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Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la CAM

10 respuestas
Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la CAM
Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la CAM
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#1

Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la CAM

Buenos días a todos, ante todo, gracias por al información que venís dando que resulta muy útil. Explico mi caso:

Ya se que el importe es mínimo, pero ya estoy cansado de que el banco me cobre casi hasta por respirar el aire de su sucursal cada vez que entro en mi oficina.

Resulta que tengo dos cuentas en la Cam. Una en la que me ingresan mi nómina y la de mi mujer y otra a través de la que realizamos los pagos de los préstamos que tenemos (la hipoteca y el coche). En esta segunda cuenta, tengo activado un traspaso automático todos los meses de una cantidad fija para atender los recibos de los préstamos y, hasta ahora no tuve problema alguno. Unos meses dicho traspaso se hacía el día 2, el día 3 ó el día 4 de cada mes.
Este mes, compruebo el extracto de mi cuenta el día 9 y veo que el traspaso automático no se ha hecho y por lo tanto no han cobrado los recibos. Inmediatamente, hago un traspaso vía web para cancelar los recibos y mi sorpresa viene cuando en uno de ellos me cargan algo más de 35€ por demora y "comisón impagos". Independientemente de la reclamación que haré el próximo lunes en mi oficina, después de que una señorita que me ha atendido telefónicamente, se haya "achantado" después de estar vacilándome unos minutos hasta que se me han inchado las narices y le he dicho cuatro cosas bien dichas (ojo sin faltar al respeto en ningún momento) y me haya dicho que tengo que tratarlo con el director de la sucursal que vuelve el próximo lunes de sus vacaciones.
Lo que me realmente me tiene intrigado es esa "comisión impagos" que indican en su recibo ya que, según he leído en la web del BDE, esa comisión sólo se puede cobrar por reclamación de impagos y a mí nadie me ha reclamado el impago del recibo, he sido yo que me he dado cuenta y los he cancelado al cabo de unos días. ¿Puedo reclamar en ese aspecto?

Otro asunto y ya abusando de vuestra sabiduría al respecto. Los dos préstamos tienen vencimiento el último día de cada mes y tanto a mi mujer como a mí, nos ingresan la nómina teóricamente el día 5 de cada mes (aunque la mayoría de los meses suele ser uno o dos días antes), ¿hasta cuándo puedo alargar el pago de los recibos sin que me cobren demoras y comisiones? ¿depende de la buena fe del banco o hay algo estipulado al respecto?

Al que haya llegado hasta aquí, gracias y perdón por el tostón. Espero vuestros comentarios.

Un saludo.

#2

Re: Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la CAM

Bueno, parece ser que la comisión por impagos (33€) está bien cobrada, porque el sistema, automáticamente me envió una notificación escrita, avisándome de que se había devuelto el recibo de la hipoteca, notificación que (qué casualidad), me he encontrado en mi buzón al volver a casa del banco.

Sin embargo, sigo con la duda de cuánto tenemos de plazo para cancelar un recibo sin que nos cobren comisiones y demoras, sabiendo que el recibo viene el último día de cada mes y por ley, tanto mi mujer como yo, podemos no cobrar la nómina hasta el día 5 de cada mes.

Os agradecería un comentario.

Saludos.

#3

Re: Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la CAM

Una carta no vale como metodo fehaciente para que te carguen esos 33euros(segun memorias del BDE),Reclamalos

#4

Re: Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la CAM

hola, es totalmente ilegal esa comision, te lo dice una persona la cual le han devuelto todas esa comisiobes, le he efectuado reclamaciones a varias oficinas y en todas repito en todas han devuelto el dinero, en unas ha sido el mismo director quien se ha encargado de gestionarlo y en otras via hoja de eclamaciones, en el foro hay varios hilos al respecto, la semana pasada sin ir mas lejos y tras esperar casi 4 meses le han devuelto a mi compañero todas las que le cobraron, que eran sobre unas 13 o14, mas el mantenimiento de cuenta de un par de años, ya que el bde entiende que no es buena practica bancaria cobrarlo cuando te obkigan a tenerla abierta para pagar la hipoteca, asi que le dices a la cam que te la retroceda y si se niega, cosa que es facil que haga, pide hoja de reclamaciones pero la de consumo , saludos

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#5

Re: Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la CAM

HOLA MAllorca00
Yo estoy con el compañero Pedrovera en lo expuesto (formas incluidascdado de qu eyo ya las he utilizado y funcionan)
Lo de tostoN y eso nada de nada por lo menos por tu parte cuando mejor este explicado mejor se te puede ayudar
y ame tidos en materia te aconsejo medidas a tomar con esa gente vamos
tocata y fuga con todo lo que tengas y puedas (nominas ,recibos, etc,,)
dado de que por ahi les das igual (entra por aqui y veras)
asi esta gente vera con quiene se la esta jugando y de que NO ESTAS DISPUESTO A QUE TE PISEN (que tienes a unos amig@s que te apoyan)
VER EL LINK

https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/530608-comisiones-aviso-deuda-vencida-son-ilegales-mayor-parte-casos-que-aplican

Yo tambien tengo hipoteca y es lo que he echo (miro las mejores ofertas para por ejemplo depositos,recibos )y asi ando ¿que si me vuelvo loco? todo es cuestion de organizacion

