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Nuevo impuesto sobre viviendas vacías

El gobierno catalán ha publicado esta mañana una nota de prensa, con el objetivo de comunicar el nuevo impuesto sobre inmuebles vacíos, que se incluye en los presupuestos de 2013.

Santi Vila, conseller de Territori y Sostenibilitat (TES) ha anunciado la futura aplicación de un impuesto a bancos, promotoras y otras entidades jurídicas que cuenten con pisos vacíos. Este impuesto tiene como objetivo evitar la existencia de viviendas desocupadas de forma permanente y, así fomentar el alquiler. Las autoridades recuerdan que según las cifras aportadas por los registros oficiales de Cataluña, más de 80.000 viviendas nuevas están deshabitadas, alcanzando en torno a 450.000 viviendas si incluimos las viviendas de segunda mano que tampoco están en uso.

Impuesto sobre viviendas vacías

De esta forma, se penaliza la desocupación injustificada, incentivando la puesta en marcha de medidas que promuevan el arrendamiento de viviendas vacías, especialmente, para grandes tenedores de viviendas, como bancos y promotoras. Cabe recordar que este impuesto no se aplicará a particulares, sólo a personas jurídicas.

A través de estas medidas, el gobierno catalán pretende que los bancos y entidades comprendan la función social de la vivienda y se materialice en alquileres sociales que faciliten el acceso de la población a viviendas adecuadas. Vila señala que es una medida de estímulo que también pretende reducir el precio del alquiler.

El Gobierno catalán gravará con un impuesto las viviendas vacías de bancos y promotores inmobiliarios en los municipios donde haya una demanda de alquiler social, medida que en ningún caso afectará a los particulares y que se integrará en la ley de acompañamiento de Presupuestos de este 2013 para penalizar la desocupación injustificada de los inmuebles.

Modelos similares se han puesto en marcha en otros países como Francia, donde se redujo un 40% el número de viviendas vacías desde su entrada en vigor, lo que nos proporciona datos sobre la efectividad de la medida.

El impuesto será proporcional al número de viviendas vacías que estén a disposición de la entidad, y estarán exentas las personas jurídicas que acrediten la falta de demanda en su territorio.

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