Es que hay cosas que no aparecen en tu información fiscal, aunque si son considerados para ver si superas el umbral de rentas o no, como por ejemplo las pensiones que recibas por hijos (no te aparecen en tu renta, pero como son declaradas por tu ex-pareja identificándolas con el DNI de los menores y las cantidades abonadas), o el valor de tasación de las viviendas de tu propiedad (que si supera ciertos umbrales ya sale el aviso de exceso de rentas) o el importe de las rentas obtenidas por otros miembros de tu unidad familiar (sean familia o no o aunque sean desconocidos si están empadronados en tu misma dirección ya les cuenta como incremento de rentas)...
Y te repito que los ingresos de las rentas activas de inserción son ingresos que se cuentan para revisar tu umbral de rentas, aunque luego si te conceden el IMV tu CCAA te las quite si que computan para el cálculo de ingresos de tu unidad familiar de cara al IMV. La excepción es que no cuentan en el caso de ser concedidas por violencia de género y siempre que así lo acredites por tu parte porque la S.S. "no hila tan fina" a pesar de ser uno de los motivos de exclusión de rentas.
Son muchos detalles, por eso lo mejor es que si luego te aparece DENEGADA por superar umbral de rentas mejor les pidas cita y preguntes el motivo concreto y especifico de dicha denegación si no estás conforme con dicha resolución y reclames.