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Salvador Duque 06/08/21 17:57
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2023: análisis, opiniones y consultas
Buenas tardes.Respecto a que prefieras fondos de inversión, nada que alegar. Solo, que no hay porque elegir, y se pueden tener las dos cosas, como es mi casoRespecto a tus dudas o inquietudes sobre el trato fiscal y las posibles modificaciones legislativas, solo comentar que si el legislador modifica la norma, no puede hacerlo con carácter retroactivo. De hecho, todavía hay gente rescatando planes de pensiones anteriores a 2007, y se les aplica el tratamiento fiscal de aquel momento, en el que el 40 % de las aportaciones, no se declaraban.Actualmente el plan de pensiones es el peor producto a nivel fiscal, porque paga más impuestos de los que se desgrava, pero antes no era así.A este respecto, hay que aprovechar la ventaja o tratamiento fiscal de los productos de inversión en cada momento.Si con el PIAS consigo invertir 8000€ al año, durante 5, 10, 15 o 20 años y mis plusvalías quedan libres de impuestos, "que me quiten lo bailao". Si la norma cambia ya nos adaptaremos, aunque dadas las características de este producto, no es previsible que haya cambios.Al contrario que los planes de pensiones, el PIAS no le supone una devolución de impuestos a las arcas del Estado. Si dentro de 20 años, un inversor en PIAS no paga por las plusvalía, no es algo que le importe al gobierno actual, que muy probablemente, no gobierne entonces.En 2006 le dieron el primer palo fiscal a los planes de pensiones y nació el PIASEntonces, recomendé a mis clientes que dejarán de aportar a PP,s y empezarán a hacerlo a PIAS.De la misma manera, este año, los poquitos que quedaban con planes de pensiones, definitivamente dejarán de aportar aPP,s, y harán esas aportaciones a PIAS.Los planes de pensiones, que suponían un coste inmediato al gobierno, y ante la necesidad de solvencia, terminan de rematarlo.El PIAS no supone coste alguno al gobierno, y no hay un motivo para penalizarlos.Y si por suerte o desgracia esto ocurriera, nacerá un producto nuevo, o actuaremos conforme a las nuevas circunstancias, pero no voy a dejar de aprovechar las condiciones actuales, pensando en lo que pueda o no pueda ocurrir.Saludos
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Salvador Duque 11/06/21 23:04
Ha respondido al tema Duda básica sobre PIAS
Empiezo por el final.Jamás contrates un producto de ahorro/inversión a largo plazo buscando garantías o riesgo bajo. La inflación es como una termita para el ahorro y la inversión.Con la inflación en el 2,7%, y las rentabilidades garantizadas por debajo del 1%, cada 15 años, tu dinero habrá perdido un 40,5% de poder adquisitivo.Inflación 2,7%x15 años= -- 40,5%.Eso es lo que ofrece la garantía a largo plazo.Si un PIAS no consigue al menos un 8 % o 9% anual, no tendrá razón de ser.El PIAS es la mejor opción para complementar la jubilación, y lo es porque las plusvalías quedan totalmente libres de impuestos al rescatar en forma de Renta Vitalicia. Pero lógicamente, si no conseguimos una buena rentabilidad, el ahorro fiscal no existirá.Es importante recordar que a diferencia de otros productos de inversión, (fondos, inmuebles, etc.) las plusvalías conseguidas con un PIAS, están exentas del pago de impuestos en cualquier momento a partir del 5º año de su contratación. Sin esperar a la jubilación.Es por lo tanto, el mejor producto para elegir cuando nos jubilamos.Y respondiendo a la consulta de las Rentas Vitalicias, te informo sobre cómo se calculan. Después de alcanzar el capital que hayas decidido en tu PIAS, deberás elegir la mejor aseguradora.Como dice @muros, actualmente las condiciones que ofrece el mercado no son muy "espléndidas", pero si hemos obtenido un buen rendimiento por la inversión, siempre rescataremos bastante más dinero del que hayamos aportado.El cálculo se realiza dividiendo el capital acumulado, entre los años resultantes desde el momento del rescate, hasta la edad fijada por el INE (Instituto Nacional de Estadística) como Esperanza media de vida. Actualmente, la esperanza de vida media en España es una de las más altas del mundo. 83 años para hombre y 85 para mujeres. Como veis, aquí no se aplica la ley de paridad.El PIAS nos permitiría constituir una renta vitalicia sin tributar por las plusvalías a los 45 años de edad. Lo que ocurre es que en ese caso, la renta para una mujer, se calcularía dividiendo el capital acumulado entre 40, que son los años que faltan hasta los 85, por lo que la cifra resultante sería bastante bajita.En cambio, si rescatamos el PIAS a los 70, para complementar la pensión pública que ya se habrá empezado a devaluar, habremos acumulado más capital y solo dividiremos entre 15 años.Así, con 70 años la renta vitalicia resultante de 300.000 €, supondría unos 20.000 € anuales o 1666€ mensuales.Con 60 años y el mismo capital, la renta vitalicia sería de unos 1000€.Y con 45 años, la renta sería de 750€.No obstante me pongo a disposición para cualquier otra aclaración.   
