#31
Re: Subsidio 52
Hola, paso más abajo un enlace en el que se explica esta sentencia.
No es correcto esto que indicas Franjgr: "este extremo llevaba contándose para la jubilación (y por lo tanto también para el subsidio)" Sí contaba para la jubilación, pero no para desempleo, por ese motivo es importante esa sentencia del Tribunal Supremo (el origen fue justamente que una madre reclamó su derecho a que esos intervalos cotizasen también para desempleo, que se le añadiesen esos días como cotizaciones ficticias). Y sí deberían saberlo en el SEPE, no solo en la Seguridad Social, porque ese dato afecta a la concesión o no del subsidio, de hecho la funcionaria que sí conocía la sentencia, insistió en que al rellenar el formulario de solicitud del subsidio mayores 52, debía indicarlo en el campo Observaciones, ya que de lo contrario, si en el SEPE ven que no llegas a los 15 años te lo deniegan. Si faltan solo unos meses para alcanzar los 15, deben cotejarlo con la Seguridad Social y si procede, añadir los 112 días por hijo, lo que en algunos casos puede marcar la diferencia entre tener o no derecho al mismo.
Ayuda para mayores de 52 años: 112 días cotizados por hijo (65ymas.com)
No es correcto esto que indicas Franjgr: "este extremo llevaba contándose para la jubilación (y por lo tanto también para el subsidio)" Sí contaba para la jubilación, pero no para desempleo, por ese motivo es importante esa sentencia del Tribunal Supremo (el origen fue justamente que una madre reclamó su derecho a que esos intervalos cotizasen también para desempleo, que se le añadiesen esos días como cotizaciones ficticias). Y sí deberían saberlo en el SEPE, no solo en la Seguridad Social, porque ese dato afecta a la concesión o no del subsidio, de hecho la funcionaria que sí conocía la sentencia, insistió en que al rellenar el formulario de solicitud del subsidio mayores 52, debía indicarlo en el campo Observaciones, ya que de lo contrario, si en el SEPE ven que no llegas a los 15 años te lo deniegan. Si faltan solo unos meses para alcanzar los 15, deben cotejarlo con la Seguridad Social y si procede, añadir los 112 días por hijo, lo que en algunos casos puede marcar la diferencia entre tener o no derecho al mismo.
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