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José Luis 54 27/02/26 14:18
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Jac, veo muy difícil por no decir imposible que te quiten una IPT concedida en sentencia judicial si tú pides una revisión por agravamiento.Yo esperaría al tiempo que marquen en la resolución para poder pedirla, que me imagino que serán dos años, y pediría la revisión.Una cosa, la puedes solicitar tú mismo, sin abogados. Luego, si te dicen que sigues igual, con la IPT entonces si que contrataría un abogado para la reclamación previa y posterior demanda si fuera el caso.Un saludo 
José Luis 54 27/02/26 12:15
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Las puedes hacer desde el momento que tengas la resolución, yo creo que las hice como un mes o dos más tarde cuando a mí me pasó lo mismo.Un saludo 
José Luis 54 27/02/26 12:13
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Pues no van muy rápido en Andalucia en general, lo lógico es que tarden los 135 días para que haya resolución. Probablemente te hayan metido en el hueco de otra cita que se ha cancelado.Un saludo 
José Luis 54 27/02/26 11:07
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola, la fecha de efectos es la fecha de solicitud, diciembre 2023, así que tendrás que presentar declaraciones de la renta complementarias hasta que te concedieron la IPA. Si tuvierass otro tipo de ingresos como el alquiler de un piso entonces si que tendrías que presentar todas independientemente de la fecha de la IPA.A efectos fiscales cuenta todo el año 2023 con discapacidad aunque la fecha de efectos sea diciembre.En un par de semanas te llegará una carta certificada con la resolución y en el mismo sobre vendrá la tarjeta.Lo de la movilidad reducida no se cómo se tramita.Un saludo 
José Luis 54 26/02/26 19:55
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Pero el susto te lo llevas 😭
José Luis 54 26/02/26 19:53
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Tranquilo que también me ha llegado una comunicación a mi hoy y es el certificado de rentas del año pasado para hacer la declaración de la renta 😀
José Luis 54 26/02/26 18:14
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Alex, si es que en la mayoría de España los expedientes van con mucho retraso. Por ejemplo, lo normal en Cataluña es que te abran expediente a los 545 días pero no te llamen para verte hasta 9 o 10 meses más tarde y a veces ni eso, cumples los 545 días y ni siquiera se abre el expediente hasta que te llaman para verte a los 27 o 28 meses. Ayer vimos otro caso así Yo sé que en Álava van rápido, tardan un par de meses en resolver el expediente y que Madrid va más o menos en tiempo, tardan los 135 días. El resto de comunidades van con mucho retraso, alguna excepción con algún expediente puede haber pero lo normal es que no cumplan con los 135 días hábiles ni de coña.Un saludo 
José Luis 54 26/02/26 16:42
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola, el tribunal médico no ve a nadie, la cita con el inspector médico es crucial ya que el va a hacer el informe de síntesis, te va a concluir el punto 2, y le va a enviar este informe al tribunal médico para que decida (punto 3).Sólo te van a ver una vez y va a ser el día 5. Llévate todos los informes, públicos y privados, y vamos a ver si te toca un inspector empatico.Un saludo 
José Luis 54 26/02/26 12:16
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola y bienvenid@, lo de los expedientes es correcto, se han juntado en fechas el que tu solicitaste con los 545 días de baja así que lo que hacen es juntar los dos en uno, por eso te ha desaparecido el que iniciaste tu.Por lo demás veo que ha seguido el camino normal, te han hecho el informe de síntesis, del cual no se puede deducir nada, y ahora tienes que esperar la decisión del tribunal médico para ver si te conceden una incapacidad permanente o no.La verdad es que muchas veces no ponen limitaciones, simplemente las enfermedades que padeces y cuál es tu trabajo habitual y después deciden.En tu caso no han dado ninguna pista, el inspector médico simplemente ha hecho el informe de síntesis de tus informes médicos y se lo ha pasado al tribunal para que decida.Un saludo 
José Luis 54 25/02/26 09:49
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Carlos, en mis expedientes administrativos nunca se ve "pendiente de cálculo de la pensión". Los apartados que te salen son los correctos, pendiente de emisión del informe del la base reguladora, que ya lo han hecho ya que tienes concluido el punto 4 y desde ayer pendiente de resolución (que incluye que hagan el cálculo de la pensión, lo repasen, lo firmen y emitan la resolución).Ya no vas a poder mirar nada más en mis expedientes administrativos, tienes que seguir tú expediente por los puntos espero que no tarden mucho en que puedas ver qué te han concedido.Un saludo