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Salvador Duque 18/02/21 14:01
Ha respondido al tema Traspaso PIAS Bankia para no ser de CaixaBank
Buenos días.Respondo a la consulta y a las opiniones aportadas.Como no puede ser de otra manera, habiendo un PIAS que destaca sobre el resto, mi recomendación es que lo traspases a ese PIAS, pero antes permite que razone mi recomendación, para que lo tengan claro aquellos que están pensando en contratar un PIAS. Este preámbulo es imprescindible, porque la pregunta y las respuestas dadas hasta la fecha, demuestran que en Rankia el PIAS sigue siendo un gran desconocido. En los PIAS mencionados hasta ahora, (salvo el de Santa Lucía) se hace referencia a bancos, pero curiosamente no se mencionan las aseguradoras que gestionan los PIAS. Esto es como si yo quisiera evaluar varios televisores y solo mencionara el establecimiento en el que lo he comprado o lo pretendo comprar... "¿Cuál es mejor, el televisor? ¿El de Carrefour, el de Alcampo o el de Lidel?" ... sin mencionar marca, modelo, pulgadas, tipo de pantalla del televisor y sin tener en cuenta que hablamos de establecimientos, que no están especializados en Imagen y Sonido. Primer apunte. Que nadie espere encontrar el mejor PIAS en un banco. Los PIAS son Seguros de vida/ahorro, y como tal, deben ser buscados en aseguradoras o aún mejor, en agencias vinculadas especializadas en seguros de ahorro/inversión.Buscar un seguro en un banco es como buscar setas en la ferretería. Tal vez encuentres alguna ¿pero te la comerías? En segundo lugar, es necesario saber; ¿que es un PIAS?, ¿para que sirve?, ¿donde y como se debe contratar? ¿quien va a asesorar ante cualquier incidencia que surja en los próximos 10, 20, 30 años o más?Próximamente publicaré un artículo detallado sobre este gran desconocido. El PIAS.1. ¿Qué es un PIAS? El PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático), es un seguro de vida/ahorro que nace en 2007, y se menciona en la Ley de Reforma Fiscal 35/2006, donde se establece que las aportaciones y plusvalías generadas un PIAS quedarán exentas de impuestos si se cumplen una serie de requisitos. Estos requisitos no tienen como finalidad la "evasión" de impuestos, sino facilitar a cualquier ciudadano, independientemente de sus conocimientos financieros, el acceso a un producto de ahorro e inversión que a largo plazo le permita generar un capital para complementar las pensiones de jubilación en forma de renta. Los requisitos que permiten no pagar impuestos por las plusvalías que genere un PIAS son sencillos;Tomador, Asegurado y Beneficiario deben ser la misma persona, designando además, uno a varios beneficiarios en caso de fallecimiento del titular.La inversión debe permanecer al menos 5 años desde el momento de la contratación. Inicialmente eran 10 años, pero se redujo a 5 años, para dar mayor flexibilidad y accesibilidad al producto.Las aportaciones no podrán superar 8000€ al año o 240.000€ en la vida del producto. Esta medida impide viciar la autentica finalidad del producto.El capital aportado y sus plusvalías, deberán rescatarse en forma de Renta Vitalicia Garantizada, que permita una segunda paga vitalicia a los jubilados. Si se rescata en forma de capital, las plusvalías tributarán como cualquier otra inversión, en concepto de rendimientos del capital.Ojo. La renta resultante de un PIAS no se suma a los rendimientos del trabajo y no incrementa los impuestos a pagar, como ocurre con los planes de pensiones. Además, la Renta Vitalicia resultante de un PIAS también está exenta de declarar hasta en un 92%, dependiendo de la edad en la que se rescate.Eso significa que por cada 1000€ de renta de un PIAS, 920€ no se declaran. Y de los 80€ declarados, hacienda sólo percibe el 19% de IRPF. O sea 15,2€ de cada 1000€.2. ¿Para qué sirve un PIAS? El PIAS es un producto necesario para todo aquel que pretenda jubilarse en España. Es una forma accesible de conseguir el complemento que necesitaremos para cubrir la perdida de poder adquisitivo que se producirá al jubilarnos. Esa pérdida será mucho mayor de la que se produce hasta ahora, porque las pensiones futuras serán muy inferiores a las actuales.Y esto no es algo que ningún gobierno pueda mejorara. Es una cuestión demográfica.Con esperanzas de vida superiores a 85 años y natalidad próxima a 0, el relevo generacional no existe. Nuestro sistema público de pensiónelas es 100 de reparto y por lo tanto, totalmente insostenible.El Pacto de Toledo advierte desde hace décadas de la insostenibidad del sistema, la reducción de las pensiones futuras, la ampliación de la edad de jubilación, incrementar impuestos a los contribuyentes, y con mucha prudencia, sugieren al ahorro privado, pero no se expresan tan claro como lo haré yo. El único sistema de pensiones sostenible en el siglo XXI y que ya se aplica en la mayoría de los pises de Europa y EEUU es el sistema mixto. El estado garantiza una pensión pública de supervivencia y el trabajador planifica un complemento con su ahorro privado.A cuanto mayor o mejor sea el esfuerzo, el tiempo dedicado y el resultado obtenido, mayor y mejor será el complemento.Es por este motivo, que NO SIRVE un PIAS (ni ningún producto de inversión) que ofrezca rentabilidades "garantizadas" al 0,27% o 1% anual. Con esas rentabilidades, el capital invertido no crecerá jamás, y se devaluará tanto más, cuanto más años permanezca invertido. Pensad que la inflación media en los últimos 30 años ha superado el 2,5%. O sea que una inversión al 0,27% anual, en 10 años solo crecería un 2,7% y se devaluará un 25%. O sea que con 1000€ de hoy, dentro de 10 año solo podré adquirir por valor de 750€. 