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José Luis 54 11/06/26 16:39
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Creía que lo tenías este 13 de junio. Entonces lo tuviste el pasado 13 de mayo y has visto esas consultas con fecha 9 de junio.En primer lugar yo entraría en tu seguridad social porque ya están hechas las nóminas de junio y la paga extra así por lo menos puedes comprobar que sigues igual.Sobre lo que te han mirado si que puede dar lugar a entender que van a hacer un recalculo o simplemente han entrado para comprobar que no has cotizado, es muy difícil de saber La única manera de poder saber por donde va el tema es solicitando el informe de síntesis que te han tenido que hacer en mayo. Has tenido oportunidad de pedirlo o no lo dan donde tú vives? Leyendo lo que pone el inspector médico se puede intentar saber si está por la labor de que sigas igual o de subir el grado.Un saludo 
José Luis 54 11/06/26 16:00
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Me alegro que el abogado te haya contestado lo mismo, es lo que dice el procedimiento de revisión, y espero que puedas estás un poco tranquilo.En cuanto al venazo que les dio por enviar tantas cartas de revisión me imagino que es una orden que vino de algún director nacional del INSS (porque pasó en toda España) que quiso agradar a alguien. El sistema está preparado para hacer unas cuantas revisiones, necesitarían mucha gente para poder revisar a todo el mundo.Te hablo un poco de memoria pero creo recordar que hacen 15.000 revisiones de oficio reales al año, te valoren presencialmente o no. A estás hay que sumar las 30.000 revisiones por agravamiento que realiza la gente al año Con eso están desbordados como para intentar revisar a más gente........
José Luis 54 10/06/26 19:16
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Patricio, tienen que dictar resolución dentro de los 135 días hábiles, si te quieren citar para verte tienen que archivar la revisión abierta y crear un nuevo expediente de revisión de oficio.Ojo, si te citan pasados los 135 días hay que ir a la revisión y en ese momento decir que el procedimiento ha caducado, lo que no puedes hacer es dejar de ir porque ellos cierran y abren otro y ya no puedes alegar que ha expirado.Es lo que dije ayer, si te quieren ver te citan y cerrando y abriendo otro expediente tienen derecho a hacerlo pero te tienen que avisar de ello. A todos los que os abrieron expediente de revisión el pasado verano o en septiembre o en noviembre ya no os pueden revisar contra ese expediente de revisión de oficio porque ha caducado y debería de estar archivado. Si lo quieren hacer ahora tiene que abrir otro expediente de revisión de oficio. Un saludo 
José Luis 54 10/06/26 17:29
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Me ha pasado lo mismo, me tocó una jueza sustituta. Esperemos que el TSJ ponga las cosas en su sitio y cuanto antes mejor. Un año de espera más consume muchísimo.
José Luis 54 10/06/26 17:15
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Joer, me parece de chiste malo, se lució el juez o la jueza. De donde eres? Que encuentren un trabajo ellos con esas limitaciones y que te digan cómo desplazarteUn saludo 
José Luis 54 10/06/26 11:17
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola Charly, siento por lo que estás pasando, es un auténtico martirio.Espera a que te llegue la resolución porque ahora han creado un nuevo tipo de modalidad y puede ser que te la denieguen pero sigas de baja por estar con tratamiento hasta poder ver si hay mejoría o no. Pasado el tiempo ya evaluarían ellos si te has recuperado o te abren un nuevo expediente de oficio.Antes una denegación de una IP de oficio conlleva el alta pero ahora no tiene porqué ser así.Esperemos a ver qué ponen.Un saludo y mucho ánimo 🫂
José Luis 54 09/06/26 20:31
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola Alex, el INSS se va a tomar su tiempo en contestar aunque te abran expediente de puntos, la única diferencia es que ahora si puedes seguirlo, por lo menos en la mayoría de los casos. Que contesten antes de los 45 días es muy difícil así que eso te obliga a poner la demanda en cuanto pasen los 45 días o esperar a que haya resolución.Esto ya es decisión de cada uno, lo que está claro es que si no demandas en los siguientes 30 días a tener resolución tú expediente se archiva.Por lo menos si te abren expediente de puntos puedes hacerte una mejor idea de los tiempos.Un saludo 
José Luis 54 09/06/26 18:56
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Así es Mayte ❤️, te juro que estoy deseando que abran autos, que mi abogada ponga el recurso de suplicación y olvidarme durante un tiempo para si no perdemos más salud. Mi mujer y yo estamos machacados 😞Veremos cuánto tiempo tardan contigo, ahora mismo eres mi referencia para saber tiempos 🫂Espero todo te salga muy bien ❤️
José Luis 54 09/06/26 18:46
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Jajajaja, es bueno que entre todos nos ayudemos 🫂🫂.Yo estoy a la espera de que desde el juzgado abran autos para poder poner el recurso de suplicación y además, en Madrid, está tardando el TSJM entre 9 meses y un año ....Llevo desde el 2022 detrás de ellos por vía administrativa o judicial, espero, con un poco de suerte, se resuelva todo en el 2027.........  Cuidando de la salud 🤬
José Luis 54 09/06/26 18:39
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Krispy, me alegro que todo haya salido bien y tan rápido, 6 meses es un tiempo aceptable para lo que están tardando en otros sitios.1. Creo que unos días más tarde el TSJ hace la sentencia firme, el INSS suele tardar unos 2 meses de media en pagar los atrasos pero según visto casos donde lo han hecho en 15 días y otros que se han ido a tres meses.2. Normalmente suele enviar una carta donde pone que según sentencia xxxx confirman la IPT y te ponen los atrasos pero no siempre envían está carta, además cuando la envían hay gente a la que le ponen posible fecha de revisión y a otros no les pone nada.3 Al ser una sentencia proveniente del TSJ las probabilidades de que te revisen son prácticamente nulas. Estarías al final del todo de la lista.Un saludo