Las plusvalías (ganancias patrimoniales) o minusvalías (pérdidas) nunca tributan mientras no se materialicen mediante operaciones de venta real entre el 1ene y 31dic del ejercicio fiscal.
Si tenemos acciones cuyo valor de mercado está por encima del valor de compra, pero no las hemos vendido, entonces nada hay que poner en el IRPF. Tendremos plusvalías latentes, pero no se tributa por ello.
Y si de un mismo título en 2019 compraste 50 títulos a precio 8€, en 2020 otros 100 títulos a 10€ , y en 2024 has vendido en una operación 125 títulos (te quedarían en cartera otros 25 títulos) a 9€ habrás tenido una pérdida de 25 euros:
- Valor de venta/transmisión: 125 * 9 = 1.125 €
- Valor de compra/adquisición: (50 * 8) + (75 * 10) = 400 + 750 = 1.150 €
- Resultado: 1.125 - 1.150 = -25 € de pérdida patrimonial.
En acciones (también en ETF's y participaciones en Fondos de Inversión) se aplica el criterio FIFO (First Input - First Output; las primeras en entrar serán las primeras en salir). Cuando vendes parte de tus acciones, Hacienda considera que estás vendiendo primero las que compraste más antiguamente, independientemente de qué acciones hayas decidido vender tú en realidad.
Así, en cartera quedarán esos 25 títulos a un precio de adquisición de 10€ cada uno.