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Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web

Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web

La presentación de la declaración complementaria se debe realizar en aquellos casos en los que el contribuyente haya observado alguna errata en su Declaración de la Renta ya presentada por Renta Web, que suponga un aumento o reducción de ingresos dependientes de ésta. También deberá realizarse si el contribuyente tiene por objeto incluir perceptores que, debiendo haber sido incluidos en otra Declaración de IRPF de un ejercicio anterior, hubieran sido completamente omitidos en la misma. Por tanto, en la declaración complementaria solamente se incluirán las percepciones omitidas que motivan su presentación.

Declaración complementaria

 

Declaración complementaria: cuándo se presenta

Deberán regularizarse mediante la presentación de una declaración complementaria: 

  • Los errores u omisiones padecidos en declaraciones ya presentadas que hayan motivado un ingreso inferior o una devolución superior a la procedente.
  • Las pérdidas del derecho a reducciones o exenciones aplicadas en declaraciones anteriores. Es importante saber que la pérdida del derecho a deducciones se regularizará en la declaración correspondiente al ejercicio corriente, aplicando los correspondientes intereses de demora.
  • La Agencia Tributaria, en los datos fiscales que pone a nuestra disposición, comunica separadamente los rendimientos del trabajo en concepto de atrasos, puesto que se regularizan por declaración complementaria.

Declaración complementaria: cómo se presenta

A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web

Paso 1: Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)

Lo primero que debemos hacer es acceder al servicio de Tramitación/ declaración (Renta Web). Para ello, deberemos facilitar nuestro número de referencia, la cl@ve PIN, o con certificado electrónico o DNIe. 

                                                           Declaración complementaria                               

 clave pin referencia certificado

Paso 2: Modificar declaración

 

A continuación, verás la opción "Servicios disponibles". Deberás seleccionar la opción "modificar declaración". 

 

Servicios disponibles

En el caso de que ya tengas una sesión iniciada en Renta Web, existe una opción  "Modificar declaración presentada", que en caso de que la selecciones, mostrará un listado de declaraciones presentadas desde el cual puede recuperar la declaración original.

Modificar declaraciónUn aviso informará de los supuestos en los que se puede presentar una declaración complementaria o una rectificación de la autoliquidación.

Aviso complementaria

Paso 3: Motivo de presentación

En la página 3 de Renta Web debemos especificar el motivo por el cual realizamos la declaración complementaria. En el supuesto de que de la declaración complementaria resulte una cantidad a devolver inferior a la solicitada en la declaración anterior y dicha devolución no hubiera sido todavía efectuada por la Agencia Tributaria; se seleccionará la casilla 107.

 

Página 3 Declaracióncomplementaria

En caso contrario, deberemos señalar la casilla "por razones distintas", y especificar la razón.

En función de la opción seleccionada puede aparecer una ventana emergente en la que deberás marcar la casilla correspondiente al tipo de declaración complementaria y completar el importe, a ingresar o a devolver, de la anterior declaración presentada.

 

Tipo declaración complementaria

A continuación puede aparecer un aviso para que compruebes la opción de tributación seleccionada.

Aviso modalidad

Accede a los apartados de la declaración para realizar las modificaciones correspondientes.

Apartados

Por último slecciona el otón de "presentar declaración"

Presentar declaración

 

Recuerda que deberás consignar, si procede, la cantidad ingresada en su día o la devolución acordada.

También puedes acceder  desde la declaración presentada a estas casillas desde la opción "apartados" , tal y como se observa en la imagen. Recuerda que una vez hayas introducido los datos, puedes comprobar el resultado de la declaración desde "Resumen de declaraciones".

El resultado de la declaración complementaria siempre es una cantidad a pagar del rendimiento omitido, ya que se están incluyendo perceptores, o rentas recibidas que generan una cuota tributaria positiva, por lo cual la cuota tributaria será mayor a la retención practicada en los atrasos.

Ciertas cuestiones importantes a tener en cuenta una vez hemos realizado la declaración complementaria:

  • Si accedes con referencia tendrás que contactar con su Entidad Bancaria para obtener el NRC justificante del pago.
  • Si accedas con certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN podrás obtener el NRC justificante del pago a través de la pasarela de pago desde la opción disponible en el propio programa al presentar la declaración, o desde la opción "Pago de impuestos" de la Sede Electrónica.
  • Otra alternativa sería la obtención de la predeclaración para presentarla en papel donde proceda.

Si tiene más dudas sobre la Declaración del IRPF puedes consultar el foro de fiscalidad.

