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José Luis 54 30/04/26 16:06
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Es tal y como lo has explicado al principio, van separadas. Igual que te ha salido una línea con el cobro de abril (que recibirás dentro de un par de semanas, ojalá antes), sobre el 10 de mayo te saldrá otra línea que pone mayo 2026 con lo que vas a cobrar sobre el día 25.Las nóminas se hacen sobre el día 10 de cada mes excepto la del primer pago que va aparte.Luego, sobre el 10 de junio te pondrá en la misma línea mayo - junio 2026 que corresponde a la pensión de junio que cobraras sobre el 25 de junio.Ese mismo día te aparecerá una línea más con el concepto junio 2026 que corresponde a la paga extra, como la tuya tiene fecha de efectos abril cobraras la tercera parte y será a la vez que el día que cobres el mes de junio.Un saludo 
José Luis 54 30/04/26 00:06
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Todo es una cuestión de dinero para ellos, si ven que no les renta pues te dicen que no se puede hasta de tro de dos años pero si les interesará ya verías que rápido se movían.Lo que he puesto antes está sacado de su propia web así que o publican información falsa o después mienten según su interés.Yo me acuerdo que me puse en contacto con ellos en el 2022 y lo descarte automáticamente pero tenían alguna información mia como bases de cotización e informes y me estuvieron ellos insistiendo a mi para que les contratase. Obviamente no les hice ni caso 
José Luis 54 29/04/26 23:36
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Copio está información sacada de la web de Campmany abogados:"Sí, puedes solicitar una revisión por agravamiento de una Incapacidad Permanente Total antes de que pasen los dos años habituales si el empeoramiento es grave. La ley permite esta revisión anticipada si el agravamiento es significativo y sobrevenido, o si surge una nueva enfermedad, siempre que se acredite documentalmente con informes médicos recientes." Campmany Abogados"Aspectos clave:Excepción a la regla de los 2 años: Aunque la norma general establece una espera de 2 años (según el art. 200 de la LGSS) desde la resolución anterior, un agravamiento grave que aumente la incapacidad permite la solicitud inmediata.Justificación médica: Es obligatorio aportar informes de la Sanidad Pública que demuestren que la patología ha empeorado drásticamente desde la última valoración.Nueva enfermedad: Si el agravamiento proviene de una nueva lesión o enfermedad no valorada previamente, se puede solicitar sin esperar.Procedimiento: Se realiza a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social."Campmany Abogados"Si el INSS reconoce el agravamiento, la incapacidad total podría revisarse a una incapacidad absoluta o gran invalidez."Lo que te he comentado antes, si se puede y además está publicado así en su propia web.Un saludo 
José Luis 54 29/04/26 21:33
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola Claudia, si no han cambiado las cosas en las últimas semanas en la comunidad de Madrid no te dan el informe de síntesis hasta que no haya resolución.Inténtalo si quieres porque como el INSS cambia de criterio en muchas cosas cuando les viene en gana pues nunca se sabe.
José Luis 54 29/04/26 19:42
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Sinceramente no sé si es correcto solicitarlo de esa manera, solo te puede contestar alguien de Cataluña que lo haya pedido de esa manera.El enlace que te he puesto yo es el general para pedirlo en toda España.Un saludo 
José Luis 54 29/04/26 18:55
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Mario, en Barcelona te lo dan en mano en cualquier oficina del ICAM, solo tienes que llevar tu DNI.Si lo quieres pedir online se hace a través de este enlacehttps://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Variacion+de+Datos/INSS_2.37En observaciones pones que pides el informe de síntesis correspondiente al expediente de incapacidad permanente xxxxx y te obliga a adjuntar un documento que puede ser tu DNI escaneado.Lo que no se es cuanto tiempo pueden tardar en enviártelo al email que pongas en la solicitud.Un saludo 
José Luis 54 29/04/26 18:50
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola, todo es relativo,en un principio no se puede pero si hay un agravamiento lo suficientemente grande y tienes informes suficientes que lo avalen pueden aceptarlo y estudiarlo. También puedes jugar con el error de diagnóstico ya que puedes avalar con esos informes que el juicio clínico y conclusiones de la resolución pueden ser ampliados con esos informes.Es darle un poco la vuelta al sistema pero tienes que tener muy buenos informes que lo avalen.Un saludo 
José Luis 54 29/04/26 18:44
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola, no tienes que darle muchas vueltas, todo lo que te está pasando es positivo y hace pensar que va encaminado a que te van a conceder una IP, si no fuera así ya te la hubieran denegado en el momento que se concluyó el punto 3 y no te hubieran hecho rellenar el formulario Te han abierto expediente a los 13 meses de baja, no a los 18, además te han hecho el informe de síntesis de manera no presencial, te han concluido los tres primeros puntos y ya has rellenado el formulario. Todo indica a pensar que tiene buena pinta.Cómo ya te han comentado antes es mejor pedir el informe de síntesis de manera presencial porque te lo dan en el momento (también depende donde vivas, hay varias comunidades donde no lo dan hasta el final) y ya no puedes hacer más, solo esperar hasta que resuelvan el expediente.Un saludo 
José Luis 54 29/04/26 18:36
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Pues si te han concluido el tercer punto probablemente sigan adelante con el expediente y te concedan la IP administrativamente. Esto es algo que ya le ha pasado a algunas personas, que les coincide la resolución por vía administrativa de un expediente de incapacidad permanente con la sentencia del juzgado por la denegacion de un expediente anterior.Obviamente, la que prevalece es la del juzgado si hay atrasos por pagar.Un saludo 
José Luis 54 29/04/26 10:08
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Mayte, llamarlos odiosos es quedarse muy corta. Me parece increíble que hayan hecho eso pero el motivo, en tu caso, es única y exclusivamente retrasar el pago de los atrasos.No he visto ninguna sentencia del TSJ donde el juez haya resuelto conceder o subir de grado una IP y que hayan hecho ningún cambio, solo han confirmado lo sentenciado por el juez.El caso contrario si se da pero no es tu situación, que el TSJ conceda una IP o la subida del grado y previamente el juez no lo haya dado.En fin, sin palabras, no sé cuánto tiempo tarda en Madrid en resolver el TSJ. Sabes algo de esto? Me da que si ganó el próximo juicio 🙏, me va a pasar lo mismo que a ti.Un saludo 🫂