Evidentemente, sí, tienes que declarar esos ingresos como rendimiento del capital inmobiliario y, al no estar destinado a vivienda habitual, no tendrás derecho a aplicar reducción alguna.Por otra parte, en tema IVA, este tipo de alquileres se encuentra sujetos y exentos del impuesto, es decir, no tienes que declarar e ingresar el IVA, SALVO que junto con el alquiler prestes servicios análogos a los de la industria hotelera de forma simultánea a la estancia.Te dejo enlace a una hoja explicativa de la AEAT sobre este tema.