3. ¿Dónde se debe contratar un PIAS? Un PIAS se puede contratar en un banco o en una aseguradora, pero no se debe hacer así.Insisto en que un PIAS puede ser la mejor opción que existe para complementar la jubilación, pero ni los bancos, ni las aseguradoras tradicionales suelen contar con expertos en seguros de inversión, y no disponen de PIAS eficaces. Las aseguradoras y bancos solo ofrecen PIAS "garantizados" y de escasa rentabilidad, que no sirven para obtener el complemento necesario. Un PIAS eficaz debe revalorizar y premiar el esfuerzo realizado con el ahorro. Estos canales venden seguros a cambio de comisiones, pero ni asesoran ni acompañan.Los beneficios de la banca y de las aseguradoras con este tipo de producto, no van a depender de los resultados de la inversión, que sera ridícula, sino de la permanencia de los clientes y por lo tanto. la implicación del vendedor a largo plazo en este tipo de producto, será nula. Su interés acaba cuando firmas. Que decir del negocio de la banca, que consiste en captar dinero barato ofreciendo "garantía" a cambio de rentabilidades absurdas, para prestarlo 1, 2, 5 puntos mas caro, en forma de hipotecas, créditos personales, líneas de crédito, etc....La banca vende seguros (caros), a cambio de reducir costes en las líneas de crédito a sus clientes. La reducción siempre será inferior a las comisiones que perciben por la contratación de los seguros, que suelen resultar más caros que en otros canales. ¿O pensáis que os están haciendo un favor?No obstante, la banca es necesaria para domiciliar nominas, recibos, tarjetas, impuestos, transacciones comerciales, etc... Pero una cosa es utilizar sus servicios y otra convertirse en sus prestamistas, confiándoles nuestro ahorro/inversión a largo plazo.Dicho esto, es necesario diferenciar entre los PIAS bancarios y los PIAS excelentes.Un buen PIAS debe tener estructura de Unit Linked, (Seguro vida ahorro que invierte en renta variable) y por lo tanto será un producto calificados como IBIP,s, (Productos de Inversión Basados en Seguros) o PRIIP (Producto de inversión minorista empaquetado).Es necesario saber que la actual y reciente normativa en materia de Distribución de Seguros, traspone la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros, conocida como IDD, y EXIGE (muy resumido);Que con anterioridad a la contratación de un IBIP (PIAS Unit Linked), se realice un estudio personalizado del perfil cliente, un asesoramiento sobre las características del producto ofrecido.Durante la vida de la inversión será obligado un acompañamiento, que implica revisiones al menos una vez al año, encaminadas a informar de las fluctuaciones del mercado y posibles cambios normativos, hasta el momento del rescate.Llegado el momento, quien comercialice estos productos deberá asesorar a su cliente en el momento del rescate, para conseguir la mejor opción y en las mejores condiciones de contratación y fiscales.Esas condiciones de comercialización y distribución no las suelen cumplir ni los bancos tradicionales ni las aseguradoras, porque su infraestructura no permite tanta dedicación y un trato tan personalizado.El cumplimiento de las condiciones para acceder a un buen PIAS, se exponen en el siguiente punto.4. ¿Quién asesora en la contratación de un buen PIAS y durante los próximos 10, 20, 30 años o más?. A día de hoy, son pocas las aseguradoras o bancos que cuentan con departamentos y personal especializados en la comercialización de este tipo de productos y por norma general, delegan la gestión en corredurías o agencias vinculadas, como la compañía a la que yo represento.Entre los canales de contratación de productos IBIP, hasta la fecha podíamos encontrar; Asesores Financieros, Agentes de Seguros, Agentes de Oficinas Bancarias, Corredurías, Agencias de seguros Vinculadas. Incluso se han contratado Online.Pero la actual normativa ya no permite su comercialización a cualquiera, y el sector se ha profesionalizado tanto, que muchos de esos canales han dejado de ofrecer estos productos.Los motivos:Ni asguradoras ni entidades bancarias disponen de personal cualificado (Grupo B o Nivel 2 del sector asegurador) y  no les compensa formarlos.La mayoría de las aseguradoras y entidades bancarias no disponen de infraestructura para destinar dos o tres horas de asesoramiento a cada cliente, y una atención permanente durante la vida de la inversión.La ley prohíbe a los canales de distribución independientes, percibir comisiones de las aseguradoras por recomendar sus productos, por lo que su trabajo deben facturarse aparte  y cobrarlos al cliente. Y esto en España aun genera rechazo.La ausencia de comisión y la excesiva dedicación, hace que estos productos pierdan interés para quien está acostumbrado a ofrecer al cliente lo que pide, o lo que le interesa al mediador, pero no lo que necesita el cliente.Y por ese motivo recomiendan PIAS con rentabilidades garantizadas, que no invierten en Renta Variable y que no deben cumplir la normativa IBIP. Es lo único que pueden ofrecer.Solo queda un canal de distribución de PIAS Unit Linked o productos IBIP razonable, y son las Agencias Vinculadas.Estas agencias son las únicas que pueden percibir retribuciones de las aseguradoras, en concepto de comisión, como pago a los servicios de asesoramiento y acompañamiento al cliente durante la vida de la inversión.Y ahora si. Mi recomendación para el traspaso de cualquier PIAS y para nuevas contrataciones,  sea Unit Linked o no, es sin duda el PIAS Estrategia 5 A&P, que acredita una rentabilidad media superior al 8% anual, que gestiona la aseguradora AEGON y que distribuye en exclusiva la Agencia Vinculada, Ahorro & Protección Grupo Galilea, a la que represento.A quienes conocen este PIAS, sabrán que desde sus orígenes en 2007, este PIAS se ha comercializado en exclusiva la correduría Eurolloyd A&P, también del Grupo Galilea, si bien el cambio normativo nos ha llevado a la creación de la Agencia Vinculada Ahorro&Protección, formada por los mismos profesionales, consultores Grupo B (Nivel 2) del sector asegurador, y que mientras no haya otra opción mejor, seguiremos recomendando el PIAS E5 A&P, el mejor PIAS del Mercado. A vuestra disposición. 
