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Arrendar vivienda como residencia habitual y despacho - Autónomos

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Arrendar vivienda como residencia habitual y despacho - Autónomos
Arrendar vivienda como residencia habitual y despacho - Autónomos
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Arrendar vivienda como residencia habitual y despacho - Autónomos

Hola qué tal? Tengo la siguiente duda:

Si, como arrendador, alquilo mi piso a un autónomo que va a usarlo como residencia habitual y además como despacho para ejercer su actividad:

- Para el pago de la mensualidad, ¿estoy obligado a emitir facturas con IVA?
- Ese IVA repercutido al inquilino, ¿tengo que liquidarlo con hacienda mediante la presentación de los modelos correspondientes (303, 390)?. En caso afirmativo, ¿tendría que darme yo de alta como autónomo también?. ¿Estaría ejerciendo una actividad empresarial (alquiler de viviendas)?

Muchas gracias,
Un saludo