Sparrow In Jail
03/10/25 15:22
Ha respondido al tema
Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Buenas tardes, A principios de semana hice la misma consulta tanto al BdE como a la CNMV y a la DGT acerca del dinero en TR y el 720. Básicamente les preguntaba que si al tener TR ya IBAN español había que hacer el 720 dado que realmente en dinero está en una cuenta colectiva extranjera, os copio la respuesta del BdE que es jugosa, no por la respuesta del 720 que no la da, sino por el resto de cosas que dice: En contestación a su consulta del día 27 de septiembre de 2025, le informamos de que la finalidad de este canal es atender dudas y consultas relativas a cuestiones de interés general sobre los derechos de los usuarios de servicios financieros en materia de transparencia y buenas prácticas bancarias. En primer lugar, debemos señalar que las dudas o consultas sobre cuestiones tributarias o derivadas de la normativa fiscal, exceden de nuestras competencias, debiendo dirigirse a la Agencia Tributaria, si así lo estima oportuno. Le procuramos el siguiente enlace de la Agencia Tributaria por si pudiera resultarle de utilidad: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/contacta-nosotros/telefonos-interes.htmlDicho esto, TRADE REPUBLIC BANK GMBH SUCURSAL EN ESPAÑA es una sucursal de una entidad de crédito alemana, que consta inscrita como tal, desde el 28 de febrero de 2025, en el Registro oficial de entidades del Banco de España, con el código de entidad 1586. Hasta esa fecha venía operando en régimen de libre prestación de servicios. La inscripción en dicho registro acredita que la entidad cuenta con autorización para operar y que debe cumplir con la normativa vigente sobre solvencia de entidades de crédito. Su supervisión corresponde a la Autoridad Federal de Supervisión Financiera o Bundesanstalt für Finanzdienstleistungsaufsicht (BaFin). Le proporcionamos un enlace a dicho organismo: https://www.bafin.de/EN/Homepage/homepage_node.html Por si le resulta de utilidad, le proporcionamos los datos de contacto del Servicio de Atención al Cliente de la entidad financiera: SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE TRADE REPUBLIC BANK GMBH SUCURSAL EN ESPAÑA Titular: Leonard Wolter Domicilio: Calle VELÁZQUEZ, 50, PLANTA 5 28001 Madrid Correo electrónico: [email protected] Por otra parte, respecto a la operativa de la entidad objeto de su consulta, deberá tener en cuenta las condiciones contractuales suscritas con la misma. En cualquier caso, el artículo 9 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre,de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, establece que las entidades de crédito deberán facilitar a todo cliente explicaciones adecuadas y suficientes para comprender los términos esenciales de todo servicio bancario ofertado y adoptar una decisión informada, teniendo en cuenta sus necesidades y su situación financiera. En otro orden de cosas, es necesario indicar que, respecto a aquellas consultas o reclamaciones relacionadas con productos de inversión como valores, fondos de inversión, etc., deberá contactar con la Comisión Nacional del Mercado de Valores utilizando los medios habilitados a tal fin. Para ello, podrá encontrar información en el siguiente enlace: https://www.cnmv.es/portal/Utilidades/Contacto.aspxGracias por utilizar nuestro servicio de consultas. Por otro lado, como sé que la DGT tarda en responder he llamado por teléfono a la AEAT para hacer la misma consulta, cuando lo he explicado me han pasado a una experta, esta experta me dice que “ella cree” “ella supone” que si tiene IBAN español no se debe de presentar el 720 aunque el dinero esté en una cuenta colectiva en Francia, pero que me espere a que la DGT me responde que ella “se pone de rodillas” -SIC- ante lo que diga la DGT