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Salvador Duque 14/12/20 21:29
Ha respondido al tema Fiscalidad PIAS
Bueno @rubialense . Te respondo empezando por el final.La rentabilidad que pongo como ejemplo está basada en la media de los últimos 15 años del PÍAS más rentable del mercado, que es del 8,18% de media anual y el coste de gestión es del 1%. Pero no te tomes el ejemplo al pie de la letra, porque hablamos de renta variable y esa cifra dependerá de los años que tomemos como referencia. Si en vez de los últimos 15 años, tomamos solo 10, la media sube al 9,1% y si tomamos 20 últimos años, la cifra sube.Pero si solo utilizamos los años 2019 (22,58%) y 2020 (6,45%), la media sería superior al 14%.Además, la rentabilidad final de estos productos va a depender mucho de las aportaciones que haga el asegurado. Si aprovecha para hacer aportaciones en momentos de baja rentabilidad, como ha ocurrido entre marzo y junio de este año, la rentabilidad será mayor a la que publica la aseguradora. Pero me va a costar más responder a la primera parte de la consulta, porque habría que saber que entiendes tu por "riesgo".Si llamas "riesgo" a la renta variable, pues si, lógicamente para obtener rentabilidades por encima del 0%, que es lo que ofrece el mercado de renta fija, habrá que asumir "riesgo".Pero si utilizamos productos que diversifican globalmente, en cientos de activos, diferentes sectores y ámbitos geográficos, si promediamos haciendo aportaciones periódicas y aprovechando las caídas del mercado, e invertimos a largo plazo, el "riesgo" se diluye y se convierte en oportunidad.Realmente, el "riesgo", o mejor dicho, "el suicidio financiero", está en devaluar el dinero a largo plazo en productos de los denominados "garantizados", con rentabilidades inferiores al 0,5%, como Depósitos Bancarios, Cuentas de Ahorro, CIALP, Planes de Pensiones, PPI, PPA, SIALP o incluso algunos PÍAS. Ese tipo de productos, a largo plazo solo ofrecen una garantía. La garantía de que cada año el dinero se devalúa en torno al 2% con motivo de la inflación, lo cual supone un 20% en 10 años y un 30% en 15 años.Y eso sin tener en cuenta costes de gestión e impuestos.Espero haberte aclarado la duda @rubialense.Si, un producto que obtiene una rentabilidad por encima del 8% anual, conlleva "riesgos". Pero riesgos que a largo plazo generan beneficios.Y un producto garantizado y sin riesgos, conlleva pérdidas. Pérdidas "garantizadas" a largo plazo. 
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Salvador Duque 12/12/20 21:18
Ha respondido al tema Aluvión de United-linked y PIAS.
Buenos días @acrasoles No se si lo que planteas es una duda, una consulta o una crítica.Podrías concretar? ¿Dónde crees que estaban antes los Unit Linked y PIAS? El PIAS existe desde 2007 y los Unit Linked se remontan a décadas atrás. Ambos son seguros vida ahorro y siempre han estado en el mismo lugar. En el mercado ahorro/inversión gestionado por el sector asegurador. A nivel internacional, estos productos son los más utilizados para planificar la jubilación o el retiro laboral anticipado y debemos tomar ejemplo, porque si hay algo en lo que estamos en la cola del mundo es en Educación y Planificación Financiera.Las ventajas de estos productos son evidentes. El capital lo custodian y gestionan aseguradoras que acreditan excesos de solvencia. Ofrecen mayores rentabilidades que los productos bancarios y compiten con la rentabilidad de los mejores fondos de inversión, permiten aportaciones cómodas, periódicas y programadas, cuentan con ventajas fiscales que mejoran notablemente las de los planes de pensiones y las de los productos de inversión tradicionales, cuentan con liquidez y lo que es mejor, el dinero está asegurado y fuera del circuito bancario.En España se ha despertado el interés por estos productos en la última década, y eso nos va alejando del analfabetismo financiero.Aun queda mucho por andar, pero el hecho de que cada vez se hable más de estos productos, debería ser una buena noticia para cualquiera a quien le preocupe su futuro y su economía.Lo que pasa es que a quienes se dedican a la comercialización de otros productos de ahorro inversión, les produce desazón que el sector asegurador les "coma la merienda". Un buen Unit Linked, Prima Unica, Prima Periódica o PÍAS, cumple los requisitos del pentágono de la correcta inversión (seguridad, liquidez, rentabilidad, inflación y la mejor fiscalidad), y las tres condiciones imprescindibles para obtener rentabilidades óptimas (diversificación, promediación y largo plazo). A mi entender, están donde tienen que estar.
