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IMV-¿Pobreza sobrevenida?... - Ingreso mínimo vital
Buenos días,
Mi caso es el siguiente:
Solicité el pasado 3 de Enero de 2022 el IMV. Empezó el estado en estudio, luego pasó a pendiente de documentación , para ayer, volver a en estudio. Bien, dicho esto, yo vivo sólo desde hace 7 meses que es cuando desgraciadamente falleció mi madre, con la cual convivía. Cuidaba de ella por su delicado estado de salud, y a su vez, vivíamos los 2 de su pensión. Con todo esto, y contando que yo sigo parado, sin ingresos ( desde Julio del año pasado, que son los que cobraba mi madre de su pensión) y con tan sólo a fecha de hoy, de una disponibilidad de 200€ en el banco, mi pregunta es si con esto nuevo que han sacado de la pobreza sobrevenida, podría beneficiarme en el sentido de que pudieran computarlo como hasta hace poco no lo computaban?...es decir, si cumpliendo el resto de requisitos, con este nuevo, dado que desde Julio del año pasado hasta la fecha de hoy, mi cuenta ha bajado hasta el punto de que he de pedir ayuda a la familia para poder comer y pagar las facturas del piso ( debido a que ya NO he vuelto a tener ningún ingreso desde esa fecha), podrían llegar a considerarlo como pobreza sobrevenida hasta el punto de poder llegar a concederme el IMV?...
No sé hasta que punto considerarán lo de la pobreza sobrevenida, pero que decir tiene, que si cuentan los ingresos que entraron en el ejercicio de 2021, en este caso, desde el 1 de Enero de 2021 hasta Julio, nada tendré que "rascar" en ese aspecto!.
Mi caso es el siguiente:
Solicité el pasado 3 de Enero de 2022 el IMV. Empezó el estado en estudio, luego pasó a pendiente de documentación , para ayer, volver a en estudio. Bien, dicho esto, yo vivo sólo desde hace 7 meses que es cuando desgraciadamente falleció mi madre, con la cual convivía. Cuidaba de ella por su delicado estado de salud, y a su vez, vivíamos los 2 de su pensión. Con todo esto, y contando que yo sigo parado, sin ingresos ( desde Julio del año pasado, que son los que cobraba mi madre de su pensión) y con tan sólo a fecha de hoy, de una disponibilidad de 200€ en el banco, mi pregunta es si con esto nuevo que han sacado de la pobreza sobrevenida, podría beneficiarme en el sentido de que pudieran computarlo como hasta hace poco no lo computaban?...es decir, si cumpliendo el resto de requisitos, con este nuevo, dado que desde Julio del año pasado hasta la fecha de hoy, mi cuenta ha bajado hasta el punto de que he de pedir ayuda a la familia para poder comer y pagar las facturas del piso ( debido a que ya NO he vuelto a tener ningún ingreso desde esa fecha), podrían llegar a considerarlo como pobreza sobrevenida hasta el punto de poder llegar a concederme el IMV?...
No sé hasta que punto considerarán lo de la pobreza sobrevenida, pero que decir tiene, que si cuentan los ingresos que entraron en el ejercicio de 2021, en este caso, desde el 1 de Enero de 2021 hasta Julio, nada tendré que "rascar" en ese aspecto!.