En teoría por la ley uno puede presentar una demanda por este procedimiento con una hojita de papel que ponga por ejemplo “fulano de tal me debe 350 € por la venta de esto y aquello”, si bien en la práctica creo que si no hay un formato más o menos legal como una factura con los datos de cliente y que tenga unas mínimas formalidades me parece poco probable que se admita a trámite. Por poder supongo que se puede presentar, pero yo como cargo medio de una empresa no lo haría, no le veo muchas posibilidades, de hecho nunca se me ha ocurrido presentar una demanda de este tipo (y las hago sin ser abogado, ya que la ley me lo permite, siempre y cuando sean de pequeños importes, no me atrevería a presentar una de 5, 8, 10 ó 15.000 € por ejemplo, por un tema de simple sentido común) sin que tenga algún documento del demandado, normalmente albaranes de entrega firmados, documento de pedido, etc., porque si no hay una mínima apariencia de que la parte demandada recibió la mercancía o, al menos que un transportista externo que haya transportado el género, certifique que entregó la mercancía en destino …… A mi entender, y repito, no soy abogado, un papelote de deuda o una ficha de deuda con sus pagos a cuenta sin una mínima apariencia de documento comercial habitual y sin alguna mínima conformidad de la otra parte de la realidad de la venta, no sé ….. pero le veo pocas posibilidades ante un juez medio inteligente, y los jueces en el 99,99% de los casos no son solo medio inteligentes, suelen ser extremadamente inteligentes, otra cosa es que deban aplicar unas leyes que recordemos ellos no han redactado, y en consecuencia les gusten poco o mucho su obligación es aplicarlas. Su función es aplicar la ley, la confección de la misma es una facultad del parlamente o el gobierno mediante decretos-ley.
En fin, esto que digo no es lo que dice la ley, es una mera reflexión de sentido común.