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Regla de 2 meses en caso particular

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Regla de 2 meses en caso particular
Regla de 2 meses en caso particular

CÓDIGO AMIGO

Trade Republic ofrece cuenta en euros al 2,02% TAE y acceso a acciones, ETFs y otros productos

#1

Regla de 2 meses en caso particular

Buenas tardes.
Compro el día 15-01-2021 500 acciones de la acción "X" a 11.70€
El día 10-02-2021 compro otro paquete de 510 acciones de la misma acción a 10.86€.
El precio medio es de 11.27€.

Por tener claro como operar. Si vendo todas acciones de vez a 11.50€ habré generado una minusvalía en las primeras 500 acciones y un beneficio en el segundo paquete de 510 acciones. Entiendo que en este caso al no quedarme ninguna acción puede deducir las perdidas de esas primeras acciones.

El otro supuesto, si vendo el primer paquete de 500 acciones al completo por 11.50€ y 3 meses después de esa primera venta, vendo el otro paquete de acciones a 12.50€. En este caso entiendo que también puede deducir esas minusvalías?

Gracias.
Un saludo.

#2

Re: Regla de 2 meses en caso particular



Si vendes todas a la vez usando el precio medio de compra, directamente obtendrás una perdida o una ganancia del conjunto..  es como si solo hubieras hecho una sola compra y una sola venta, con el precio medio, obtendrás el precio de adquisición de los dos paquetes, y luego al vender todas juntas obtendrás un precio de venta de todas las acciones.. y entre la diferencia del precio medio de compra de los dos paquetes y precio de venta ya obtienes una ganancia o una perdida no hay que hacer mas líos.

Si decides vender el primer paquete y este te arroja perdidas, y dejas el otro paquete o no,  ya es indiferente mientras no vuelvas a recomprar mas acciones de esa empresa al menos durante 2 meses de la primera venta,  esas perdidas de la primera venta las podrás desgravar siempre que no vuelvas a recomprar en 2 meses, y si el otro paquete lo vendes y tienes perdidas otra vez mientras no recompres en 2 meses las podrás desgravar, si tienes ganancias pues las puedes desgravar con las otras perdidas pendientes.

Y en el supuesto que mantengas las otras acciones mas tiempo, y te pases de ejercicio fiscal, esas perdidas de la 1 operación sino han sido descontadas con otra ganancia en otra cosa, las podrás desgravar en los siguientes 4 años con cualquier otra ganancia que obtengas con la venta de acciones.

Saludos.


No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.