Un saludo y a la BANCA NI AGUA SOLO POLVORONES

#7

Re: Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la CAM

Si te valen estas “bases” para apoyar tu reclamación:

Mira esto por ejemplo ……. http://www.bde.es/webbde/es/secciones/servicio/reclama/criterios/dep_com.html

Concretamente:
Comisión de descubierto
El descubierto en cuenta supone, en la práctica bancaria, una facilidad crediticia concretada en permitir que se atiendan pagos autorizados contra las cuentas de los clientes por encima de los saldos contables. Como contraprestación de esta facilidad, las entidades perciben una comisión que generalmente se aplica sobre el descubierto mayor de todo el periodo de liquidación.
En ningún caso podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados en firme por el cliente. Consecuentemente, no podrán exigirse comisiones de apertura o similares en los descubiertos en cuenta corriente por valoración, o reiterarse su aplicación en otros descubiertos no pactados que se produzcan antes de la siguiente liquidación de la cuenta.
En los supuestos de cobro de comisiones por la reclamación de descubiertos como consecuencia de haber quedado sus cuentas en esa situación. El Servicio estima que para que estas comisiones puedan ser repercutidas a los reclamantes, deben concurrir una serie de requisitos: deben responder a una reclamación formal de posiciones deudoras; tratarse de gastos realmente habidos; que estén debidamente justificados; y que su repercusión al cliente esté prevista en el documento contractual.

O esto otro extraído del informe de reclamaciones del 2007 (y hay un texto idéntico en reclamaciones de otros años)
http://www.bde.es/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/07/Fic/msr0507.pdf - ver la página 93 del informe – que por cierto es un PDF tienes que ir pasado páginas y llegarás a esto:

....... En los expedientes relacionados, las entidades adeudaron a sus clientes la citada comisión sin haber acreditado que hubieran realizado gestiones efectivas de reclamación, o que se cumplieran los requisitos que se indican anteriormente en los criterios generales, para que se estime que la aplicación de esta comisión es conforme con las buenas prácticas bancarias. A este respecto, se considera que resulta, cuanto menos, discutible que el automatismo del envío de cartas (diferido unos días respecto de cada fecha de impago/descubierto), generadas por ordenador comunicando la existencia del impago/descubierto, constituya una verdadera gestión.
Observa esto en concreto “se considera que resulta, cuanto menos, discutible que el automatismo del envío de cartas (diferido unos días respecto de cada fecha de impago/descubierto), generadas por ordenador comunicando la existencia del impago/descubierto, constituya una verdadera gestión”

Y esto lo dice el Banco de España.

En todo caso los informes del Banco de España son recomendaciones de buenas prácticas, no son ley, las entidades las pueden cumplir o no, si bien suelen cumplirlas, a poco que “te pongas flamenco” …..
Y ten en cuenta esto en concreto, porque algún director te puede salir con algo así: el banco o caja han mandado la carta, seguro que ya está en el correo o ya la has recibido ……y es una carta que contiene todos los datos precisos, como deuda, antigüedad, concepto, etc, por tanto lo nuestro es una “carta personalizada” vamos nada que ver con lo que indica el Banco de España, se refiere a cartas que faltan datos y ni siquiera hubiera tu nombre, con lo cual esto que me dices del BdE no tiene relación alguna con nuestro caso …. Bien ….. puede que sea una persona que opine este, pues vale, estamos ante una cuestión de opiniones, pero en todo caso su opinión no cuenta, de entrada contará la del Servicio de Atención al Cliente - SAC o el Defensor del Cliente - DdC, que es el organismo que yo iría, me olvidaría de SAC porque el SAC es un organismo de la propia Caja de Ahorros, y el DdC es un organismo independiente en teoría, y normalmente es común para varias cajas o bancos asociados en esto.

#8

Re: Consulta sobre comisión por impago en recibo de un préstamo con la La Caixa

Hola a todos, no se si este comentario encaja con el tema pero parece que es el que más se asemeja. Yo tengo un prestamo con La Caixa que me lo concedieron para pagar el carné de conducir (con un acuerdo con la DGT que no me cobran intereses ni nada...) Tengo que pagar cada mes 27 euros durante 3 años (me queda uno)Este ultimo mes, justo cuando llega la fecha del pago (día 28) tenía la cuenta con 50 centimos, me enviaron un sms(día 29 viernes) comentando que tenia el prestamo sin pagar. A los 3 dias ingresé dinero de sobra(el día 2 de noviembre(Martes), ya que el 1 y el 31 coincidian en Domingo y dia de todos los santos) y en vez de cobrarme sólo 27, me quitaron 10 euros de más por impago. Alguna vez que no alcanzaba la cantidad del pago mensual, el propio banco me comentaba que les debia pagar ese retraso, que me perdonaban la demora por decirlo de alguna manera... Pero esta vez, al no tener practicamente nada en la cuenta me han castigado con 10 euros de más.
Fui a hablar y me dijeron que eso lo impone el Banco de España, que ellos no tienen nada que ver. ¿Puedo hacer algo? Me parece un sablazo cobrarme 10 euros por un prestamo de 27 al mes...Yo no tengo 10 euros para regalarles. Tengo 21 años y esos rácanos 10 euros son imprescindibles.
Muchas gracias a todos!