Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Más de lo mismo.

Bien, lo prometido es deuda, y al hilo del post que puse en el foro, nuevo post en el blog.
Que mejor día que hoy, diga de Huelga General, que hacer de “piquete informativo” sobre la mala praxis, la competencia desleal y marrullería de la banca seguros.

Empezaré de nuevo. Un compañero me llama para consultarme sobre la “obligación” de los seguros en la ley hipotecaria. Le digo que mire el Real Decreto especifico y ahí queda la cosa.
Pasados unos minutos me llama, y ya me explica el porqué de esta consulta. Resulta que una clienta suya, hace un año aproximadamente, hace una hipoteca para por abrir su negocio. La Antes Caja y ahora Banco Catalán, que posee su propia aseguradora. Le indica de forma muy clara y “amable” que si no hace el seguro de comercio con ellos, pues no hay hipoteca. Así de simple, una practica no legitima, prohibida, pero como los organismos competentes, ya no es que miren a otro lado, es que lo ven normal. Pues ya no nos escandalizamos al oírlo.
Según la clienta, la directora en aquel momento, acabó con una coletilla (Repito siempre versión clienta) “Total el seguro lo haces un año, pues no es que sea muy bueno y si te mueves un poco, encontraras más baratos y mejores coberturas” En fin… ahí quedó el tema.
Pocos meses después, la misma clienta, se benefició de una oferta de dicho Banco para su seguro se Salud, y contrató, TOTAL y ABSOLUTAMENTE libre y sin coacción ninguna. Precio asequible, coberturas buenas. Además de una buena relación con la directora.

Pasado un tiempo y acercándose los vencimientos, unos dos meses y medio antes, se acerca a este compañero mio (Fiel seguidor del Blog, al cual quiero convencer ya para que se registre y opine en el mismo) y le pide presupuestos, tanto para el comercio como para el seguro de salud. Encuentra buenas coberturas a buen precio, y decide aceptar la oferta.
Aquí empieza su vía crucis. Se presenta en su sucursal con las cartas de anulación, y se encuentra con la negativa del empleado de la caja a coger la carta de anulación, ante la sorpresa de la chica, este “asesor cualificado en seguros” (Ironía Mode On), le explica, no muy amablemente, que según la LEY, sin especificar cual, está obligada a tener el seguro de comercio con el banco y es más, durante los 25 años de vigencia de la hipoteca, el seguro de salud también…
La chica, asustada volvió a pedir el asesoramiento de mi compañero. Después de indicarle, que ni por asomo se había acercado. Darle el Real decreto pertinente. Se persona de nuevo en la sucursal.
El empelado sigue en sus trece, haciendo uso a la teoría ORCA, “Si ez dojo, codrre maz y el Maz Grande Manda”. Y que no se aceptan las anulaciones. Ordenes del NUEVO director de la sucursal.
¿Solución? Extremadamente fácil, Fax a la sucursal, pidiendo las anulaciones, con la amenaza de ir en progresión con quejas, al defensor del cliente del banco y defensor del asegurado de la compañía (que es el mismo banco), después carta de queja a la DGSyFP.
Oye, que por arte de magia, le llama el nuevo director, y le confirma las bajas de ambos seguros.
¿Porqué tenemos que llegar  a estos extremos?

 

Otro caso, del cual he tenido conocimiento hace poco, es el de un cliente de banco, como somos todos, en el cual el empleado del mismo, le ofrece el seguro de hogar, llegan a un acuerdo y contratan… A los pocos meses este cliente tiene un siniestro, y se dirige a su banco, a ese mismo empleado, y le da parte del siniestro, cual es su sorpresa, cuando le dice el empelado “Yo no tramito siniestros, es que no puedo mediar en seguros”. Mi pregunta es, si no puedes mediar en seguros, ¿Qué hiciste al venderle la póliza? Pero, son cosas que según organismos (in)competentes y oficiales no ocurre.

Y el ultimo caso de hoy, una compañera de otra compañía, me cuenta. Que después de dos o tres devoluciones de recibos del seguro de una clienta, tanto la mediadora como la clienta se van al banco. Para pedir explicaciones, respuesta clara y concisa “Le devuelvo los recibos porque le he hecho contra oferta y aun no me ha contestado”. Claro, tanto la señora como mi compañera, con los ojos como platos. Estas le replicaron con un claro. “No hablo con la compañía de seguros, hablo con el banco, ¿Quién es usted para devolver nada sin permiso?”. Después de mucho discutir pues el empleado del banco creía que no hacia nada malo, se pagó el recibo, pero lo que tuvo que sudar la pobre mujer, para usar su dinero en lo que ella quería.

 

Como siempre un placer escribiros, pero un placer aun mayor que me leáis.
 

¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  • Seguros de salud
  • Seguros
  • Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)
Accede a Rankia
¡Sé el primero en comentar!