Para el subsidio de mayores de 52 años sólo se tienen en cuenta ingresos propios, no los de ningún otro miembro de la unidad familiar. Pero ¡Ojo! si estáis casados en gananciales el rendimiento efectivo de esos bienes de la herencia se imputará por mitades (rendimiento de acciones, de fondos de inversión, pisos alquilados...), nunca el propio hecho de adquirir la herencia.
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Re: Hola,cobro subsidio mayor de 52 años mi cónyuge recibirá herencia
Muchas gracias Franjgr por la información un saludo
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Re: Hola,cobro subsidio mayor de 52 años mi cónyuge recibirá herencia
Buenas tardes, leyendo la pregunta sobre la herencia del conyuge y subsidio mayores de 52 años le agradecería me confirmara si la aceptación de la herencia de parte de un inmueble por parte del conyuge en régimen de gananciales se tendría que comunicar al Sepe o se comunicaría en el momento de la venta. Geacias.
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Re: Hola,cobro subsidio mayor de 52 años mi cónyuge recibirá herencia
En el subsidio para mayores de 52 años no se tiene en cuenta al cónyuge. La herencia es privativa y la venta de una propiedad privativa también es privativa, por lo tanto ninguna de las dos cosas debe comunicarse al SEPE. Al SEPE sólo le importa si esas propiedades tienen ingresos de explotación (alquiler) porque los ingresos de explotación son privativos.
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Re: Hola,cobro subsidio mayor de 52 años mi cónyuge recibirá herencia
Muchas gracias franjgr, por tu rápida respuesta. Me quedo tranquila. Saludos
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Re: Hola,cobro subsidio mayor de 52 años mi cónyuge recibirá herencia