¿Y por qué debería tener problemas con el IMV?
Es totalmente válido compaginar cobrar el IMV con estar trabajando o con estar desempleado cobrando el paro o sin cobrarlo, de hecho la situación laboral de cada uno no hace falta comunicarla a la Seguridad Social... ellos ya ajustan el IMV que nos corresponde cada año revisándonos nuestra situación e ingresos del año anterior dos veces al año (en mayo mediante datos provisionales proporcionados por Hacienda a la Seguridad Social, y en octubre ya con los IRPF reales de cada uno presentados sobre nuestros ingresos del año anterior)