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Prestamo Padre - hijo o donación

2 respuestas
Prestamo Padre - hijo o donación
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Prestamo Padre - hijo o donación
#1

Prestamo Padre - hijo o donación

Hola,

No se si alguien me puede ayudar con estos dos supuestos:

Mi padre me va a prestar un dinero para cancelar un préstamo y una tarjeta de crédito.

Supuesto 1:

 El dinero procede de su liquidez. La idea es presentar el modelo 600 junto con un contrato privado donde se especifique 0% de interés. No se harían pagos constantes, si no que le iria devolviendo el dinero según se pueda. Habia pensado poner una cuota pequeña y considerar los excesos como amortizaciones, el problema es que mi padre tiene 75 años y temo que con ese tipo de contrato lo acaben consideren donación. ¿Hasta que punto monitoriza Hacienda que los pagos se realizan según lo acordado en el contrato? ¿Es necesario que se especifique un plazo de devolución?

Dado que ambos residimos en la Comunidad de Madrid, donde el impuesto de donaciones esta bonificado, ¿sería mejor ponerlo como donación, pagar ese 1% e ir devolviendo el dinero en transeferencias no muy elevadas para evitar problemas?

Supuesto 2:

El dinero procede de un prestamo que mi padre solicita a un plazo determinado con un interes determinado. Se le devuelve el dinero en un plazo distinto (superior al solicitado por él). La idea es presentar, junto con el modelo 600, un contrato en el que los intereses reflejen la realidad de los intereses que el ha pagado, extrapolados al plazo en el que se le devuelve el dinero, de forma que al final del prestamo se le haya devuelto exactamente la misma cantidad que él pagó.

¿Sería justificable para hacienda eximirle de la declaración de incremento patrimonial por los intereses percibidos? ¿vuelve a ser mejor realizar una donación?

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Para ambos supuestos, si en lugar de realizar una transferencia a mi cuenta, se encarga el directamente de cancelar las deudas... ¿considera Hacienda esto tambien una donación? ¿tiene mecanismos para trazarlo?


Gracias,

Antonio

#2

Re: Prestamo Padre - hijo o donación

Te expongo mi caso.

Hace 6 años me surgió la oportunidad de comprar una casa baratérrima, pero como en ese momento no podía recuperar el dinero sin perder la inversión, mi padre me hizo un préstamos de 35.000€ a 25 años e interés 0. Entonces tenía 68 años. No hubo ningún problema.
Ése crédito lo tienes que devolver. Si no lo haces en vida, se te deduce de la posible herencia. Y si fueses el único heredero o parte del capital fuese herencia efectiva, supongo (no lo sé a ciencia cierta) que tributara como una herencia normal.

Por ejemplo. 
Caso 1 - Te presta 10.000€. Se los devuelves mientras él aún los pueda recibir. 
Caso 2 - Desgraciadamente fallece y la herencia se reparte entre los familiares. Le has devuelto 5000€ mientras aún vivía. El resto se deduce de la herencia que te corresponde. Ahora vienen dos condiciones posibles. No sé si serán 100% correctas, pero si no recuerdo mal, así es como nos dijeron que iba.
Caso 2a - Si el montante total efectivo, incluyendo bienes, que te lega en herencia es de 5000€ o más. Lo que te queda por devolver más el dinero restante, pasarían a tributar como herencia
Caso 2b - Si el montante total efectivo incluyendo bienes es menor de 5000€. Esa cantidad tendrás que devolvérsela al resto de herederos según les corresponda. Porque en la herencia, el préstamo que te ha hecho, cuenta como capital perteneciente a tu padre. 

Por mi propia experiencia, yo iría a por la primera opción. No creo que te pongan trabas. Eso sí, ante cualquier duda, lo mejor es hacerlo a través de un abogado.
#3

Re: Prestamo Padre - hijo o donación

Muchas gracias, 
Tiene bastante sentido lo que dices. Es de esos casos en los que, queriéndolo hacer bien, nunca sabes cómo acertar.

Un saludo