Vamos a ver, te lo explico a lo caldo de asilo y me voy a cenar jejejeEl importe de IMV percibido en 2023 viene derivado de vuestros ingresos del 2022, los cuales se revisan a final de año por la Seguridad Social y determina si debe mantenerte lo mismo que venías cobrando, reducirte el IMV (con lo que habrás generado cobros indebidos) o subirte (con lo que tienes derecho al pago de ATRASOS).Si tu hija se pone a trabajar en 2023, eso os afecta al IMV percibido en todo 2024, a pesar de que la revisión y ajuste lo hagan en octubre de 2024 ¿ok?Como tú, persona hábil y previsora, renunciaste al IMV en septiembre de 2023, no te afecta el punto anterior... ahora bien, tampoco te hubiera afectado si hubieras renunciado al IMV en octubre o noviembre, o mejor aún en diciembre, porque hubieras "pillado cacho" del IMV un par de meses más 😏 sin problema alguno ¿comprendes?Si no hubieras renunciado en septiembre 2023, pues en la revisión de octubre 2024 hubieses visto como os pegaban un sablazo, reduciéndoos el IMV bastante, no extinguiéndolo por completo (gracias a que te hubieran aplicado una bonificación en lo que te restarían de ingresos obtenidos en 2023), pero sí se hubiera reducido en su cuantía y, por tanto, habrías generado cobros indebidos del 2024.Ya si en 2025 hubieseis seguido con el IMV y tu hija trabajando, al no superar en exceso los ingresos totales por trabajo del IRPF 2024 respecto a los del IRPF 2023, no os habrían aplicado "beneficios / bonificación" del incentivo al empleo del IMV, así que en esta revisión de 2025 sí que os hubieran extinguido el IMV y además tendrías más cobros indebidos cuál espada de Damocles.En resumen, que hiciste bien renunciando al IMV para evitar esa historia, pero hábilmente podrías haber renunciado mejor en diciembre de 2023 o incluso en diciembre de 2024 (ahora entenderás mi lógica), previa consideración obvia que de hacerlo en diciembre 2024 tendrías cobros indebidos, sí, pero hubieras continuado un año cobrando un IMV sustancial a pesar de que luego te hubiesen pedido devolverles parte de dicho dinero, y acá viene la magia ¿que hubiera pasado si todo ese dinero del IMV cobrado durante 2024 lo hubieses invertido en una cuenta remunerada o unos depósitos bancarios? pues que te hubiera estado generando intereses a tu favor durante los dos, tres o cuatro años que la Seguridad Social tardase en reclamarte dichos cobros indebidos, de forma que en mi ejemplo, ya en 2027, cuando te reclamasen devolverles ese dinero, pues lo hubieras tenido disponible en una cuenta aparte para hacerlo de golpe y además te hubieses quedado unos buenos intereses 😀 (y no te digo nada si encima solicitas pago aplazado de dicha deuda a cinco años, la vas liquidando mes a mes con el dinero de dicha cuenta, y encima esos cinco años el remanente te va generando intereses también mes a mes)