Acceder
¡Bienvenido a Rankia España! Volver a Rankia USA
Hol@ Os paso el enlace de un video tutorial de la Declaración de la Renta 2022, donde explico cómo tributan las ganancias y pérdidas patrimoniales y cómo traspasar todas la información a la Declaración de la Renta.
También se analizan todas las Exenciones fiscales y la operativa que se realiza para los compensaciones entre ganancias y pérdidas, incluidos los saldos negativos de años anteriores.
Espero que el tema sea de vuestro interés!
Enlace del vídeo:
https://www.youtube.com/watch?v=xzvbDkvuC18&t=1s


2
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  • Pérdidas patrimoniales
  1. en respuesta a Maria 75
    -
    #2
    07/05/23 21:31
    Hola María
    Puedes estar completamente segura de que tu padre no pagará nada por la venta de su casa habitual por tener más de 65 años.
    La forma de declarar la venta es la habitual para los Inmuebles, es decir, tendrás que poner la referencia catastral, la fecha de adquisición y de venta, el valor de adquisición y de venta y cuando calcules el resultado, hay que trasladar el valor obtenido a la casilla 1835 "Ganancia exenta por reinversión en vivienda habitual" y el programa de Hacienda hará los cálculos oportunos y no repercutirá la ganancia patrimonial obtenida por la venta de la casa.
    Saludos!





  2. #1
    07/05/23 20:50
    Hola sr. Juan, como siempre los vídeos muy interesantes. 

    Quería consultarle por el detalle de un caso concreto de exención. Mi padre tiene 79 años y ha vendido la vivienda habitual este año por lo que le tocará declarar dicha venta el año que viene. En su caso no ha reinvertido en vivienda ni en rentas vitalicias ni hay la intención, pero como todavía está a tiempo le quería consultar para asegurar que el año que viene no tenga sorpresas.

    Al ser la residencia habitual estoy leyendo en todas partes que para que sea exenta la ganancia no es necesario ni reinversión en vivienda ni invertir en rentas vitalicias como ocurriría si fuese segunda residencia. Pero al echar un vistazo al borrador de qué tendrá que marcar el año me surge la duda pq sólo aparece la posibilidad de reinversión y rentas vitalicias. Es correcto no informar nada y no tendrá ningún susto? 

    Muchas gracias