¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?
Necesito que alguien me pueda ayudar a una cuestión muy básica: Pequeño comercio que vende ropa a personas en un municipio de 30.000 habitantes, los clientes suelen pagar mensualmente con dinero en mano al empleado del comercio, este le apunta el importe en un documento del comercio y también en otro papel que le entrega al cliente. Pues bien al cabo de muchos años, el propietario de este comercio (que no vive en la localidad) vende y cierra el negocio, sin embargo la gente que le adeuda la ropa que le ha ido sacando a lo largo del tiempo no tiene la posibilidad de poder pagar de manera integra lo que le debe. Ante la actual situación se encuentra con que hay gente que no esta dispuesta a ingresar un dinero en el banco mediante transferencia bancaria a alguien que no conoce fisicamente, y en cambio el empleado (ya jubilado) es el que se dedica a querer cobrar lo que le debe la gente. Mi pregunta es una vez cerrado el comercio ¿qué mecanismo y procedimiento se puede establecer para que poder zanjar la deuda existente entre cliente y un pequeño comercio que ya ha cerrado? Gracias.