Cuando "terminamos" una hipoteca", sigue constando en el Registro de la Propiedad como carga en nuestra finca, hay que cancelar tal carga.Hay tres formas de hacer esto:1 - Dejar pasar 20 años desde el vencimiento y se podrá solicitar la cancelación al registro sin trámite notarial.2 - Ir al banco indicando que quieres cancelar, ellos lo mandan a una gestoria, que obviamenete te facturan a tí, te pediran unos mil o mil y poco euros para ello, sobrará dinero que luego te devolveran, y así "a bulto" tendrás el gasto de notario, de registro, de confección de impuestos y además los honorarios de gestoria que fácil, fácil seran unos 300 o 400 €3 - Ocuparte tu de todo y ahorarte estos 300 o 400 €, primero tendrás que pedir al banco el certificado de deuda cero, que es posible que te cobren 50 o 60 €, que luego podrás reclamar, porque el Banco de España considera que si es un certificado para cancelar la hipoteca, no deben cobrar ninguna comisión, con lo cual es posible (no seguro) que tengas un primer trabajo de reclamar la devolución.Luego como el banco probablemente no quiere que sus empleados "pierdan el tiempo" en ir a notarias a firmar, este tiempo se puede utilizar para vender alarmas, por ejemplo :-) ... en algunas oficinas te las veras y desearás para que vayan a la notaria de tu elección a firmar, porque, repito algunas oficinas y de algunos bancos, no todas ni todos ni de lejos, te insistirán con la opción 2, que es mejor para todos, bueno en realidad para ellos. C uando ocurre eso, de que no van a firmar, nada, reclamación al SAC, para que les ordene ir. Una vez consigas que firmen, tendrás que ir a notaria, retirar la escritura, pagar los honorarios al notario, luego liquidar los impuestos en el modelo 600, que son cero, pero creo que salvo que en la CC.AA. andaluza, las otras 16 lo exigen. Es posible que en un oficina de la Agencia Tributaria Autonómica (la estatal no, la de la Comunidad Autonoma) te ayuden a confeccionar el modelo 600, que se presenta ahí o por internet si tienes certificado digital. También te lo puede hacer una gestoria de tu confianza, que te cobrará, pero dudo que sean 300 o 400 €, seguramente bastante menos.¿Terminado? nooooooo, la escritura, el documento de impuestos todo a tu registro de la propiedad, para que inscriban la cancelación de la hipoteca, cosa que dependiendo de su carga de trabajo te llamaran en 2, 3 o 4 semanas, para que les pagues sus honorarios y retires la escritura.Con esta opción te puedes ahorrar 300 o 400 € y te cargas de trabajo, entonces si vale o no la pena, son opiniones, la mía que cancelamos en junio, lo he tramitado yo mismo. ¿El banco paga algo? No la cancelación es a cargo del cliente, antes y ahora, peeeeeero si tu hipoteca viene de un banco fusionado o absorbido por otro, tu hipoteca todavía figurará a nombre de tal banco absorbido. El Registro tiene la obligación de incribir el cambio de beneficario de la hipoteca al banco actual antes de cancelar, es su obligación, lo llaman tracto sucesivo y la ley les obliga a inscribir "todos los pasos", de esta parte de los honorarios del registro, si es tu caso, puedes pedir la factura separada a nombre del banco, te la harán pagar a ti como presentador/a y luego la podrás reclamar al banco, que en todos los casos que se han indicado por estos foros, el banco lo ha pagado, pero el cliente se ha visto obligado a reclamar al SAC ... que esto no es ir a la ventanilla de caja y pedir que te paguen, no lo harán.