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Participaciones del usuario lucentum

lucentum 25/03/24 19:34
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Respecto a eso he leído en otros sitios/asesores que para gananciales, en porcentaje de participación se ponga 50% tanto si eres único titular de la cuenta como cónyuge. Aquí entran los conceptos de participación real y participación formal. Si la cuenta está a nombre de uno solo, la titularidad/participación formal es del 100% para el que tiene a su nombre la cuenta, pero la participación real es 50%. Para el cónyuge, la titularidad/participación formal de esa cuenta es 0% pero la participación real es 50%.La última pregunta de cada bien que es la que discuto y que es “clave” del modelo  es “porcentaje de participación” (sin añadir calificativos). Es decir no pone si “real” o “formal” y aquí es donde vienen los mares de dudas - Si significa porcentaje real se debería poner 50% para cada uno (independientemente del titular formal que tenga el depósito)- Si significa porcentaje formal se debería poner 100 y 0 (que sabemos que no es correcto)El poner 100 para uno y 50 para otro significa que para uno le estás poniendo el porcentaje formal y para el otro el realYo he puesto 50% para cada. Porque me parece más lógico. Tengo claro de que aún estando una cuenta solo a mi nombre, España en gananciales dice que solo el 50% es mío.Y además, si hago lo mismo con la declaración de mi cónyuge resulta que la suma de los bienes declarados en los dos 720 es justo lo que tenemos (de la otra forma, 100 y 50% sumaria 1.5 mayor)Y si me preguntasen por qué he puesto 50%, lo tengo claro: yo he puesto el porcentaje de participación REAL. No he visto en ninguna norma que diga que lo que haya que poner no sea la REAL
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lucentum 16/03/24 17:58
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
 Mi consejo es que la hagas todos los años. Coges la del año anterior que te puedes bajar de la misma AEAT, la subes como del año a declarar, cambias las letras A, C, M en lo antiguo y pones lo nuevo. Así la tienes otra vez lista para el año siguiente. En muy poco tiempo la tienes llena y Hacienda lo tiene facilísimo para comprobar que todo es correcto. Y sin pensar que si tienes que hacerla o no
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lucentum 20/02/24 19:36
Ha respondido al tema ¿Tienes dudas sobre Raisin y sus depósitos en el extranjero? Plantéalas aquí
Lo de renovar sin mirar estoy seguro que no les pasa a la inmensa mayoría de los que usan Raisin y leen Rankia. Otra cosa es que sabiendo que hay otro banco que te da más no te interese cambiar porque (además de las nombradas  por otro rankianos de consideraciones sobre el miedo de algunos a hacer  el 720 o incluir en el irpf español las retenciones de las haciendas extranjeras) con ese otro banco de mayor interes ya tengas 100 mil euros en depósitosPero yo estoy con la mayoría de opiniones, el que trabaja con Raisin se lo sabe todo bien
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lucentum 11/02/24 00:43
Ha respondido al tema ¿Tienes dudas sobre Raisin y sus depósitos en el extranjero? Plantéalas aquí
Pues yo sigo teniendo dudas. Porque el FAQ en el que te basas de raisin dice ¿“tengo que incluir los intereses capitalizados…”Y si cojo la hoja de CKV que acompañó (con cálculo de beneficios basado en interés compuesto) pone claramente “capitalización de intereses: al vencimiento”. De lo que se deduce que los intereses no son capitalizados año a año sino solo el año final. Y por tanto el FAQ anterior no es aplicable al menos a CKVYa he dicho anteriormente que no tengo ninguno en el que la medida del interés sea en base a interés compuesto. Pero no veo diferencia entre los que tengo (progeto, sistema) en el que el cálculo del beneficio se realiza en base a un valor dado de interés simple  pero que también y como en el de CKV en ambos la capitalización se hace al vencimiento
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lucentum 10/02/24 18:00
Ha respondido al tema ¿Tienes dudas sobre Raisin y sus depósitos en el extranjero? Plantéalas aquí
Para mi que te de digan que al cabo de 5 años por un capital inicial de 1000 euros me van a dar tanto de interés simple o tanto de interés compuesto lo único que me está diciendo es que con ello puedo calcular matemáticamente lo que voy a obtener al cabo de esos 5 años en un caso y en otro Y viceversa, si yo pongo 1000 euros y dejo transcurrir 5 años y voy a obtener X euros de beneficio, con ese X yo te calculo el interés simple a que corresponde y el interés compuesto. Esos valores van a ser dos números diferentes (el simple mayor)Pero los beneficios NO los voy a tener en mano y poder usarlos hasta al cabo de 5 años, lo mismo que sucede con el similar de las acciones o fondos de inversiónNo tengo depósitos que definan su interés en base “compuesto” y por ello unas preguntas para alguien que tenga y lo tenga ya después de varios años1) ¿En raisin, cuando transcurre el primer año con depósitos a interés compuesto te cambian el número del valor del capital que tienes? ¿Y el Segundo año otra vez? etc. Creo que con depósitos como Sistema que calculan los beneficios en base a un interés simple, el capital no cambia con el transcurso de los años2) El informe fiscal que te manda raisin para el 720 ¿también cada  año va cambiando el capital invertido a plazo fijo por varios años en los bancos que definen sus beneficios en base interés compuesto?
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lucentum 10/02/24 10:03
Ha respondido al tema ¿Tienes dudas sobre Raisin y sus depósitos en el extranjero? Plantéalas aquí
Aunque se ha hablado mucho en el foro de lo que implica para el irpf el interés compuesto en depósitos a más de un año yo no lo  veo tan obvio. Al final que te digan un valor de interés anual y te digan que es compuesto o no, lo único que implica es en la forma del cálculo de lo que vas a obtener de beneficio.  Pero los beneficios en el caso de interés compuesto es seguro que no los obtienes cada año para poder usarlos.Porque si además pone que la capitalización y el pago de los intereses es al vencimiento, tu no vas a tener disponible el dinero hasta el final del transcurso de los años de depósito ¿por qué vas a tener que pagar irpf en los años previos por algo de que no dispones?Lo veo similar a compra venta de acciones, fondos de inversión, etc que vendes tras varios años. Su valor va subiendo cada año pero solo pagas irpf cuando lo vendes, es decir cuando realmente obtienes el dinero
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