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¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?

17 respuestas
¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?
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¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?
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#9

Re: ¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?

sabeis que se puede hacer si cobran comisión (por mantenimineto) en una cuenta donde está domiciliada la hipotéca y las preferentes , es del banco sabadell antigua cam , el banco de españa recomienda no cobrar por esto , pero el sabadell se lo pasa por el forrro , que se puede hacer ? ya escribí en su facebook y no pudieron retroceder la comisión.

alternativas ?

#10

Re: ¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?

Leyendo la cadena de emilios podrás ver que dicen cobrar por cambiar las condiciones del préstamo. Yo no tengo un préstamo, sino un crédito, del que no cambio ninguna condición

#11

Re: ¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?

Hola,
En el tema de preferentes tengo que pasar..
En el tema comisiones: cambia de cuenta (escribiré en los proximos dias cómo hacerlo)
En el tema "escribir en facebook": Olvida el facebook, escribe al SAC;Es lo unico que sirve.
En el tema "no pudieron", acostumbremonos a escribir "no quisieron" :-)

#12

Re: ¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?

Todo esto ya lo leí, y sé que es un crédito hipotecario y no un préstamo, una hipoteca abierta lo llaman, pero sigo sin ver y perdona, en base a que cambio de condiciones se basan para cobrar esta comisión, porque para la revisión de interés se supone que no es ningún cambio de condiciones, simplemente sería la apliación de la revisión pactada, de ahí que te pregunte cual es el cambio de condiciones que ellos consideran como tal y acreedores de tal cobro ????

#13

Re: ¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?

Perdona si no entendí tu pregunta.
Yo cambio los plazos todos los annos, ajustando la cuota a mi liquidez personal. En la escritua no indica comision por este concepto.

#14

Re: ¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?

Entonces, te cobran la comisión de modificación de condiciones y/o garantias, entiendo que es una interpretación muy literal del pacto de comisión, porque no se cambian las condiciones, no hay modificación de ninguna cláusula financiera ni tampoco en cuanto a la garantía, como sería sustituir una finca por otra (que por otra parte es poco habitual, y solo se produciría por ejemplo en una finca que tuviera una expropiación de unos metros para ampliar una calle, o cosas por el estilo, pero vamos en mi opinión, pretender aplicar esta comisión, que sin ver el pacto, debe ser extremadamente generalista, por un ajuste de plazo, me parece mucho pretender por su parte. Por cierto y para ser más rápidos en estas cosas ¿conoces el sistema de cartas al Director General que tiene esta entidad? se trata en la práctica como un SAC previo y que responden en menos de 10 días, y por ello no pierdes la posibilidad de ir luego al SAC, por la red puedes encontrar el reglamento de este servicio, creo que es el artículo 7 de dicha normativa.  

#15

Re: ¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?

¿Dónde (www) encontraría descrita esa comisión? He intentado encontrar en las publicadas y depositadas en el BdE..
..pero sin exito. Gracias por adelantado.

#16

Re: ¿"Apropiación indebida" en grado de tentativa?

en la escritura, en las condiciones financieras, debería existir un pacto por el cual se determina una comisión en concepto de modificación de condiciones o garantías, por ejemplo en una escritura que tengo yo dice:

Comisiones por modificación de condiciones o garantías: en caso de que hubiera modificación de condiciones del crédito o sus garantías se devengarán las siguientes comisiones:

Modificación de condiciones o garantías: Una comisión del 0,50%, por una sola vez, sobre el capital pendiente de pago del crédito, con un mínimo de ..... salvo que dicha modificación se exclusivamente de ampliación de plazo, en cuyo caso la comisión será del 0,10% 

Pero mi crédito hipotecario es de entidad distinta a la tuya, como ves excepto el tema del plazo, lo demás queda muy "a interpretación" ....

Si este pacto no está en la hipoteca, y pretenden (aparte de una interpretación muy generosa) aplicar una comisión no pactada en la escritura tienen las de perder siempre, porque es una modificación contractual, y para ello se necesita acuerdo de las dos partes, y tu no se la vas a dar, a noser que en dicho contrato se estipule que aceptas estar sujeto a las variaciones de condiciones que publiquen en su tablón de anuncios, como ocurre con las cuentas corrientes o de ahorro. Otra cosa es pretender de forma unilateral un cambio de condiciones, te pongo un ejemplo:

Últimamente, calculo que hará un par o tres de años que se inventó una nueva comisión, es la de ir a frmar la  cancelación de la hipoteca en notaria, al margen de que los bancos intentan por todos los medios que estas cancelaciones se hagan de forma centralizada en unas notariasmuy concretas, porque para este asunto el cliente no debe comparecer, solo el banco declarando la carta depago total, esto en la web profesional de la que soy socio, nos lo consultan de vez en cuando, entonces el banco pretende cobrar 60, 80, 100 o incluso 150 € por el desplazamiento a notaria de sus apoderados, hay contratos hipotecarios de los últimos años que preven esta comisión, pero los de 2005, 2005, 2007 ... y incluso de los últimos años, nada se indica en la escritrura, el cliente tiene que pagar porque de lo contrario no van a firmar, pero a la que se reclama al SAC normalmente se devuelve la comisión y sin necesidad de acudir al Banco de España, porque es una modificación contractual no pactada por las partes, un contrato se modifica por la voluntad de todos, no de uno solo, a no ser repito que en la escritura se hubiera aceptado que dichas modificaciones unilaterales son válidas con el mero requisito de publicarlas en el tablón de anuncios. Aún así tengo mis dudas un contrato que prevea que el banco pueda hacer lo que le parezca en cualquier momento, no sé hasta que punto es válido (en esta parte del mismo).