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Contratos de trabajo temporales ¿fraude?

11 respuestas
Contratos de trabajo temporales ¿fraude?
Contratos de trabajo temporales ¿fraude?
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#1

Contratos de trabajo temporales ¿fraude?

Hola a todos,

Tengo una duda respecto al nº de contratos de trabajo temporales que se pueden teneren una misma empresa perdiendo la antigüedad, pero siempre ocupando el mismo puesto de trabajo.
En mi empresa actual, empecé con un contrato de 6 meses, luego me liquidaron y sin haber pausa de días en la relación contractual pero sí con perdida de antigüedad, comencé con un contrato de obra que duró 20 meses. Posteriormente, me hicieron un contrato de interinidad de duración 7 meses. Para el comienzo de este contrato, perdí la antigüedad como en la anterior ocasión, y tampoco hubo días de descanso entre un contrato y otro. Por tanto, voy a hacer en mi empresa 33 meses de temporal.
Por favor, ¿podría alguien ayudarme y decirme si esto es legal? Según me han dicho, ya no me van a renovar más y tampoco me van a hacer indefinido.

Muchas gracias!

#2

Re: Contratos de trabajo temporales ¿fraude?

Creo...porqu a una empresa donde trabajé le cayó un palo
la encadenación de diferents contratos es ilegal, y no se puede perder la antiguedad, ¿trabajas en construcción? ¿ett? ¿administración pública? lo digo porque son sitios donde hacen estas cosillas, yo llamaría a laoficina de información laboral de tu comundad

#3

Re: Contratos de trabajo temporales ¿fraude?

Mirate el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, tal vez te aclare algo tu situacion- Un saludo-.

#4

Re: Contratos de trabajo temporales ¿fraude?

Hace un par de años salió una nueva ley que tenía como intención la eliminación de estos abusos. Se trata del Real Decreto 5/2006 de los Trabajadores sobre el encadenamiento de los contratos temporales

Estos eran sus requisitos

REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES

* El trabajador deberá tener suscrito y en vigor un contrato de duración determinada o temporal, o bien un contrato formativo, de relevo o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación celebrado con anterioridad al 1-06-2006. El plazo para la transformación de todos los contratos mencionados en indefinidos finalizará el 31 de diciembre de 2006
* Los contratos formativos, de relevo y de sustitución, cualquiera que sea la fecha de celebración, se pueden transformar en indefinidos con bonificación en cualquier momento de la vigencia de los mismos.
* El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado inclusive, con el empresario o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las sociedades, así como las contrataciones que se produzcan con estos últimos. No será de aplicación esta exclusión cuando el empleador sea un trabajador autónomo sin asalariados, y contrate a un solo familiar menor de 45 años, que no conviva en su hogar ni esté a su cargo.
*En el caso de incorporaciones de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas o sociedades laborales, quedarán excluidos de las bonificaciones cuando hayan mantenido un vínculo contractual previo con dichas sociedades superior a doce meses.
*Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses, previos a la formalización del contrato, excepto en el supuesto previsto en el artículo 8.2 del, Real Decreto Ley 5/2006, 9 de junio (B.O.E. de 14 de junio)

REQUISITOS DE LA EMPRESA

*Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
*No haber sido excluida del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo según lo previsto en el artículo 46 del R.D.Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (B.O.E. de 8 de agosto), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.
* Las empresas que hayan extinguido o extingan, por despido declarado improcedente o por despido colectivo, contratos bonificados al amparo de las distintas normativas de programas de fomento de empleo, según lo establecido en el Real Decreto Ley 5/2006, 9 de junio, artículo 6.2 (B.O .E. de 14 de junio) excluidas por un período de 12 meses de las ayudas contempladas en la citada Ley.

#5

Re: Contratos de trabajo temporales ¿fraude?

Brasilia, faltaría mirar los datos concretos de tu caso, pero a priori parece una cocatenación de contratos, es decir, están usando diferentes conceptos de contratación para mantener la condición temporal.

Primera cosa que debes mirar:
- ¿está la obra justificada?
Una obra tiene que ser real, conforme a las funciones realizadas y tener un horizonte temporal determinado, es decir, no vale "por tareas administrativas". Si la obra no está jsutificada, fraude de ley.

-¿Realizas las mismas tareas que tus compañeros indefinidos?
En tal caso están haciendo una discriminación, deberías tener los mismos derechos y obligaciones que ellos.

Mirando eso y otros puntos, se puede demostrar que vuestro contrato es ilegal y por tanto te correspondería o bien despido improcedente con la antiguedad del primer contrato o bien condición de indefinido con la antiguedad laboral reglada.

Ahora bien, como es un tema delicado, yo me iria a un abogado especialista o a un delegado sindical para que te asesoren. También piensa si merece la pena abrir la caja de los truenos.

Un saludo

#6

Re: Contratos de trabajo temporales ¿fraude?

Yo te daría el consejo de Dalton... con todos los papeles puedes ir a un ABOGADO... dejate de sindicatos y delegados sindicales que muchas veces hablan sin saber (lo que si puedes hacer es ir a los abogados de los sindicatos que los hay y buenos malos o regulares como en todos los lados). De primeras parece que no tendrías ningún problema en demostrar la continuidad de los contratos y de hecho es como si tuvieras un contrato fijo sobre todo cara a algun despido que si te lo hacen podrías reclamar con todo el historial laboral.

Yo como te digo visitaría un buen abogado laboralista para aclarar la situación... a veces más vale 100 euros bien gastados que tener la duda o bien lo que me dicen en un sitio u otro gente que no son/mos profesionales del derecho.

#7

Re: Contratos de trabajo temporales ¿fraude?

Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.

Respondiendo a Rebotada, trabajo en una importante multinacional.
Comencé a trabajar en esta empresa en el verano de 2007, y me han dicho que dentro de un mes, cuando se finalice el actual contrato, ya no me renovarán, terminando mi relación con la empresa. Como me iré sin liquidación alguna por despido (sólo el finiquito de lo que me queda de pagas, vacaciones...), de ahí que quizá me interesa abrir la caja de los truenos como bien ha dicho Dalton.
Miraré algún abogado laboral bueno que me pueda asesorar correctamente. Si conoceis alguno, no dudeis en decirmelo.
Muchas gracias de nuevo

#8

Re: Contratos de trabajo temporales ¿fraude?

Depende de las ganas de guerra que tengas...
Aunque no te lo prezca tienes totalmente la sarten por el mango, tu empresa son unos patanes y han cometido un fraude ley, es facilisimo demostrarlo.
Simplemente planteate si quieres seguir en esa empresa o no, pero asume que aunque no te lo reconozcan eres una trabajadora indefinida con 33 meses de antigüedad.
El único problema es como materializar ese derecho que ya has adquirido.

Un saludo.