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¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?

11 respuestas
¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?
¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?
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#1

¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?

Necesito que alguien me pueda ayudar a una cuestión muy básica: Pequeño comercio que vende ropa a personas en un municipio de 30.000 habitantes, los clientes suelen pagar mensualmente con dinero en mano al empleado del comercio, este le apunta el importe en un documento del comercio y también en otro papel que le entrega al cliente. Pues bien al cabo de muchos años, el propietario de este comercio (que no vive en la localidad) vende y cierra el negocio, sin embargo la gente que le adeuda la ropa que le ha ido sacando a lo largo del tiempo no tiene la posibilidad de poder pagar de manera integra lo que le debe. Ante la actual situación se encuentra con que hay gente que no esta dispuesta a ingresar un dinero en el banco mediante transferencia bancaria a alguien que no conoce fisicamente, y en cambio el empleado (ya jubilado) es el que se dedica a querer cobrar lo que le debe la gente. Mi pregunta es una vez cerrado el comercio ¿qué mecanismo y procedimiento se puede establecer para que poder zanjar la deuda existente entre cliente y un pequeño comercio que ya ha cerrado? Gracias.

#2

Re: ¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?

Según lo que expones no tengo muy claro si pretendes que la deuda se pague al antiguo propietario del negocio o al actual.

Todo dependerá de los términos en que se haya transmitido el negocio. De todos modos me temo que si la deuda no está bien documentada será muy difícil cobrarla, sea quien sea el que la reclame.

#3

Re: ¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?

Gracias sujeto pasivo por tu pronta respuesta. Indicarte que quién pretende que se pague es el antiguo propietario del negocio. Respecto a lo de la documentación de la deuda, te explico como es el procedimiento: Cliente llega a principios de mes da una cantidad de dinero (por ejemplo 60 €) que se abonaba al empleado del comercio, el cual anotaba, por un lado en un libro de pago del comercio en el que se indicaba la fecha y el pago realizado y al cliente le anotaba en un papel la misma cantidad y la fecha, y asi sucesivamente cada mes; hasta que en Diciembre de 2009, se cierra el negocio y el empleado del comercio pretende que la deuda que los clientes tienen pendiente la ingresen en una cuenta bancaria hasta que salden la deuda. Ante esta situación ¿qué documentos tendría que facilitar el comercio para que el cliente salde la deuda? ¿que documentos tendrá que exigirles el cliente al comercio para que conste que esta saldando la deuda? Gracias.

#4

Re: ¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?

Depende si quieres cumplir con tus obligaciones o no. Te animo a que cumplas.

Pero, por lo que veo, tienen un claro problema de prueba, puesto que no veo que haya facturas emitidas ni albaranes de entrega firmados por el receptor, ni recibos de pago.

#5

Re: ¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?

Pues que gire recibos. Ya que quiere cobrar que se esfuerce un poco o que hubiese dejado abierto hasta liquidar todo comunicandolo a los clientes.

Saludos

#6

Re: ¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?

Agradeceros a Jexs71, Feinmann y Sujeto Pasivo vuestras respuestas. Es cierto que la única prueba de que dispone el comercio es un libro en el que tiene anotado a boli las diferentes entregas y la fecha de entrega y el cliente de un papel en el que se le ponía por el empleado del comercio la cantidad abonada, esa es el único medio de prueba. ¿Qué ocurre? que cuando el empleado del comercio (nunca el propietario del mismo) le informa al cliente de la cantidad que adeuda, esta, según el cliente, es muy superior a la que al cliente le sale, pero claro como no hay factura de los artículos que el cliente se ha llevado, ni tampoco en el libro del comercio se indican en concepto de que se adeuda, hay un vacio y una discrepancia en cuanto a lo que se debe pagar. El cliente tiene intención de pagar la deuda, lo que no esta dispuesto es a que no pueda demostrar ni a tener la garantía de que lo que ha pagado o tenga que seguir pagando a un comercio que ya ha cerrado (según información extraoficial, en el traspaso del comercio se incluyo las cantidades que tenía pendientes de poder cobrar y que estaban en la calle).

#7

Re: ¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?

Gracias a que teneis intención de pagar por que si no se iba a comer las deudas con patatas.

Saludos

#8

Re: ¿Se debe pagar una deuda de un comercio que ya ha cerrado?

En los pueblos o incluso localidades medianas históricamente había comercios "de los de toda la vida" que utilizaban este sistema, y normalmente el registro lo llevaba el propio dueño o su esposa, normalmente nunca aparecían problemas, se trataba de facilitar la compra a los clientes, y si bien ahora podemos considerar que esto tiene un riesgo de impago tremendo, en realidad no es así, por lo que yo conozco de algunos comercios con este sistema, era una relación basada en la confianza mutua, al comercio no le interesaba “joder al cliente”, porque aquello equivalía a cargarse el negocio, su política era la de permanecer en el tiempo, no sé por vuestras tierras, pero por las mías suele ser un sistema de tiendas si no centenarias, casi …… y no es posible cumplir 50, 75 ó 100 años, jodiendo al cliente, éste antes se entera ……. Es mas o menos el sistema del agricultor o ganadero tradicional, con el cual no hace falta contrato, le das la mano y ello es mas fuerte que un contrato escrito, si bien no es menos cierto que los plazos son muy aproximados, si se acuerda que pagaré en otoño, puede que cobres el 22 de septiembre o el 18 de diciembre, sin que ello suponga incumplir ……

Volviendo a lo de antes ………….. si uno que “tiene cuenta” en el comercio “selecciones la novedad” si no quiere pagar, pues el comercio lo tiene crudo, pero no es lo habitual, yo la verdad cuando voy a mi ciudad natal suelo comprar en un comercio de estos, lo hacían mis padres, lo hacían mis suegros, y lo hacemos nosotros, pero a pesar de que nos lo ofrecieron, y no se ofrece a todo el mundo, se hace a este por es hijo del cliente tal ….., prefiero pagar al contado o con tarjeta, porque al menos a final de mes con el cargo oportuno sé perfectamente con que cuento y con que no …… y es curioso que uno de estos comercios hasta no hace muchos años ni siquiera aceptaba tarjetas de crédito, y os puedo asegurar que se ganan la vida ……