Pues mejor a un abogado, y busca uno especialista en derecho mercantil, si ha mediado y ha tenido juicios en temas de swaps mejor, no que los conoce, que haya tenido ya encargos de ello, porque si bien no es lo mismo (ni parecido) la reglamentación si lo es. Y no te asustes lo de los dos años depende, ¿cuando se inicia el plazo a contar? desde la fecha de depósito o de la fecha de vencimiento, porque hoy es vigente, creo o quiero creer que los años afectarían a partir del vencimiento, pero vamos con 5 dígitos yo a un profesional, con esto pocas bromas, si bien puedes seguir consultado opiniones por aquí y vas contrastando.
Piensa que los estudios de derecho son "de letras" no es como la economía o la arquitectura que son estudios muy técnicos "de ciencias" los llaman, con lo cual algunos abogados se pierden un poco con temas técnicos, por ello mi recomendación de un especialista en derecho mercantil.
Un consejo, si me permites, de momento no hay estafa alguna, estamos en un estado de derecho, todo el mundo es inocente mientras no se demuestre lo contrario, los bancos también, como mucho será "presunto".
Y para terminar una alegría, la banca es de los negocios mas regulados que hay, y de los que mas legislación deben cumplir en defensa del usuario bancario, y esto es una ventaja muy grande para los consumidores o usuarios.
Si en alguna ocasión puedes ser mas concreto, al estilo de los afectados por participaciones preferentes o deuda subordinada "concentrados" en la parte de "preferentes" es probable que entre todos te podamos dar alguna idea o comentar experiencias de otros en situación similar a la tuya, pero sin concretar, cosa que respeto, pues no es posible a mi entender.