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Salvador Duque 12/12/20 12:24
Ha respondido al tema ABC PIAS Banco Santander
Perdona Brugal. Te acabo de responder en tu consulta sobré fiscalidad.Te respondo también aquí por si aporta al resto de lectores.Buenos días Brugal.Con tu permiso te voy a responder, pero ya te adelanto que de tus preguntas deduzco que no has recibido un correcto asesoramiento en la contratación de tu PIAS. Me pongo a tu disposición porque es una lástima que no le saques partido a lo que debería ser la solución a tu jubilación, y creo que no le estás dando ese enfoque.Respondo:"Hice una primera aportación en 2014 y otra en 2015. Desde entonces no he vuelto a hacer aportaciones"Lo primero explicar que PIAS significa Plan Individual de Ahorro Sistemático y para sacarle el mejor rendimiento a tu inversión deberías hacer aportaciones mensuales. Si tu PÍAS está bien gestionado, deberías obtener una rentabilidad entorno al 8% anual, y haciendo aportaciones mensuales mejoras esa rentabilidad consiguiendo mejor precio promedio en las participaciones que compras cada mes.Por ejemplo, las aportaciones realizadas este año entre marzo y julio (plena crisis COVID) han repercutido en positivo en las inversiones de este año. "Según he leído a partir de los 5 años se puede retirar con ventajas fiscales y tengo varias dudas:Se puedes, y la ventaja consiste en la TOTAL exención de impuestos por las plusvalías, pero para obtener ese exención no bastan los 5 años de permanencia. También hay que cumplir las siguientes condiciones;1ª. Que las aportaciones NO hayan superado los 8000€ ningún año.2ª. Que el capital se rescate en forma de Renta Vitalicia Garantizada (RVG)Es muy importante saber que el PÍAS es un producto que nace en 2007, como consecuencia de la reforma de la Ley de IRPF de finales de 2006.El propósito del legislador es ofrecer la solución al problema de las pensiones de jubilación, que los "moribundos" planes de pensiones no ofrecían.La finalidad por lo tanto, no sería rescatarlo a los 5 años, sino a partir de los 5 años y a ser posible a una edad próxima a la de la jubilación, tras haber acumulado un capital interesante como consecuencia del interés compuesto a largo plazo. Con el capital acumulado se puede constituir una renta complementaria a la pensión pública, sin impacto fiscal y sin penalizar en la declaración de la renta. Los PIAS cuentan con liquidez desde el primer año de su contratación, y se pueden rescatar como capital total, parcial, de forma diferida, como renta temporal o renta vitalicia, pero solo queda libre de impuestos en el último caso, como Renta Vitalicia Garantizada. Está claro que la pretensión es dotar al contribuyente de un instrumento que le permita complementar con su ahorro/inversión  a las precarias pensiones de jubilación que nos esperan en las próximas décadas.-¿Se puede recuperar una parte del total o debe rescatarse al completo?"Si. Pero en ese caso se declaran los beneficios, como lo haría un fondo de inversión. Tributarias entre el 19 y 23% de los beneficios obtenidos." Se puede recuperar en forma de capital (de una vez) o en forma de renta periódica con ventajas fiscales ¿esta forma como funciona?"Si. Si se rescata como capital, aplica lo dicho en el punto anterior. Si se rescata como renta periódica o de forma diferida, aplica como el punto anterior, declarando cada año la parte proporcional a la rescatada.Para obtener la exención fiscal del PÍAS, el rescate debe hacerse en forma de Renta Vitalicia Garantizada (RVG), que es páralo que está pensado este producto.La idea es que el ahorrador disfrute del 100% del resultado de una inversión, sin pagar impuestos por los beneficios generados y durante el resto de su vida." ¿yo elijo cuanto quiero cobrar cada mes o es una cantidad prefijada según el importe del PIAS? por ejemplo si tengo 5000 euros en el PIAS ¿puedo elegir en recuperar 500 euros al mes y en 10 meses tenerlo todo ya rescatado o  hay alguna regla en este sentido?. ¿Qué diferencia hay en la fiscalidad de recuperar 5000 de un tirón o en 10 mensualidades de 500 euros?"Lo que propones aquí, no tiene exención fiscal.Como he explicado antes, la exención se consigue con la Renta Vitalicia Garantizada. con el fin de darnos un respiro frente a la jubilación.¿Pero que es una RVG?Es una modalidad de seguro de vida, en la que el asegurado aporta el capital y la aseguradora se encarga de dosificar su cobro durante el resto de la vida del asegurado. Para ello se toma como referencias la esperanza de vida media en España (84 aprox) y el capital disponible.El capital se divide entre los años que quedan al asegurado para alcanzar la esperanza de vida y se fija una renta, que el asegurado seguirá cobrando aunque viva 120 años. Si el asegurado sobrevive a los 84 años, la operación habrá sido muy productiva.Y si el asegurado no alcanza los 84 años, el capital no se pierde, pues lo percibirán los beneficiarios en concepto de seguro de vida, tributando en concepto de sucesiones patrimoniales. En Madrid el 1%.Es cierto que la operación puede hacerse a partir de los 5 años desde la contratación del PIAS, pero no me temo que no podremos hablar de plusvalías interesantes, por lo que la exención fiscal, el capital y la renta resultante serán escasos, con mayor motivo si el asegurado es joven, porque habrá que dividir el capital entre muchos años. Una RVG puede constituirse con capital procedente de otras inversiones, (fondos, herencias, inmuebles, etc) y también gozará de exenciones fiscales, pero solo en caso de estar ya jubilado.En resumen, la combinación de PIAS y RVG es la mejor solución para hacer frente al problema de las pensiones, pero utilizar esta estrategia a los 5 años, sería como utilizar un Ferrari para arrastrar un arado por el campo. Una lástima.Salvo que te haga mucha falta ese dinero, te recomiendo mantenerlo muchos años, hacer aportaciones mensuales y a ser posible, a un PÍAS bien gestionado y asesorado. El traspaso es gratuito y tienes mucho que ganar."Tengo minusvalías de capital mobiliario de años anteriores a compensar, ¿podría compensarlo con los intereses ganados en el PIAS y por tanto me convendría recuperarlo en forma de capital ya que hacienda me devolvería toda la retención que me haga?Pues lo dicho. Si no prefieres mantenerlo, podrías rescatar y declarar los beneficios que efectivamente tributan como Rendimiento del Capital Mobiliario, compensando las minusvalías.Pero crees que compensa? Dudo que hayas tenido altos rendimientos en 5 años y es mucha más la ventaja fiscal a futuro que a corto plazo.No obstante y cómo dije al inicio, me pongo a tu disposición sin compromiso. Saludos 
