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Subsidio mayor de 52 años.

8 respuestas
Subsidio mayor de 52 años.
Subsidio mayor de 52 años.
#1

Subsidio mayor de 52 años.

Buenos dias;
Quisiera saber si el tiempo cotizado cobrando prestación de desempleo en Bélgica, se cuenta también como desempleo en España?
Y poder contar desde entonces y cuando termine me inscribí en el SEPE. Ya que creo que es requisito para poder pasar de la RAI al
subsidio mayor de 52 años. Se que las cotizaciones en la UE sirven como si se realizaran aquí. pero la duda es si el desempleo también.
#2

Re: Subsidio mayor de 52 años.

En principio si ..es un pais de la union europea y sera mas rapido si has rellenado el formulario U1
#3

Re: Subsidio mayor de 52 años.

Si ya lo entregue para pedir la RAI como emigrante retornado, pero me denegaron el subsidio porque no me cuentan ese tiempo para el requisito de los 2 últimos años dentro de los 15. Y además me lo volvieron a denegar por el mimo motivo, mas que no estuve ininterrumpidamente inscrita en el SEPE desde la ultima prestación de desempleo en junio de 2011. Ahora ya lo decidirá un juez, ya que en unos días tengo juicio contra el SEPE. Aunque mi abogada dice que esta complicado, no tiene en cuanta el desempleo cotizado en Bélgica.
#4

Re: Subsidio mayor de 52 años.

Creo que no me he explicado bien.
Tras cobrar desempleo en Bélgica regrese a España y me inscribí inmediatamente en el SEPE.
Tras el mes de espera solicite la RAI ya que el subsidio no podía por no tener la edad, entonces era mayor de 55. Cuando termine mi segunda RAI es cuando solicite el subsidio y me lo denegaron por no tener 2 años cotizados en los últimos 15, reclame ya que no me contaron lo de Bélgica y me vino denegado por segunda vez por el mismo motivo, los 2 años y porque no estuve ininterrumpidamente tras el ultimo desempleo....Por eso era mi pregunta sobre las cotizaciones si las tienen en cuanta y el desempleo cuanta como si lo hubiera cobrado en España, reúno los 2 requisitos..
#5

Re: Subsidio mayor de 52 años.

Cobrar una prestación por desempleo no cotiza a desempleo, ni en España ni en Belgica ni en ningún sitio. Pero el requisito de dos años en los últimos 15 no tiene nada que ver con cotizar a desempleo, son cotizados de cara a la jubilación.
Por otro lado el subsidio para emigrantes retornados no tiene ningún requisito de edad, no podía cobrarlo porque es para el retornado de fuera del espacio económico europeo (y Belgica es del espacio económico europeo).
¿Ha pedido usted o su abogado al INSS un certificado de cumplir los requisitos para la jubilación salvo la edad? Lo digo porque el SEPE tiene un certificado del INSS que dice que no los cumple y en base a eso es a lo que deniegan, es contra ese papel contra el que tienen que luchar y ese papel no lo hace el SEPE. Puede que el señor juez ordene pedir este papel como parte del procedimiento pero si no lo hace y se fía del que aporta el SEPE ya tienen el juicio perdido.
Contra la segunda causa de denegación, hay que estar inscrito como demandante de empleo desde la última vez que tuvo derecho a un subsidio de los recogidos en el artículo 274 de la Ley de Seguridad Social (es decir, no vale la RAI, subsidio extraordinario, PRODI, PAE, ni paro cobrado en Bélgica), no se considera interrumpida la inscripción si ha estado trabajando, ahora bien, la Ley no habla en ningún momento de que pasa cuando no ha estado trabajando por estar en el extranjero. Imagino que cualquier juez considerará que lo trabajado en Bélgica se asimila a lo trabajado en España en el sentido de que no hace falta estar inscrito, pero la interpretación que puede dar al tiempo en desempleo en Bélgica es algo que se me escapa.
Otro tema importante es cuando ha cumplido los 52 y los 55, si cumplió los 52 antes de julio de 2012 el simple cumplimiento de la edad era causa de acceso, sólo deberían mirar que tenga los 2 años en los últimos 15 (además de los 15 años en total y 6 cotizados a desempleo) en el momento de cumplir la edad y estaría el subsidio mal denegado. Si cumplió los 52 a partir de julio de 2012 el subsidio era para mayores de 55 y con requisitos de acceso más duros, sin embargo, si cumplió los 55 durante este periodo la RAI cobrada durante este periodo le serviría como causa de acceso, no habría que mirar la inscripción anterior y se mirarían los requisitos de 15 años cotizados, 2 en los últimos 15 y 6 años cotizados a desempleo en el momento que se le reconoció la RAI. Si en marzo de 2019 aun no tenía los 52, se tendrían que mirar los requisitos de 15 años cotizados, 2 en los últimos 15 y 6 cotizados a desempleo en el momento de cumplir 52 años, pero si ya tenía los 52 entonces estos requisitos deben mirarse en marzo de 2019.
Todo un mundo.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#6

Re: Subsidio mayor de 52 años.

Cuando comencé a cobrar la primera RAI tenia 54 años, aun me faltaban 10 meses para los 55. 
Entiendo que entonces la RAI se debe considerar como vía de acceso sin tener en cuenta lo anterior. 

#7

Re: Subsidio mayor de 52 años.

Si cumplió los 55 años antes del 13/03/2019 y estaba cobrando en ese momento o se le concedió después (y siempre antes del 13/03/2019) una RAI, esa RAI es causa de acceso al subsidio aunque sea un subsidio concedido fuera de plazo.
En ese caso, los requisitos de 15 años cotizados a la seguridad social, 2 cotizados en los últimos 15 y 6 cotizados a desempleo se deben mirar en esa fecha (la de cumplimiento de los 55 años o la de concesión de la RAI) y no hace falta estar inscrito ininterrumpidamente desde ese momento hasta la actualidad.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#8

Re: Subsidio mayor de 52 años.

Muchas gracias por la información.
#9

Re: Subsidio mayor de 52 años.

Buenos días;
Ya salió la sentencia  del juicio contra el SEPE y ha sido desestimada por no cumplir los dos requisitos. Como Ud. me dijo se han basado en los informes del INSS y también que no he estado ininterrumpidamente inscrita. Yo le comente a mi abogada lo que Ud. me comento sobre las fechas de cuando cumplí los 52 . Pero tampoco lo tomo en cuenta, ya daba por perdido el juicio desde el minuto uno. Que ese requisito no lo cumplía. 
Así que me queda un mes para terminar de cobrar mi ultima RAI y ya no se que puedo hacer, estoy desesperada ya que me quedo sin tener ingreso alguno. Y tampoco se que hacer ya que dos veces acudí al INSS y según ellos solo el SEPE puede pedir eso. Ni han tenido en cuenta el U1, se supone que es un documento que certifica los periodos cotizados en la UE. Y ahora con todo el problema de la pandemia como para solucionar nada. 
Y volver a solicitar el subsidio cuando termine la ultima RAI será para nada imagino. Esto es como luchar contra Goliat.
Saludos.