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Actividad agrícola, baja, cese o modificación datos

4 respuestas
Actividad agrícola, baja, cese o modificación datos
Actividad agrícola, baja, cese o modificación datos
#1

Actividad agrícola, baja, cese o modificación datos

Mi marido esta dado de alta en la S.S. como autónomo agrícola, desde hace unos 17 años. Desde hace 2 que también cotiza en la S.S. como trabajador por cuenta ajena, ya que trabaja para un empresario.
Nos hemos planteado la baja del pago en la S.S. però no nos lo permiten, debemos aduntar el módelo 037 de Hacienda, como que cesa en la actividad agrícola.
Però la cuestión és que el no cesa en la actividad, que ejerce en dias festivos, y además tiene fincas arrendadas. aunque no posee ninguna en propiedad.
En Hacienda me explicaron que no se podian generar ingresos agrícolas, sin cotizar a la S.S.
Però nosotros tenemos nuestras dudas porque mi marido pertenece a una Cooperativa de la cual se reciben ingresos, donde la mayoria de los socios no están dados de alta al Rég.Seg.Social más bien lo contrario que muchos de ellos estan jubilados y otros són asalariados por cuenta ajena.
Por otro lado también recibimos ayudas de la PAC.
Por todos estos motivos tenemos mucha incertidumbre sobre lo que debemos hacer, pero lo que si tenemos claro es que no queremos seguir pagando a la Seguridad Social, porque al final del año lo comido por lo servido, aunque ya sabemos que las bases de cotización se incrementan para la jubilación, pero llegaremos a cobrar?
Alquien me puede ayudar a esclarecer las ideas?

#2

Re: Actividad agrícola, baja, cese o modificación datos

Una cosa es tener unas tierras disponibles (por propiedad, arrendamiento, etc), cultivarlas y sacar unos dinerillos, y otra es ya dedicarse de una manera más o menos profesional a la agricultura, desarrollando una actividad económica.

Las fronteras entre el mero aprovechamiento casi en autoconsumo, y el desarrollo de actividad económica son tenues. Pero si la actividad es habitual y sostenida, e implica un volumen de ingresos (brutos o netos) significativo, es actividad económica, e implica alta en la SS RETA agrario (o incluso RETA normal, más caro).

¿Que hay quien directamente hace trampas y desarrolla la actividad de manera submergida? Sí.
¿Que hay a veces cierta complicidad -activa o pasiva- por parte de cooperativas hacia comportamientos poco honestos? También.
¿Que hay jubilados que están en los campos? Pues sí, y hacerlo de manera ocasional es legal.
¿Que alguno eso de la "ocasionalidad" es lo que hace día sí día también? Pues no es legal, pero se da.

Creo que el criterio de ocasionalidad en las labores agrarias por cuenta propia (escribo de memoria) es ejecutar labores durante no más de cuatro meses al año, y no más de tres días seguidos. Y claro, que el volumen de ingresos que eso genere (brutos) no supere el importe del SMI. Y naturalmente, sin tener ningún trabajador.
Si se da esa ocasionalidad (esa "no habitualidad"), cabría mantener los ingresos agrarios por cuenta propia, sin alta en el RETA agrario.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Actividad agrícola, baja, cese o modificación datos

Pero por lo que deduzco es que no deberían exigirme el cese de la actividad en Hacienda, tan sólo la baja para el pago de la cuota en la Seguridad Social y ya esta.
O no lo he entendido bien, quizas?

#4

Re: Actividad agrícola, baja, cese o modificación datos

Tal como he puesto, en los límites las cosas quedan difusas.

Entonces, para intentar racionalizar y simplificar la mayor parte de los casos posibles, se hacen ciertas interpretaciones cruzadas.

Y una de esas interpretaciones cruzadas, con la intención de simplificar y dar coherencia en la generalidad de casos, es hacer que el alta o baja censal de hacienda es el documento que arrastra el alta o baja laboral en la SS.

¿Que se hace normalmente?
Presentas un modelo 037, a final de cosecha o temporada sería lo lógico, dándote de baja censal en hacienda.
Con esa baja censal de hacienda, tramitas la baja laboral de SS.
Una vez ya estás de baja laboral en la SS, y si vuelves a tener algún tipo de ingreso o actividad económica, vuelves a darte de alta censal en hacienda.
Y NO te das de alta laboral en la SS.

De esta manera, en el futuro, podrás declarar correctamente los ingresos e impuestos en hacienda, ya que estás correctamente de alta censal.
Y si realmente la actividad es ocasional, marginal, con muy pocos ingresos (acreditables), la SS no dispondrá de causa o razón suficiente como para obligarte a dar de alta laboral.

Eso sí, al darte de alta censal de nuevo, estás poniendo una banderita que señala que efectivamente desarrollas una actividad económica.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Actividad agrícola, baja, cese o modificación datos

Gracias por tus respuestas, sobre todo la última, donde por fin he visto la luz.
Sabia que se me escapaba algo, pero no sabia el que. Ahora lo tenemos claro.
De nuevo gracias por tu análisis de la situación.