Re: Tarjetas CajaMadrid
De acuerdo con la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago:
Artículo 28: El proveedor de servicios de pago emisor de un instrumento de pago cumplirá las obligaciones siguientes: a).... b) Abstenerse de enviar instrumentos de pago que no hayan sido solicitados,....El incumplimiento de esta obligación puede ser objeto de sanción (artículo 51 de la Ley 16/2009). Resumiendo: Si te han enviado la tarjeta sin tu pedirla, la solución es fácil: les llamas y les dices que la anulen o, en virtud de la mencionada ley, procederás a presentar la pertinente reclamación. No tienen porqué tomarte los datos, simplemente que la anulen. Para presentar la reclamación primero lo has de hacer ante la propia entidad (a través de su servicio de Atención al Cliente) y, si no te contestan, o no lo hacen satisfactoriamente, después has de reclamar ante el Banco de España. Portal del cliente bancario del BdE: Quejas y reclamaciones Un saludo