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Reintegro prestación mínimos.

5 respuestas
Reintegro prestación mínimos.
Reintegro prestación mínimos.
#1

Reintegro prestación mínimos.

Buenas noches:
Les escribo para ver si me pueden ayudar. 
Mi madre tiene 87 años , recibe una pensión de viudedad con complemento a mínimos. Ha recibido una carta de la SS reclamándole el complemento a mínimos del año 2019 por los datos facilitados por la Agencia Tributaria.En dicho año vendió una finca rústica y tuvo un incremento del patrimonio (8906€) debido a que era herencia y antiguamente en las escrituras se les ponía muy poco valor. No entiendo como si tiene la finca , si tiene derecho a mínimos ; y si cambia la finca por un dinero que necesita para poder hacer frente a sus cuidados por su edad, lo pierde y tiene que devolver una cantidad a una persona con una pensión mínima. Además, cuánto tiempo tienen para dicha reclamación de dinero? Si no estoy de acuerdo, qué puedo hacer? Qué alegaciones puedo presentar?
Espero su respuesta y deseo haberme explicado en mi consulta. Gracias por anticipado. Un saludo.

#2

Re: Reintegro prestación mínimos.

Tienen 4 años para poder reclamarlo. 

La burocracia es asi, no mira más que las normas y reglas y al tener un ingreso extra pues automaticamente el ordenador hace la reclamación.

Puedes hacer alegaciones al mismo organismo que te ha mandado la notificacion tendrás un plazo para hacerlo, alega que la venta es forzada para poder hacer frente al pago de sus cuidados, tienes que hacer un escrito de alegaciones presentarlo bien en persona o atraves de los registros electrónicos o por correo administrativo que te cuesta unos 5 euros.

El correo administrativo tienes que llevar dos copias una te la sellan ATI y te la entregan la otra se mete en el sobre y se envía por correo certificado, tienes que llevarlo fuera del sobre se comparan textos original y copia te sellan tu copia con la fecha y la otra se envía.

Aporta facturas gastos que tenga tu madre, medicamentos... Todo los gastos que tenga y Di en las alegaciones fue una venta forzada para hacer frente a sus gastos.

De todas formas imagino te reclaman el año 2019 creo que digiste, una vez pasado ese año con una renta superior permitida, entiendo puedes volver a solicitar el complemento pues ya no estará ese dinero recibido...se habrá gastado, no estará en cuentas bancarias ni nada.

Un saludo

No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#3

Re: Reintegro prestación mínimos.

me temo que tienes poco que rascar.
Tu madre tenía una propiedad con un valor de adquisición "x", en este caso vía herencia,  y al venderlo por una cantidad superior, la diferencia es la ganancia que ha aflorado y por la que se ha pagado el impuesto de la Renta. Se supone que con esa ganancia, más lo que tenga de pensión sin complemento, le da para vivir, según las leyes de los fabulosos políticos de este país.
El complemento solo le reclaman la devolución para ese año; para 2020, volverán a comprobar automáticamente los datos dentro de unos meses, cuando reciban la información de la Agencia Tributaria respecto a las declaraciones que acaban de presentarse para el ejercicio 2020. Si no tiene ningún ingreso extra y antes de esa venta cobraba el complemento sin problemas, seguirá cobrándolo sin que le reclamen otra devolución.
#4

Re: Reintegro prestación mínimos.

Buenas tardes:
Muchísimas gracias por tu respuesta y tu rapidez. Me temo que es como me dices, de todas formas mañana tengo cita para hablar con ellos. Es muy fuerte con lo que estamos viendo en España, los políticos corruptos no devuelven nada y a un pensionista que se ve obligado a vender para poder vivir, le reclaman . 
Si  tiene que devolverlo, tengo que hacer una declaración de la renta complementaria de ese año ya que sus ingresos cambian? O cómo se lo quitan poco a poco, no? Muchísimas gracias por tu atención . Un saludo . Isabel 
#5

Re: Reintegro prestación mínimos.

en la comunicación que haya recibido de Seguridad Social, vendrá una propuesta de reintegro,  mediante un descuento mensual en la pensión. Como no cobran intereses, es lo más cómodo.
Sobre la declaración de la renta, realmente tendríais que presentar una solicitud de rectificación ante la Agencia Tributaria del año en cuestión (2019), una vez la resolución de Seguridad Social sea firme. En ella, se identifica tu madre y expone que ha recibido una solicitud de devolución de ingresos indebidos por el complemento a mínimos de su pensión por  la cantidad xxxx y en consecuencia solicita que la Agencia Tributaria rectifique su declaración de 2019. Sea acompaña de una copia de la resolución de Seguridad Social y ellos se encargan de recalcular la declaración y devolverle lo que salga. Así al menos se mitiga en parte el daño.
#6

Re: Reintegro prestación mínimos.

Muchísimas gracias por tu ayuda. 
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