Foro de fiscalidad

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • Declaración complementaria
  1. en respuesta a rucif
    -
    Top 100
    #260
    16/05/14 09:10

    Buenos días,

    En la casilla 001 de los rendimientos del trabajo, deberás añadir el importe por los atrasos pagados en 2014 antes de presentar el borrador. Un saludo,

  2. en respuesta a jomacaco
    -
    Top 100
    #259
    16/05/14 09:08

    Buenos días,

    Lo recomendable en esta situación, es que en lugar de hacer una Declaración complementaria, vuelvas a presentar una Declaración de la Renta de 2013 (ya que todavía estás en plazo) añadiendo en los rendimientos del trabajo, los atrasos del 2012.

    La Agencia Tributaria tomará por buena, la declaración de la renta presentada con fecha posterior. Un saludo,

  3. Nuevo
    #258
    15/05/14 20:20

    Hola, y gracias de antemano.
    Tengo el borrador de la declarión de 2013, y debo incluir el importe de las pagas de 2013 que me han pagado en abril de 2014. ¿Como debo que modificar el borrador para poder incluirlas?

  4. Nuevo
    #257
    15/05/14 18:26

    Buenas tardes.
    He confirmado el borrador de la renta de 2013.
    Ahora tengo una situación que no sé como salirme. Me han pagado en 2013 unos atrasos del 2012(con su consiguiente retención y seguridad social).
    Claro está, eso no estaba en el borrador confirmado. ¿Cómo debo solucionarlo?
    He rellenado los datos de los atrasos en el programa Padre del 2012 y me sale a devolver ¿puede ser? y no me sale la hoja de liquidación para llevarla al banco.
    Me parece haber leído que cuando es a devolver se tiene que presentar la declaración nueva (por el total) a la Agebncia tributaria con un escrito solicitando la liquidación. No sé si es así o lo he entenido mal.
    Gracias por su ayuda.

  5. en respuesta a Anduan
    -
    Top 100
    #256
    12/05/14 18:22

    Bienvenido a Rankia,

    Si el importe que has percibido por estos atrasos es una cantidad relativamente pequeña, no es necesario que hagas declaración complementaria. Solo incluyendo estos atrasos en los rendimientos del trabajo de 2014, podrás tributar por ellos.

    De todos modos, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y te detalle cómo hacer la Declaración de la Renta en tu caso concreto. Un saludo,

  6. Nuevo
    #255
    12/05/14 17:42

    Buenas tardes.

    Mi consulta es la siguiente. He cobrado nóminas atrasadas del 2012 ahora. En su día hice la declaración de ese año incluyendo las nóminas que había cobrado, que eran la de Enero y Febrero. Mi pregunta es si tengo que hacer una complementaria para meter éstas nominas que he cobrado ahora. En aquella declaración me devolvieron 200€ y si hago ésta, posiblemente me salga a devolver también, con lo que no creo que sea la complementaria la que pueda hacer. Indicar tambien que el año no lo tengo aún totalmente cobrado. Me faltarían todavía 3 meses para completarlo.

    Muchas gracias.

  7. en respuesta a Antoniomt
    -
    Top 100
    #254
    12/05/14 16:05

    Bienvenido a Rankia,

    En el caso que comentas, deberás añadir los rendimientos atrasados a los rendimientos del trabajo percibidos en el año 2013. Así evitas tener que hacer la Declaración de la Renta. Un saludo,

  8. Nuevo
    #253
    12/05/14 12:23

    Buenos días:
    Tengo que hacer una declaración complementaria al ejercicio 2012, debido a que he percibido atrasos por rendimientos de trabajo correspondientes al 2012. La declaración que presenté en su momento, la cantidad que salía era "a devolver".
    A la hora de hacer dicha declaración complementaria con el programa PADRE 2012, e introducir los atrasos correspondientes,sin señalar ninguna de las casillas de la página 2 (120 a 124), me sale que Hacienda me tiene que devolver más cantidad. Al señalar la casilla 121, me da error y no deja mandar la declaración complementaria porque ésta no sale "a ingresar".

    ¿En este caso se debe presentar una solicitud de Rectificación de la declaración o devolución de ingresos indebidos?.
    Gracias.

  9. en respuesta a marsegu
    -
    Top 100
    #252
    12/05/14 09:30

    Bienvenido a Rankia,

    No es necesario que hagas una declaración complementaria, ya que todavía estás dentro del periodo de la Renta 2013. Bastará con que realices de nuevo la Declaración de la Renta 2013 modificando los datos necesarios y la vuelvas a enviar.

    La Agencia Tributaria tiene en cuenta la última declaración de la Renta presentada, la que tenga fecha posterior.
    Un saludo,

  10. Nuevo
    #251
    09/05/14 18:47

    Hola
    yo hice la declaracion de la renta del 2013 y confirme el borrador y todo, me tenian que devolver a la cuenta 858 euros, pero a los dos dias que voy a revisar mi cuenta por internet veo que esta cancelada el caso es que no estaba cancelada al momento que yo hice la declaracion por eso la puse en esa cuenta trato de hacer una declaración complementaria solo para corregir y poner otro numero de cuenta al que puedan ingresarme pero no puedo, no me sale, puse todos los datos iguales como estaban en la declaracion y ya no se que hacer. El caso es que no me encuentro por ahora en el pais y necesito corregir eso. ¿puede decirme como?
    muchas gracias.

