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Participaciones del usuario Wediehard - Fiscalidad

Wediehard 02/01/26 15:11
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
 Ésto es lo de siempre: errónea idea de asumir una suspensión del subsidio por el simple hecho de heredar un inmueble (en todo o en parte). Una vez se convierta en propietario vía herencia, a falta de un interés efectivo, SEPE a partir del mes siguiente, supondrá un interés presunto del valor catastral del referido inmueble (entendemos que no constituye vivienda habitual). En caso de una hipotética venta,  si no hay ninguna ganancia en dicha operación, no habrá que comunicar nada, y si la hubiera, se comunicará si dicha ganancia dividida entre doce supone un cociente mayor al límite de rentas mensual correspondiente en ese momento. PS: realizar cálculos una vez se produzca el hecho causante y en relación a la normativa vigente en este momento: lo que hoy es A, mañana puede ser B.
Wediehard 30/11/25 15:28
Ha respondido al tema Subsidio 52 años combinado con convenio especial
En el caso que describe la BR son 2000 euros. 
Wediehard 17/11/25 09:13
Ha respondido al tema Venta acciones subsidio 52 años
Ya sabe que en la DAR hay dos opciones: Sin variación de rentas o Con variación de rentas. Dado que UD ha tenido un ingreso por la cantidad referida que no supone estar incurso en un supuesto de suspensión del subsidio, la opción sería " Sin Variación de Rentas", si   no han variado sus rentas desde la solicitud del subsidio o la última declaración o lo han hecho por un importe inferior al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)  vigente, excluidas dos pagas extraordinarias. Por tanto, si solamente ha tenido como ingresos esa cantidad de la venta de acciones, Opción A (Sin variación de rentas) al realizar la Declaración Anual de las mismas(no tiene que poner nada, solamente firmar el impreso con nombre, apellidos y DNI). 
Wediehard 16/11/25 11:12
Ha respondido al tema Venta acciones subsidio 52 años
Tratàndose de un pago único que dividido entre doce, no supera el límite mensual de rentas, no está obligada a notificar a SEPE está ganancia. Pero nada impide que lo haga para su tranquilidad. Y si contrata un depósito debe calcular la renta mensual que le reporte el mismo en función de los meses contratados (ya que se trata de una renta periódica). Por supuesto se entiende que no hay que imputar nada más por otros conceptos o que habiéndolos no superan el umbral de rentas de cada mes.
Wediehard 12/11/25 20:36
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
Si no tenía otras rentas mensuales sobre las que dar cuenta, ese mes de subsidio suspendido no fue, en mi opinión, acorde a la legalidad, ya que el cociente de la división son  250  euros por cada uno de los meses de duración del contrato. Según nos cuenta, SEPE le notificó, entre otras cosas, que "... Recibe ingresos superiores al 75% del SMI procedentes de intereses de un depósito.bancario ". A mí no me cuadran las cuentas: 3000 euros brutos en concepto de rendimientos, entre los meses de duración del contrato, no supone que cada mes haya superado el límite de rentas brutas por este concepto (salvo que, como le decía, tuviese aparte otras rentas que sumadas a las primeras, sí superaran los 888 euros brutos mensuales).Pero bueno, sin más.
Wediehard 12/11/25 14:00
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
En mi opinión, la argumentación en la que se que basó SEPE para suspenderle el subsidio no es conforme a sus instrucciones de rentas publicadas en su Web. Si dividió el importe de los intereses entre el número de meses contratados en el citado contrato de depósito, no superando el límite mensual de rentas, no habría lugar a dicha suspensión y si superaba el mismo, la suspensión debió ser por tantos meses como meses contrató el depósito: de ahí, el comentario de Frangjr ..." pero es que la persona ya debería haberlo comunicado desde el primer mes".  Un depósito a plazo fijo genera rentas periódicas (las calculadas en función de los intereses pactados).  El recurso a dividir cualquier ingreso extra entre doce es reducir todo a tratarlo como pago único, y éso, en mi opinión, no debe ser así (entre otras razones porque SEPE a tenor de sus Instrucciones de Rentas, hace una diferencia entre un pago único y otro(S) periódicos, dándoles un tratamiento diferente sobre este particular.
Wediehard 29/09/25 00:35
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
En caso de heredar un inmueble, salvo que alquile el mismo por una cantidad X mensual (rendimiento efectivo), SEPE le considerarä un rendimiento presunto vía 3,25% del valor catastral del mismo dividido entre doce : ése serà el rendimiento presunto mensual del inmueble heredado. Todo ello sin perjuicio de que si el bien heredado constituye la vivienda habitual del beneficiario del subsidio nada de lo comentado es de aplicación. 
Wediehard 29/09/25 00:29
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
Un rendimiento presunto por valor mayor a 888,50 euros brutos mensuales, siempre le impedirà cumplir el requisito mensual de carencia de rentas. Pero, de qué valor catastral estamos hablando ? Calculé el 3,25% del valor  catastral de ese inmueble y divida entre doce. 
Wediehard 29/09/25 00:20
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
Si es un pago único, sólo tendremos en consideración el mes en que se ha producido dicho ingreso: X cantidad de dinero heredado dividida entre doce. Si el resultado es de màs de 888,50 euros brutos, se suspendería un mes. Si a partir del mes de suspensión vuelve a cumplir el requisito de carencia mensual de rentas, vía rendimiento efectivo o presunto, se procede a solicitar la reanudación del subsidio. 
Wediehard 29/09/25 00:03
Ha respondido al tema Herencia piso y subsidio +52
Tantos meses como meses esté incurso en un supuesto de suspensión del subsidio por dicho motivo; situación que prolongada doce meses supone la extinción del mismo. Lo normal es un mes de suspensión y acreditar, previo recàlculo, que se vuelve a estar en situación de cumplimiento del requisito de carencia mensual de rentas.