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Salvador Duque 12/12/20 12:21
Ha respondido al tema Fiscalidad PIAS
Buenos días Brugal.Con tu permiso te voy a responder, pero ya te adelanto que de tus preguntas deduzco que no has recibido un correcto asesoramiento en la contratación de tu PIAS. Me pongo a tu disposición porque es una lástima que no le saques partido a lo que debería ser la solución a tu jubilación, y creo que no le estás dando ese enfoque.Respondo:"Hice una primera aportación en 2014 y otra en 2015. Desde entonces no he vuelto a hacer aportaciones"Lo primero explicar que PIAS significa Plan Individual de Ahorro Sistemático y para sacarle el mejor rendimiento a tu inversión deberías hacer aportaciones mensuales. Si tu PÍAS está bien gestionado, deberías obtener una rentabilidad entorno al 8% anual, y haciendo aportaciones mensuales mejoras esa rentabilidad consiguiendo mejor precio promedio en las participaciones que compras cada mes.Por ejemplo, las aportaciones realizadas este año entre marzo y julio (plena crisis COVID) han repercutido en positivo en las inversiones de este año. "Según he leído a partir de los 5 años se puede retirar con ventajas fiscales y tengo varias dudas:Se puedes, y la ventaja consiste en la TOTAL exención de impuestos por las plusvalías, pero para obtener ese exención no bastan los 5 años de permanencia. También hay que cumplir las siguientes condiciones;1ª. Que las aportaciones NO hayan superado los 8000€ ningún año.2ª. Que el capital se rescate en forma de Renta Vitalicia Garantizada (RVG)Es muy importante saber que el PÍAS es un producto que nace en 2007, como consecuencia de la reforma de la Ley de IRPF de finales de 2006.El propósito del legislador es ofrecer la solución al problema de las pensiones de jubilación, que los "moribundos" planes de pensiones no ofrecían.La finalidad por lo tanto, no sería rescatarlo a los 5 años, sino a partir de los 5 años y a ser posible a una edad próxima a la de la jubilación, tras haber acumulado un capital interesante como consecuencia del interés compuesto a largo plazo. Con el capital acumulado se puede constituir una renta complementaria a la pensión pública, sin impacto fiscal y sin penalizar en la declaración de la renta. Los PIAS cuentan con liquidez desde el primer año de su contratación, y se pueden rescatar como capital total, parcial, de forma diferida, como renta temporal o renta vitalicia, pero solo queda libre de impuestos en el último caso, como Renta Vitalicia Garantizada. Está claro que la pretensión es dotar al contribuyente de un instrumento que le permita complementar con su ahorro/inversión  a las precarias pensiones de jubilación que nos esperan en las próximas décadas.-¿Se puede recuperar una parte del total o debe rescatarse al completo?"Si. Pero en ese caso se declaran los beneficios, como lo haría un fondo de inversión. Tributarias entre el 19 y 23% de los beneficios obtenidos." Se puede recuperar en forma de capital (de una vez) o en forma de renta periódica con ventajas fiscales ¿esta forma como funciona?"Si. Si se rescata como capital, aplica lo dicho en el punto anterior. Si se rescata como renta periódica o de forma diferida, aplica como el punto anterior, declarando cada año la parte proporcional a la rescatada.Para obtener la exención fiscal del PÍAS, el rescate debe hacerse en forma de Renta Vitalicia Garantizada (RVG), que es páralo que está pensado este producto.La idea es que el ahorrador disfrute del 100% del resultado de una inversión, sin pagar impuestos por los beneficios generados y durante el resto de su vida." ¿yo elijo cuanto quiero cobrar cada mes o es una cantidad prefijada según el importe del PIAS? por ejemplo si tengo 5000 euros en el PIAS ¿puedo elegir en recuperar 500 euros al mes y en 10 meses tenerlo todo ya rescatado o  hay alguna regla en este sentido?. ¿Qué diferencia hay en la fiscalidad de recuperar 5000 de un tirón o en 10 mensualidades de 500 euros?"Lo que propones aquí, no tiene exención fiscal.Como he explicado antes, la exención se consigue con la Renta Vitalicia Garantizada. con el fin de darnos un respiro frente a la jubilación.¿Pero que es una RVG?Es una modalidad de seguro de vida, en la que el asegurado aporta el capital y la aseguradora se encarga de dosificar su cobro durante el resto de la vida del asegurado. Para ello se toma como referencias la esperanza de vida media en España (84 aprox) y el capital disponible.El capital se divide entre los años que quedan al asegurado para alcanzar la esperanza de vida y se fija una renta, que el asegurado seguirá cobrando aunque viva 120 años. Si el asegurado sobrevive a los 84 años, la operación habrá sido muy productiva.Y si el asegurado no alcanza los 84 años, el capital no se pierde, pues lo percibirán los beneficiarios en concepto de seguro de vida, tributando en concepto de sucesiones patrimoniales. En Madrid el 1%.Es cierto que la operación puede hacerse a partir de los 5 años desde la contratación del PIAS, pero no me temo que no podremos hablar de plusvalías interesantes, por lo que la exención fiscal, el capital y la renta resultante serán escasos, con