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Por si alguien se aburre en los días festivos.

57 respuestas
Por si alguien se aburre en los días festivos.
Por si alguien se aburre en los días festivos.
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#33

Re: Si te molestas en leer la sentencia, a lo mejor ...

Quien no se quiere enterar , pues eso.

-Vamos a ver , GC , ..que si los sellos los echaran por helicoptero en medio de Madrid , nadie se agacharía a coger ni uno de ellos , los barrenderos tendrían trabajo triple y hasta habría alguna queja en el Ayto por el desorden y perjuicios.

-Que nunca ha habido ninguna actividad de inversion en sellos ni a la milisema parte del tamaño del tema que nos trae , porque estos se hacen con papel y una planchas de acero.

-Que la gente está cansada de ver imagenes en color ,imagenes que se pueden ver a golpe de un solo clic .

-Que todo esto era sabido por las empresas .

Por eso:

-Las "empresas" nunca vendieron sellos en un mercado especializado y nunca obtuviesen beneficios .

-Los proveedores eran escasos y los sellos en palets.

-Todo el mundo efectuara el pacto de recompra y sin él no había "negocio" .

Y ahora lo más importante , que nadie es capaz de demostrar que tales argumentos no sean ciertos.

Cosas sencillas que hasta mi hijo de 5 años entiende.

Saludos.

#34

Re: Si te molestas en leer la sentencia, a lo mejor ...

Ah, ya sospechaba yo que no eras afectado y que no incautaron tus bienes.

Ahora todo encaja.

#35

Re: Si te molestas en leer la sentencia, a lo mejor ...

Es curioso que cuando me refiero a la contundencia e importancia de unas sentencias judiciales, me salgas por los cerros de Úbeda.

De momento esas sentencias están ahí, con todas las interpretaciones que desde tu particular punto de vista quieras darles, en flagrante contradicción con las tesis o sentencias de la fiscalía de la A.N., del Juez mercantil, de los administradores concursales y de algunos "prestigiosísimos" bufetes de abogados.

A ver cómo salen de ésta.

#36

Re: Si te molestas en leer la sentencia, a lo mejor ...

No, mis bienes no han sido incautados, eso lo quedo para quienes los "tuvieran" en ese momento.

Lo mio desapareció, en el momento en que se destapó que los "sellos" que los garantizaban no valian nada, y el dinero ya no estaba en la caja.

Lo mio desapareció, porque los sinvergonzones que debian conservarlo para aumentarlo y devolvermelo, "presuntamente" no eran tan honrados como decian.

Has leido el ejemplo del Picasso??.

#37

Re: Si te molestas en leer la sentencia, a lo mejor ...

A la vista de las sentencias, que es de lo que se trata, sobran ejemplos y parábolas.

Y sí, a los afectados, a los auténticos afectados, nos incautaron nuestros bienes por la patilla. Porque si la Justicia acaba dictaminando que la actividad de las filatélicas era mercantil y que los contratos también eran mercantiles, alguien debería empezar a pensar en devolverme aquello que legítimamente compré y que legítimamente, como bien documentado está, me pertenece.

Y si luego tienen que ir a por las empresas o sus gestores por las irregularidades que pudieran existir, que lo hagan.

Mal está que le roben a uno. Pero que la propia Justicia le desposea de sus legítimas propiedades sin base legal alguna, eso ya clama al cielo.

Pero claro, para sentir eso, hay que ser un afectado.

#38

Re: Si te molestas en leer la sentencia, a lo mejor ...

En efecto para saber lo que se siente cuando te han tomado el pelo hay que ser afectado.

No cuela ya el cuento de "comprabais" sellos, a ver si os enterais el 99,99% de los afectados por no decir la totalidad, querian invertir, tener un rendimiento, NADIE QUERIA COMPRAR SELLOS, y si no hubierais engañado prometiendo la recompra, nadie habría metido un duro.

Daos cuenta que no cuela, que nadie ha reclamado los sellos porque nadie los quiere, a no ser los cuatro pelotas que tenian invertidos 300 euretes por compromiso, 441.000 de los afectados, es decir la inmensa mayoria no aceptó el "convenio trampa" porque nadie cree en vuestros sellos, nadie quiere vuestros sellos, nadie se cree ya las mentiras.

#39

Re: Por si alguien se aburre en los días festivos.

Y como este hilo era para comentar el famoso documento o informe anteriormente mencionado, a pesar de los intentos de Gil Crespo por desviar la atención sigo destacando partes del mismo, en la pag. 22 se dice:

3) “Nos acusan de algo tan ridículo como de administración desleal, un delito que se comete sólo contra los socios de una empresa. Sólo faltaba que administráramos mal contra nosotros mismos”. Volvemos a la misma pregunta de antes: O no se leen el código penal o suponen que no lo vamos a leer nosotros. La apropiación indebida y administración desleal se regula en los artículos 252, 290 y 295 CP. • artículo 252 CP: “Serán castigados con las penas del artículo 249 ó 250, en su caso, los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren hacerlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cincuenta mil pesetas. [...]”. • artículo 290 CP: “Los administradores, de hecho o de derecho, de una sociedad constituida o en formación, que falsearen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica y económica de la entidad, de forma idónea para causar un perjuicio económico a la misma, a alguno de sus socios, o a un tercero, será castigado […]”. • artículo 295 CP: “Los administradores de hecho o de derecho o los socios de cualquier sociedad constituida o en formación, que en beneficio propio o de un tercero, con abuso de las funciones propias de su cargo, dispongan fraudulentamente de los bienes de la sociedad o contraigan obligaciones a cargo de ésta causando directamente un perjuicio económicamente evaluable a sus socios, depositarios, cuentapartícipes o titulares de los bienes, valores o capital que administren, será castigado […]”. Vamos a ver, después de leído, ¿seguimos insistiendo? perjuicio económico a la misma, a alguno de sus socios, o a un tercero, un perjuicio económicamente evaluable a sus socios, depositarios, cuentapartícipes o titulares de los bienes, valores o capital que administren Más claro, agua.
#40

Re: Por si alguien se aburre en los días festivos.

Corsario, con el tiempo te estás volviendo un mago de la verbalidad y la eficiencia léxica!!! jajajajajajaja

Si os tuviera que comparar a ti y a Gil Cresponero con filósofos sería así:

Corsario, tú serías Platón, intentado acceder a la verdad pero sabiendo que estás dentro de una cueva oscura donde solo aparecen sombras.

Gil, tú serías Rosseau, creador de una sociedad que se esconde bajo máscaras para no enseñar la maldad colectiva.

Y Pallantia sería.... una fusión entre el Dioni y Nietzchie, es decir, unos crápulas!!!

jajajajajajajajaja

Saludos a todos y ánimos!!!

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