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Desgravar por compra de moto

4 respuestas
Desgravar por compra de moto
Desgravar por compra de moto
#1

Desgravar por compra de moto

Hola, soy autónomo, inscrito como agente comercial. Quería comprar una moto para visitar a los clientes que tengo dentro de la ciudad y me gustaría saber que es lo que tengo que hacer o que pasos tengo que dar para poder desgravar el bien de inversión.
Un saludo y gracias.

#2

Re: Desgravar por compra de moto

Si eres agente comercial, no creo que tengas que dar ningún paso al respecto.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Desgravar por compra de moto

Podrías deducirte el 50 % del IVA en la compra y mantenimiento de la moto. También podrías conseguir una deducción del 100% en el IRPF si se usa únicamente para la actividad comercial. Lo que se suele hacer en estos casos es registrarlo en el libro de registro de bienes de inversión, poniendo como imputación 0% (para que lo tenga en cuenta en el IRPF), y en Opciones Avanzadas haciendo constar la imputación a IVA el 50%, según comentan en ContaPlus, si usas este programa.

Te dejo además este artículo que seguro que te sirve:  Deducciones de los autónomos en la Declaración de la Renta. Saludos!

#4

Re: Desgravar por compra de moto

Muchas gracias Lorena.
Un saludo.

#5

Vehículo en libro de registro

Buenos días Lorena, quería consultarte algo.

soy autónomo desde hace un par de años, pero inscrito como agente comercial desde el 01/01/16. Tengo un vehículo que utilizo para trabajar (anterior a ser autónomo).
Preguntando en hacienda me dicen que puedo contar los gastos del vehículo al 100%, tanto combustible como mto, pero que tengo que incluirlo en el libro de registro como si fuera un bien de inversión, con fecha del 01/01/16, aunque no lo haya comprado ahora. Utilizo para contabilizar los gastos un programa (Contasimple), pero no se muy bien como hacerlo. Tiene que figurar en el libro de registro para que quede identificado el vehículo que utilizo.
También me voy a comprar una moto para los desplazamientos cortos, pero hacienda me dice que solo puedo contar un vehículo, o el coche o la moto. Que si voy a registrar la moto (que esta si la voy a comprar) tengo que dar de baja el coche y que si voy a contar los gastos del coche, tengo que meterlo en el libro de registro y no poner nada de la moto. Supongo que haré esto último porque mis mayores gastos, a la larga, son los del coche.
Un saludo y gracias.