mayor motivo si el asegurado es joven, porque habrá que dividir el capital entre muchos años. Una RVG puede constituirse con capital procedente de otras inversiones, (fondos, herencias, inmuebles, etc) y también gozará de exenciones fiscales, pero solo en caso de estar ya jubilado.En resumen, la combinación de PIAS y RVG es la mejor solución para hacer frente al problema de las pensiones, pero utilizar esta estrategia a los 5 años, sería como utilizar un Ferrari para arrastrar un arado por el campo. Una lástima.Salvo que te haga mucha falta ese dinero, te recomiendo mantenerlo muchos años, hacer aportaciones mensuales y a ser posible, a un PÍAS bien gestionado y asesorado. El traspaso es gratuito y tienes mucho que ganar."Tengo minusvalías de capital mobiliario de años anteriores a compensar, ¿podría compensarlo con los intereses ganados en el PIAS y por tanto me convendría recuperarlo en forma de capital ya que hacienda me devolvería toda la retención que me haga?Pues lo dicho. Si no prefieres mantenerlo, podrías rescatar y declarar los beneficios que efectivamente tributan como Rendimiento del Capital Mobiliario, compensando las minusvalías.Pero crees que compensa? Dudo que hayas tenido altos rendimientos en 5 años y es mucha más la ventaja fiscal a futuro que a corto plazo.No obstante y cómo dije al inicio, me pongo a tu disposición sin compromiso. Saludos 
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Salvador Duque 12/09/20 17:22
Ha respondido al tema OVB - Liberty PIAS
Buenas tardes.Sí he de ser sincero, me cuesta mucho hablar de la competencia y analizar sus productos, pero después de rescatar y movilizar cientos de PÍAS de la misma compañía, y de escuchar a todos los clientes decir lo mismo, he llegado a la conclusión de que este producto y su forma de distribuirlo, no representa la transparencia en la información que exige el sector asegurador, y por lo tanto, lo considero un "accidente" del sector asegurador. Estamos ante lo que podría ser un buen producto, pero pierde todo interés desde el momento en el que se ha comercializado ocultando los costes de gestión y sobre todo de contratación. Y es una lástima, porque son muchísimos los PÍAS que se han comercializado por esta compañía y eso hace mucho daño al sector y al PIAS, que desde mi punto de vista es el mejor vehículo de inversión a largo plazo, sobre todo si estás pensando en un complemento para la jubilación. Supongo que sabréis que las plusvalías de un PÍAS están totalmente exentas del pago de impuestos si se rescata en forma de Renta Vitalicia y esto lo convierte en la mejor alternativa para la jubilación.De hecho, en ciertos foros que dicen estar "especializados" en productos de inversión, se mide a todos los PIAS por el mismo rasero. Pero vamos al grano.¿Porqué después de 5 años este PÍAS (y cualquiera de los comercializados por el mismo mediador) no es rentable? "A quien tiene contratado este producto, le va a escocer saber el motivo, pero creo que alguien os lo tiene que decir.Y lo triste es que hasta la fecha, la mayoría de los clientes que a los que asesoró responden lo mismo. ¡A MI NO ME EXPLICARON ESTO!A los cinco años es imposible que este producto ofrezca rentabilidad y el problema no está en la gestión de los fondos en los que invierte, sino en los altísimos costes de contratación y gestión que soporta durante los 4 primeros años y que arrastra hasta el año 11 o 12, que es cuando puede empezar a ser rentable.Si, sabemos que es un producto a largo plazo, pero existen PÍAS que con menos costes, consiguen mayor rentabilidad, siendo su rendimiento prácticamente inmediato.No me caracterizo por ser políticamente correcto, así que vamos al grano.Este PÍAS tiene un coste de contratación del 60 % de la prima (cuota anual) aportada durante los primeros 4 años, de forma que el capital disponible en el 5º año se corresponde con el 40 % de lo aportado.Al valor de la póliza hay que restarle una comisión de gestión del 3 % anual que se va a mantener durante toda la vida del producto y 5 euros mensuales por cada recibo.Ademas a las aportación extraordinarias se les descuenta un 6 % en concepto de comisiones de gestión.Finalmente, a los importes resultantes se les aplica la rentabilidad que hubiera obtenido el producto, que no puedo concretar con certeza, pero que en los últimos 5 años no habrá superado un 7%.Con esos costes, y si la gestión de la inversión fuera correcta, el producto podría empezar a percibir rentabilidad entre el año 11 y 14, pero lo cierto es que las múltiples bajas y traspasos de este PÍAS a otros más interesantes, ha llevado a la aseguradora a reducir en gran medida la gestión activa sobre los fondos de este PÍAS.Mi recomendación a quien ya tiene este PIAS,  es que movilice sus derechos a un PÍAS mejor, lo cual no le supondrá costes ni penalizaciones.Mi recomendación es un PIAS cuyos costes de contratación, comisión de gestión y mantenimiento anual, se amortizan al 2º o 3º años, puesto que los costes son muchísimo más reducidos y en los últimos 5 años ha obtenido una Rentabilidad Media Anual superior al 12,7% (ANUAL).El tiempo es oro y cada día que pasa puede costar o puede generar dinero.
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Salvador Duque 02/09/20 01:25
Ha respondido al tema OVB - Liberty PIAS
Gracias por tu testimonio @agamar Me pongo a tu disposición sin compromiso para ayudarte en el rescate o traspaso de ese PIAS.Dependiendo de tu edad y capacidad de inversión, tal vez podamos arreglar o aminorar  los daños. Y hay conceptos que me gustaría aclararte respecto a las características de los PÍAS y sus ventajas fiscales, Renta Vitalicia, etc,...Y también me gustaría aclararte conceptos sobre la Renta Vitalicia. Una RV es mucho más ventajosa de lo que has entendido o de lo que te la han explicado.En cuanto tenga tiempo me extenderé en este hilo, pero me puedes contactar en privado cuando quieras. 
