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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Anhusa, es bueno dar todos los datos desde el principio. A efectos fiscales da igual tener el 56 que el 33 que va aparejado con la IP.Tú haz los cálculos con esa discapacidad.Además creo que hay una casilla donde te pregunta si tienes discapacidad.
José Luis 5413/06/26 11:23
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Eso no lo miran, no pongas nada o pon un número redondo aproximado
José Luis 5413/06/26 08:49
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenos días, tal y como te lo ha dicho @maytep
, no tienes que rellenar el cuestionario de manera exhaustiva, lo más importante es el número de cuenta corriente y si tienes hijos para el complemento.Si la pensión que te fuera a quedar estaría por debajo del mínimo entonces ya miran si recibes dinero de alquileres, etcSi la pensión está por encima del mínimo no miran más que número de cuenta corriente y número de hijosUn saludo
José Luis 5412/06/26 20:34
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Kusss, en mi opinión es mejor hacerlo en el momento que te llegue la cita si ya han pasado los 135 días pero realmente es solo mi opinión ya que esta fuera de plazo informes antes o después.Cómo bien has dicho igual que no te pueden abrir expediente de revisión de oficio antes de la fecha establecida tampoco te pueden citar pasados los 135 días, la estrategia a seguir ya la tiene que evaluar cada persona y hacer lo que crea más conveniente.Un saludo 🫂
José Luis 5412/06/26 20:28
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola 😃, está es la parte a la que me refería antes"Se añade a todo ello la modificación del artículo 5.2 de la orden para permitir la comunicación y notificación a través de medios no electrónicos tanto cuando se realicen con ocasión de la comparecencia espontánea de la persona interesada o su representante en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (y no solo en las oficinas de asistencia en materia de registro), como en aquellos casos en los que la entidad gestora no disponga de datos de contacto electrónico para practicar el aviso de la puesta a disposición de la comunicación o notificación en la SEDESS.De esta manera se evita que se produzca alguna situación de indefensión por no disponer de medios o de conocimientos electrónicos"Con esto interpreto que si no tienen tu número de móvil o no dispones de uno o de tu correo electrónico o no tienes entonces te tendrán que seguir comunicando vos correo postal.Me imagino que no todo el mundo tiene acceso a estos medios, serán pocas personas y tenderán con el tiempo a ser menos pero también hay que darles cobertura.He leído una parte que me parece muy curiosa, que en el Caiss te ayudan al manejo del dispositivo electrónico, vamos a ver en qué queda esa parte con la saturación normal que tienen en las oficinas de INSSUn saludo y muchas gracias por la información 🫂
José Luis 5412/06/26 19:35
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola, si, van a dar prioridad a que todo se comunique telemáticamente para reducir tiempos pero no todo el mundo tiene acceso a la vía telemática con lo que a esas personas les tendrán que avisar por sms, correo postal o lo que sea.Un saludo
José Luis 5412/06/26 13:57
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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Así es, pero es una excusa no válida. Tienen que archivar el primer expediente de revisión y abrir otro. Si quisieran quitar la IP o bajarla de grado se podría desmontar en reclamación previa o posterior juicio.De todas las maneras si te llaman a revisión pasados los 135 días ha iles es mejor, en ese momento, comunicar que la cita está fuera de plazo.Ya le pasó hace tiempo a una persona, lo comunico, le dieron la razón y no se molestaron en abrir otro expediente de revisión. No volvió a saber nada del INSS Un saludo
José Luis 5412/06/26 11:37
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
El enlace para enviarlo es estehttps://prestaciones.seg-social.es/servicio/presentar-formulario-incapacidad-permanente-iniciada-oficio.html?categoria=incapacidad-permanente"Este servicio permite aportar el formulario de datos que se ha solicitado al interesado en el trámite del expediente de pensión de incapacidad permanente iniciado de oficio."Tienes que adjuntar lo que te pidan, libro de familia, etc.Si antes hablamos antes te lo mandan. Esto quiere decir que tiene muy buena pinta y que muy probablemente te han concedido una IPUn saludo
José Luis 5412/06/26 09:36
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Arturo, no sé si tardan mucho en resolver un expediente por Asturias ya que hay pocas personas en este foro que sean de allí.La manera de pedir el informe de síntesis es pedirlo presencialmente en cualquier oficina de INSS o telemáticamente por certificado digital en este enlace https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/Variacion+de+Datos/INSS_2.37En observaciones pones que pides el informe de síntesis correspondiente al expediente de incapacidad permanente xxxxxx.No se cuanto tiempo tardan en enviártelo al email que pongas, presencialmente te lo imprimen y te lo dan en el momento.Un saludo
José Luis 5412/06/26 09:06
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Hola, pues es crucial lo que pase en estos días. Si va a ser denegada te desaparecen los 8 puntos y sale directamente como denegada en el encabezado. No siguen adelante con el expediente Si tú ya llevas 2 días con el punto 3 concluido es muy positivo, normalmente solo envían lo del formulario unos días después de concluirse el punto 3 cuando va a ser concedida.Si tienen tu número de móvil te envían un sms con un enlace para que te imprimas el formulario y lo rellenes. También te puede llegar el enlace por email pero es más raro.Si no tienen tu email no tu número de móvil lo envían por correo postal.Un saludo