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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Teresa, los 2 años y medio que se quedan en blanco se rellenan con las lagunas de cotización que como le acabo de explicar a Begoña es el salario mínimo prorrateado con las pagas extras, 1424 euros mensuales para este año.Un saludo
José Luis 5407/02/26 10:18
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Begoña esa es una buena pregunta, debería de ser de los 67 años para atrás y los años en blanco (esos seis últimos años) se rellenan de la siguiente manera, 4 años con el salario minimo interprofesional con las pagas extras prorrateadas (por ejemplo este año serían 1424 euros ya que el salario mínimo va a ser 1221 euros) y los dos años restantes se rellenan con el 50%, no con el 100%. Está es la norma aplicada en el caso de tu marido para las lagunas de cotización.Por cierto, para cuando cumpla los 67 años se cogerán los últimos 29 años y se quitan los dos peores.Un saludo
José Luis 5407/02/26 10:08
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Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Mónica, tu incapacidad está concedida al 99,99%, lo más probable es que el Lunes o el martes se concluya el punto 7 y a lo largo de ese día puedas ya ver qué te han concedido en tu seguridad social o en mi carpeta ciudadana. Te queda ya muy poquito.Un saludo
José Luis 5407/02/26 10:05
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Josean, tienes que estar pendiente de que siga tu incapacidad permanente tal y como estaba en tu seguridad social.Si sigue todo igual es que no ha habido cambios y en la resolución te pondrá que sigues igual.Si por el contrario te desaparece la incapacidad en tu seguridad social significa que el resultado de la resolución no va a ser bueno.Estate pendiente en estos días a tu seguridad social, es la única manera de saber si todo sigue igual antes de que recibas la resolución.Un saludo
José Luis 5405/02/26 22:05
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Es lo mismo Benja, sigue como estaba antes, sin moverse nada.Un saludo
José Luis 5405/02/26 19:53
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Benja, pues realmente lo que te han dicho es que no hay resolución pero no te han especificado si han hecho el informe de síntesis o no con lo cual no te han dicho nada que no supieras ya.Un saludo
José Luis 5405/02/26 19:17
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Claudia, lo estoy leyendo y en cuanto a precio no me parece abusivo, lo veo bastante normal, para que te hagas una idea lo normal es pagar el equivalente a tres mensualidades que supondría un 25% de un año. Si pagas menos mejor y si pagas más si que es abusivo.Lo que si me aparece es la segunda parte que es la forma de pago, eso es algo que normalmente te dejan pagar en plazos, no de golpe como te piden a ti.Lo de que la sentencia sea firme o no para pagar también es muy muy abusivo y de una cara impresionante, de todas las maneras yo interpreto que sería pagar ahora el 24% y si recurren, dentro de un año, cuando esté la sentencia de TSJ, sería pagar el 2% restante hasta el 26%, ese 2% es un precio normal que se pone cuando el proceso sigue adelante y va hasta el TSJ.Es mi interpretación, espero que sea también la realidad, no pueden decirte que pagues un 24 + un 26% = 50%, serían 6 meses de una anualidad y de verdad que no he visto a nadie que cobre tanto, está muy fuera de lugar.Un saludo
José Luis 5405/02/26 08:38
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Revision de fecio - Incapacidad Permanente Total
Hola, no te preocupes por lo de los diez días, realmente tú puedes presentar alegaciones o informes nuevos hasta que un inspector medico vea tú expediente y para eso todavía queda.Haz un escrito donde pones que tú estado de salud no ha variado o está peor (lo que tú consideres) desde la operación y que ya no tienes más informes al considerarse secuelas crónicas. Por otra parte describe y añade los informes de las demás patologías.Después debes presentar este escrito y los informes junto con la carta que te ha llegado en el INSS o creo que puedes hacerlo telemáticamente pero no sé cuál es el enlace correcto.De todas las maneras tenemos creado un hilo que se llama revisión de oficio de una IP donde tratamos todas estas cosas.Un saludo
José Luis 5405/02/26 08:29
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenos días, en el caso que cobres más de baja que de IP no tienes que devolver nada, lo único es que obviamente no se genera ningún atraso. Te debería de salir la incapacidad permanente, dentro de un tiempo, en tu seguridad social con lo que vas a percibir cada mes.e imagino que por lo que dices no cobraras ningún atraso.Un saludo
José Luis 5404/02/26 23:43
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Pues perfecto entonces, los tiempos de espera son los que te he puesto al principio, espero que tengas suerte y en tu caso vaya rápido. Donde lo puedes ver antes es en tu seguridad social.Un saludo