla a cualquier gestor que te atienda.

Si sigues estando seguro/a de que no superas las rentas,   reclamación previa (plazo 30 días hábiles)  acreditando lo contrario.
No te queda otra.

#634

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias por toda la información , me tocará presentar alegaciones.


#635

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Acude al SEPE antes de reclamar para recabar más información.
Aun tienes tiempo para presentar la reclamación y no pierdes nada por ello,
Ya nos contará.
Suerte.
#636

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola . Según leo  los dividendos son considerados por el Sepe como pagos únicos 
y cada uno se divide entre 12,  pero solo se imputan en el mes en que se cobran , no al resto del año . Es decir, que una persona puede tener en cuatro meses diferentes, cuatro dividendos por valor de 3.000-4.000-5.000 y 6.000 eur y no se suspendería el subsidio .Es así ? . Leo tambien que los intereses de plazos fijos anuales no se consideran pagos únicos . Que ocurre entonces si una persona tiene tres plazos fijos de 100.000 euros cada uno al 4% y cuyos intereses se cobrarían en tres meses diferentes . Cuando se cobra el primer interés se imputarían unas rentas mensuales de 4.000/12 =333 eur  , cuando se cobraría el segundo unas rentas mensuales de 666eur . Y cuando se cobraría el tercer interés ya se imputarían unas rentas mensuales de 999 y entonces habría que suspender el subsidio. No sé si es así.  Gracias 
#637

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tanto los dividendos como los intereses de los depósitos a plazos se consideran rendimientos del capital mobiliario, y no plusvalías o ganancias patrimoniales.


Entiendo también que en ambos casos las rentas se perciben con periodicidad superior a la mensual y por tanto se computarán a prorrata mensual sobre el período al que correspondan.

Por ejemplo si los dividendos son de diferentes acciones y se cobran cada uno cada 12 meses.

El mes que se cobra cada uno y los 12 meses anteriores habría que contabilizar la doceava parte del ingreso bruto. Si los dividendos se cobran en meses diferentes pues se irán superponiendo las mensualidades.

En el caso que planteas habría que saber el periodo al que corresponden cada uno de los dividendos, porque sobre ese periodo se prorratearía cada dividendo.


En el caso de los depósitos es igual. Por ejemplo si los depósitos son a plazo de 12 meses,  comenzarían a computar al mes siguiente de su contratación (primer mes de devengo) y hasta el mes de cancelación (último mes de devengo) por la doceava parte de los intereses totales. 
#638

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Mlperez gracias . Sigo entonces liado . En principio creía que el Sepe consideraba los dividendos como pagos únicos , que dividía la cantidad entre los meses que correspondan y que luego no se imputaban las rentas a otros meses, como comenta otro usuario del foro . Pero según me cuentas lo tratan como rentas periódicas ? Te pongo un ejemplo . Si tengo seís acciones diferentes cuyos dividendos se cobran dos veces al año , pongamos que en Enero una acción  da de dividendo 2.000 eur /6= 333 . Quiere decir que los cinco meses siguientes ya tienes imputada una renta de 333 ? . Y si en Febrero  se cobra otro  dividendo de 2.000 eur , quiere decir que ya el mes de Marzo tienes imputadas unas rentas de 666 eur ? 
#640

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si esos dividendos corresponden a 6 meses sí.
Lo único, que los dividendos se cobran al final del periodo al que corresponden, por lo tanto, en realidad el ingreso lo tiene en los seis meses anteriores a cobrarlos y no en los seis posteriores.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#641

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias . Y si se sobrepasan las rentas con los dividendos prorrateados a mitad del año,  hay que comunicarlo en ese momento para que lo suspendan o se puede esperar a la declaración anual de rentas ? 
#642

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Al gusto de cada uno, actualmente se puede comunicar en la siguiente declaración anual de rentas sin que le puedan aplicar sanción ninguna.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#643

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias de nuevo . Pero que ocurre si a mitad de año superas las rentas y los siguientes meses hasta finalizar el año tambien las superas . Cuando se comunica en la declaración anual te suspenden el subsidio un mes o tantos meses como hayas estado superando las rentas ?
#644

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tantos meses como se hayan superado las rentas, por supuesto, por lo tanto, en ese caso yo no esperaría a la declaración anual de rentas porque el importe del cobro indebido sería mucho mayor.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#645

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tengo una consulta