Cuando el INSS tiene conocimiento de que un beneficiario ha ingresado en un centro penitenciario, suele revisar el expediente para comprobar si sigue cumpliendo los requisitos del IMV y, dependiendo de las nuevas circunstancias concretas y de la duración de la condena (no tiene los mismos efectos condenarte a cárcel para 10 días que para 7 años), puede o mantener el derecho al IMV al resto de la unidad familiar (modificando la cuantía de IMV, ya que se entiende que uno de sus miembros deja de convivir con los demás), suspender la prestación, o extinguirla si se pierde definitivamente algún requisito.
No me consta haber leído ninguna referencia similar en el foro, así que no puedo decirte ni concretarte más, pero si te pica la duda siempre puedes acercarte a la Seguridad Social y preguntar por tu caso concreto.