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Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

18 respuestas
Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital
Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital
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#1

Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Hola amigos.

El mes pasado me extinguieron la prestacion del IMV después de modificar los datos de unidad de convivencia al añadir a mi esposa que hasta ahora 
vivía en otra ciudad por cuestiones laborales. Cuál ha sido mi sorpresa al ver que han decidido suspender mi IMV ya que no está constituída la unidad 
por al menos 6 meses. Se supone que cumplimos todos los requisitos para ser perceptores. Entiendo que no compute como 2 miembros la prestación hasta 
dentro de 6 meses pero al menos tendrían que mantener la prestación como miembro único. El árticulo 10.5 de la ley 19/2021 dice " 
Una vez reconocido el derecho a la prestación de ingreso mínimo vital, la incorporación de una nueva persona al domicilio en el que residan otras personas que integran una unidad de convivencia y con las que se mantenga alguno de los vínculos establecidos en el artículo 6.1, no requerirá el transcurso del plazo de seis meses a que se refiere el párrafo primero del artículo 10.3.  
Hice una reclamación y también me la desestimaron emplazándome a interponer una demanda ante el juzgado de la social.  Qué se os ocurre?
Gracias a todos.
#2

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

La ley 19/2021 en su artículo 10 sólo tiene cuatro apartados. De donde sacas el apartado 5?
#3

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Si acudes a la vía judicial te darán la razón, porque la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital efectivamente establece dos cosas distintas:
- Art. 10.3 → exige 6 meses de convivencia para constituir una unidad nueva
- Art. 10.5 → dice que si ya tienes el IMV reconocido, añadir a alguien no requiere esos 6 meses

Y tu caso encaja claramente en el segundo supuesto, pues ya eras beneficiario, no estás creando una unidad de convivencia desde cero y estás solo modificando una unidad existente "ampliándola" al añadir a una persona más.  Por tanto, suspenderte completamente la prestación es discutible jurídicamente. 

Recuerda que solo tienes 30 días desde la respuesta a tu reclamación para acudir a dicha vía judicial. Solicita abogado de oficio, plantea tu caso una vez lo tengas y suerte.

P.D. A la vez, si ya ha pasado más de seis meses de que tu mujer se haya empadronado con vosotros, puedes solicitar de nuevo el IMV independientemente de lo que resulte judicialmente.
#4

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Tenemos que tener en cuenta el hecho de que lo que aquí se está hablando ha entrado en vigor con la nueva ley 1/2026 del pasado 8 de abril, de hace unos días 
Hay que aplicar en cada supuesto la ley vigente en ese momento. Las leyes no tienen efecto retroactivo y no se pueden aplicar a un caso anterior a la promulgación de la ley
#5

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Bueno, hay cambios con el incentivo al empleo https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-6976 (mejorándolo) y "modificaciones" del IMV en la disposición final tercera que tú indicas https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-7967 (a falta de ser refrendadas próximamente ¿no?) pero no tengo claro que en su caso se puedan aplicar, ya que dice que reclamó y le dieron respuesta negativa dejándole solo la vía judicial.
#6

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Pero no tiene sentido que se lo extingan por eso, no? Imagínate si tienes un hijo. Al añadirlo, estás cambiando tu unidad de convivencia y, por ende, basándonos en este caso, deberían extinguirte el IMV. Lol.
#7

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

En el caso del incentivo al empleo la norma es un real Decreto por tanto es un reglamento, uno una ley. Los reglamentos sí pueden hacerse retroactivos. La ley en cambio si se quiere que algo sea retroactivo debe regularse expresamente en la propia ley. 
Por otro lado la ley 1/2026 del 8 de abril, que se publicó el día 9, y que entró en vigor el día 10, o sea ayer mismo, se trata de una ley no de un real decreto ley y no requiere convalidación en el Congreso de los diputados. Supongo que te refieres a esa convalidación cuando hablas de que sea refrendada.
Lo que quiero decir con esto es que no se puede aplicar el contenido de esta ley a situaciones anteriores al día 10 de abril. En el caso que nos ocupa, el hecho causante que es lo relevante, es anterior al 10 de abril y por tanto se aplica la ley anterior no la nueva. Creo que cualquier intento de judicializar una reclamación está condenado al fracaso. 
En cualquier caso, pienso que transcurrido los seis meses desde el empadronamiento,  debería solicitar un nuevo IMV, con independencia de cualquier demanda judicial que quiera instar.
El caso del hijo recién nacido es diferente, está recogido en la ley actual por supuesto y también en la anterior. Eso no ha tenido cambios



#8

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Pero te refieres a que, si por ejemplo, yo añado a alguien nuevo al empadronamiento de mi domicilio, ya sea relativo (cónyuge, hermano, etc) o no, se me extingue el IMV y tengo que esperar 6 meses para formar la nueva unidad de convivencia?
#11

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Antes sí, con la normativa antigua. 
Ahora parece que ha cambiado eso sustancialmente, y  a mejor, de lo que me alegró extraordinariamente porque los temas de modificaciones en la unidad de convivencia eran muy conflictivos. 
Pero he de mirar bien la reforma, es muy reciente.

#12

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Antes sí, con la normativa antigua. 
Ahora parece que ha cambiado eso sustancialmente, y  a mejor, de lo que me alegró extraordinariamente porque los temas de modificaciones en la unidad de convivencia eran muy conflictivos. 
Pero he de mirar bien la reforma, es muy reciente.

Pero si la persona añadida no tiene vínculos de parentesco dentro del segundo grado, entonces el tema se complica algo más.

O bien se acredita el no aparentesco con un certificado de los servicios sociales, o habría que presentar un contrato de alquiler exclusivo de habitación, de forma que se separen las distintas unidades de convivencia dentro de la misma vivienda

#13

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Ahora cómo se supone que es? Por ejemplo, si me caso con una persona y la empadrono en mi domicilio qué pasaría?
#14

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Hola yo añado en marzo a mis 2 hijos menores ya la cobrábamos yo y mi hija mayor este mes no he
Cobrado y me han paralizado este mes sin cobrar nada me dijeron en el 020 que no me lo deberían de haber paralizado al ser vulnerable.
Tienen derecho a pararmelo? Xq este mes q comen mis hijos?
#15

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Mi hermano se casó en noviembre del año pasado, pero su mujer sigue viviendo en otra ciudad por problemas familiares pues si madre está enferma y requiere de ella, así que están viviendo y empadronados en diferentes lugares. Este año en la declaración debe poner a su esposa, así que os pido ayuda para saber cómo hacerla. Si la hacen individual sería correcta? Le pueden quitar el imv aunque estén empanados y viviendo separados? Muchas gracias por leerlo.