No, y es algo que se ha comentado muchas veces cada año.
Imagina que sois 3 personas en total (pareja más un hijo adulto), y has cobrado el IMV integro que en 2026 son 14085,12 euros.
Si haces IRPF 2026 conjunto, Hacienda te obliga a declarar como ingresos el exceso percibido que supere 1,5 veces el IPREM -artículo 7, letra y) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas- (o sea, lo que supere los 12600€ ahora mismo), ergo tendrías que reflejar en la declaración ingresos por valor de 1485,12€ que luego serian usados por la Seguridad Social para reducir vuestro IMV.
Si haces IRPF individual, en realidad cada uno de vosotros ha percibido la tercera parte de dichos 14085,12€ de IMV (que además la Seguridad Social, en su certificado de rentas que envía en febrero de cada año así lo desglosa) que serian 4695,04€ y como no superas 1'5 veces el IPREM no tienes obligación fiscal de declarar nada de dicha renta exenta que es el IMV.
En el primer caso (conjunta) al revisar la declaración existen ingresos declarados -no lo hagas y reza para que Hacienda no te cruja- mientras que en el segundo caso (suma de tres declaraciones individuales) no.
Consúltalo con cualquier asesor fiscal si quieres.