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #250
    06/05/14 20:05

    Muchas gracias, Amparo
    Un saludo
    Nuria

  12. en respuesta a charlirubio
    -
    Top 100
    #249
    06/05/14 09:51

    Así es, debes de presentar una nueva declaración de la Renta. Un saludo,

  13. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #248
    05/05/14 19:23

    Gracias por contestar Amparo. Si, la declaración es de este ejercicio 2013, entonces lo que me aconsejas es que haga una nueva declaración desde el principio, ósea nueva y la entregue. Y el borrador inicial que confirme con el error inicialmente, automáticamente en hacienda lo anularan, es así?

  14. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #247
    05/05/14 12:05

    Muchas gracias Amparo. Da gusto una respuesta tan rapida.

    Así lo haré. Gracias y saludos.

  15. en respuesta a marta2007
    -
    Top 100
    #246
    05/05/14 11:03

    Bienvenida a Rankia Marta,

    Al ser unos importes pequeños, puedes sumar estos rendimientos a los obtenidos en 2013 y tributar por ellos como rendimientos del trabajo en la Declaración de la Renta de 2013 sin necesidad de realizar las dos declaraciones complementarias. Un saludo,

  16. #245
    05/05/14 10:30

    Buenos días tengo una duda que me gustaria que me aclarara a ser posible:

    He observado en los dato fiscales de este año que me viene un apartado que me dice lo siguiente:

    "Información sobre rendimientos de trabajo de determinads actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, con ejercicio de devengo anterior al 2013:
    2012 - Dineraria: 196,35 €; Retenciones: 29,45 €; Gastos Ded.: 4,39 €
    2011 - Dineraria: 109,00 €; Retenciones: 16,35 €; Gastos Ded.: 5,23 €
    La regularización de los atrasos se realizará mediante declaración complementaria, si procede, del ejercicio al que son imputables."

    Me gustaría que me informaran:

    ¿es necesario hacer las declaraciones complementarias a las que me hace mención la agencia tributaia en su borrador o al ser cantidades pequeñas puedo incluir estas cantidades directamente en la declaración de este año?

    Gracias de antemano y espero respuesta. Saludos desde el sur.

  17. en respuesta a charlirubio
    -
    Top 100
    #244
    05/05/14 09:49

    Bienvenido a Rankia,

    Por lo que dices, el error lo has cometido en el borrador de la Renta de 2013, es así? Si es así, no tienes que presentar declaración complementaria porque todavía estamos en campaña de la Renta de 2013, es decir, no ha pasado el plazo de presentación de declaraciones.

    Lo que tienes que hacer es modificar el borrador con esta nueva deducción o confeccionar la declaración con el Programa PADRE 2013 y presentarla. Siempre tiene validez, la declaración de la Renta presentada con última fecha. Un saludo,

  18. en respuesta a nubamo
    -
    Top 100
    #243
    05/05/14 09:44

    Bienvenido a Rankia,

    Así es, tienes que modificar esas casillas. Solo comentarte que si el ingreso percibido por atrasos en los rendimientos del trabajo es una pequeña cantidad, inferior a los 1.000€, no es necesario que realices una declaración complementaria. Puedes tributar por estos ingresos en la Declaración de la Renta de 2013, añadiéndolos a los rendimientos del trabajo del año pasado.

    Un saludo,

  19. Nuevo
    #242
    04/05/14 14:23

    Hola,
    Mi problema es el siguiente: rectifique el borrador y confirme por internet,
    y al poco tiempo me di cuenta de que cometi un error, (por falta de información)en el apartado: deducciones autonómicas de la cuota, comunidad valenciana, por adquisición de material escolar, casilla 926, tenia la opción de deducir 100 euros, por tener un hijo en edad escolar, pero no sabia lo de que había que estar en paro y no trabajando como es mi caso, la declaración me sale a devolver, pero aun no lo han hecho.
    Llame por teléfono a Hacienda y me dijeron algo de presentar una declaración complementaria, que no tengo ni idea de lo que es. Que tengo que hacer, ayuda GRACIAS.

  20. Nuevo
    #241
    03/05/14 13:52

    Buenas tardes,

    Tengo que hacer una complementaria por haber recibido atrasos pertenecientes al 2012. Si no he entendido mal, debo descargarme el programa PADRE del 2012. ¿Las casillas que tengo que cambiar son la 01, la 14 y la 742? ¿Hay que sumar a la cantidad del año anterior las del atraso?
    Muchas gracias