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Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

18 respuestas
Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital
Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital
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#16

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Sobre el IRPF, estando casados se puede hacer declaración individual o conjunta, eso va a gusto e intereses de cada uno.

Sobre el IMV, sí que puede haber problemas por estar cada uno empadronado en sitios diferentes y eso tendréis que arreglarlo porque es algo irregular y os puede traer problemas.

#17

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Muchas gracias por responder. En cuanto su madre esté capacitada para volver a valerse, se empadronaran juntos para regularizar las cosas. De nuevo,gracias siempre por estar ahí ayudando.
#18

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Lo que no termino de pillar es porque ha tenido que empadronarse con ella en otra ciudad "para atenderla" dado los problemas que esas historias de cambio de empadronamiento ya sabemos que ocasionan para el IMV, pero bueno, cada uno sabrá sus cosas.  Suerte si os piden explicaciones desde la Seguridad Social en su momento a ver que le respondéis y si no trae consecuencias esa historia de cobrando el IMV estar empadronados cada uno en un sitio diferente.
#19

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Lo que yo no entiendo es que tienes 30 días creo que son para comunicar cualquier cambio de tu unidad de convivencia si no lo comunicas malo y si lo comunicas te exigen que esté 6 meses empadronado en el mismo domicilio yo no lo entiendo
#20

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Bueno, los motivos que hayan ocasionado que la mujer del hermano de atenea69 se haya tenido que empadronar en otro sitio para atender a un familiar los desconozco y no me interesa conocerlos, solo digo que cobrando el IMV su hermano y su mujer no es nada lógico y que tengan suerte si la Seguridad Social lo descubre y les pide explicaciones... nada más.

Lo de los 30 para comunicar un cambio de domicilio u otra condición que afecte al IMV está establecido en el Artículo 24.1 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, que regula el IMV. 
#21

Re: Extinción de la prestación por añadir a mi cónyuge - Ingreso mínimo vital

Lo de los 30 para comunicar   
Me faltó poner DÍAS entre "30" y "para" pero bueno, imagino se entiende bien.

...exigen que esté 6 meses empadronado...
Pero eso es para solicitar el IMV y en este caso entiendo que el hermano de @atenea69 y la mujer de este ya perciben el IMV... yo lo que planteo es que el hecho de que la mujer del hermano de atenea69 lleve X meses empadronada en otro sitio que no es su domicilio para atender a su madre es que ojalá no le traiga problemas en el futuro, porque no tiene lógica alguna empadronarse con su madre para atenderla pero bueno, que me da igual, vamos, que eso son cosas de ellos con las que tendrán que lidiar y aclarar en un futuro si les piden explicaciones.