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Salvador Duque 16/08/20 20:36
Ha respondido al tema Pias Caixafuturo
@joanbe , gracias por tu aportación.Pero precisamente la forma de tributar, es lo que diferencia al PIAS del resto de seguros y productos de ahorro/inversión.Además el PÍAS (un PÍAS de verdad) no está en el segmento de los "seguros de ahorro", sino en el de los "productos de inversión" y soluciones de inversión para resolver el problema de las pensiones de jubilación. Un buen PÍAS debe ser un seguro de inversión y sí no es así, no tendrá razón de ser.El PIAS nace para corregir las carencias de los Planes de Pensiones, que ha ido perdiendo credibilidad tras nacer como producto pensado específicamente para complementar la jubilación, para convertirse en un producto para desgravar impuestos a quien tiene altas rentas de trabajo o moneda de cambio en la contratación de hipotecas, pero casi nadie lo contrata como producto de ahorro para la jubilación, porque no cumple las expectativas. Se lo han cargado y aun así, se lo siguen vendiendo a personas con escasa cultura financiera. Con esto trato de explicar que contratar un producto de ahorro o inversión a largo plazo sin asesoramiento, es como comprar un destornillador eléctrico para clavar clavos. Tal vez consigas clavar alguno, pero no es útil y además destrozaras la herramienta.Un buen PIAS debe ser un Unit Linked, que acredite excelentes rentabilidades que van a quedar libres de impuestos para constituir a largo plazo, un capital que permita una renta vitalicia para vivir desahogadamente durante la jubilación.Espero que haya quedado claro que no es lo mismo un seguro de ahorro, que un seguro de inversión y partiendo de esa premisa sigo aclarando conceptos.Con todo respeto a @joanbe y a @jordi-andreu por su participación, algunos de sus comentarios son la muestra de que una gran mayoría de personas aun no conocen la normativa y regulación de los seguros de ahorro y seguros de inversión.Términos como "contrato" o "glosario de definiciones" y propuestas para entender estos productos como "consultar a la aseguradora, consultar al banco, consultar en foros de opinión, etc..." delatan gran falta de información respecto al sector asegurador.Por eso intervengo permanentemente en estos foros, para derivar a las "víctimas " de malas prácticas tanto de comerciales como de consumo,  hacia canales apropiados y gestionados por expertos autorizados para distribuir estos productos tan especializados. Hablando de seguros, los "contratos" son las "PÓLIZAS", los "glosarios de términos" son los "CONDICIONADOS", y hablando de seguros de inversión, como debería ser un buen PÍAS, el no encontrarás soluciones en internet, ni en el banco ni en la aseguradora. Atendiendo a la estricta normativa que regula el sector del seguro de inversión, estos productos sólo deben contratarse con la mediación de un MEDIADOR, Asesor o Consultor especializado en productos PRIIP y en concreto en IBIP, normalmente a través de Corredurías o Agencias Vinculadas registrada en la DGSFP y que cuente entre su plantilla con este tipo de expertos. Pero además, el mediador deberá ofrecer revisiones anuales y la aseguradora actualizará el KID o DOCUMENTO DE DATOS FUNDAMENTALES, que es el ADN de un seguro de inversión. Por mi experiencia fuera de un canal especializado, no encontrareis oferta para este tipo de productos (PRIIP-IBIP) ni la estructura para asegurar el cumplimento de lo que la normativa exige. Seguimiento permanentemente, disponibilidad al cliente, revisiones anuales, actualización de condiciones y normativa, etc...  Como experimento, decirme si alguno de los que tenéis contratados estos productos contáis con el teléfono móvil del director de la sucursal, o de vuestro asesor y si lo tenéis  llamarle el domingo por la tarde a ver que pasa.No es habitual que a mí me llamen el domingo por la tarde, pero sí ocurre, respondo sin problema.Cuando hablamos de seguros de inversión, o PÍAS Unit Linked, hablamos de productos de inversión paquetizados (PRIIP) ya sean fondos indexados, o seguros de inversión (IBIP). Las siglas se corresponden con sus definiciones en inglés, puesto que son productos de ámbito internacional y en el que se mueve la mayor parte del ahorro/inversión personal y familiar.Su gestión y comercialización se regula por los Reglamentos europeos PRIIP (inspirado en MIIFID) e IDD (Directiva de la UE 2016/97 del Parlamento Europeo) en la que se basa lanormativa nacional en materia de Distribución de Seguros el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero. Resumiendo, esta normativa establece que no es el cliente quien debe buscar o interpretar la información, entender o defender las condiciones contratadas. Estos documentos y los previos a la contratan deben ser explicarlos con absoluta transparencia por el mediador, y cada año. la aseguradora debe actualizar el KID y el mediador debe revisar la inversión con el cliente.Nadie debería vender o contratar un PÍAS que no sirva para su propósito, y nadie debe comercializarlos sí no cumple con lo que exige la normativa mencionada.Mi sugerencia, estos foros son un canal ideal para conocer la gran variedad de productos que existen en el mercado, pero a la hora de contratarlos, hace falta un trato estrecho y personalizado.Por cierto, he sabido que, @chris-izquierdo ya ha resuelto su problema, aunque no lo ha comentado.Espero que haya seguido alguno de estos consejos 
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