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José Luis 54 30/03/26 19:25
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Utilizan un solo informe de síntesis para resolver los dos expedientes, el que ya tienes debería de ser el bueno y el único.Por eso te comento que con un informe de síntesis cancelan un expediente y siguen con el otro, esto pasa cuando coinciden en el tiempo, no te van a ver dos veces y hacer dos informes de síntesis diferentes.Un saludo 
José Luis 54 30/03/26 18:42
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Uf, no es el mismo camino, la reclamación previa va contra la denegacion de la IP por la enfermedad con la que iniciaste la IT. Si llegas a juicio después de esta reclamación previa ya el juez puede valorar si tienes más enfermedades y / o discapacidad y dependencia. Cómo ahora lo que han hecho es darte de alta sin abrir expediente de oficio solo cabe impugnar el alta Si solicitas tú una IP ahora, la deberías de pedir por otra enfermedad distinta a la de la primera IT o lo que te comentaba antes, que ahora tengas nuevos informes de la anterior IT que no hayan sido valorado antes.Todo esto es lo que tienes que ver con tu abogado y entre los dos elegir que camino seguir aunque lo más conveniente sería seguir los dos a la vez.Un saludo 
José Luis 54 30/03/26 17:51
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
No, tú abogado tiene 30 días para poner reclamación previa por la denegacion de la IP. Aparte de eso tú (junto con tu abogado) puedes solicitar la IP de parte y empieza otro periodo de este nuevo proceso donde tienen 135 días hábiles para resolver.Desde mi punto de vista tienes que tener nuevos informes muy buenos para solicitar una IP cuando te la acaban de denegar.Un saludo 
José Luis 54 30/03/26 17:36
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Aunque estén obligados a contestar no suelen hacerlo antes de los 45 días hábiles con la demora que hay ahora mismo así que como te ha dicho @jac19 en el momento que pasen esos 45 días hábiles (que empiezan a contar desde el día siguiente que pongas la reclamación previa) puedes demandar.Eso sí, si te contestan antes de los 45 días hábiles y es desestimada tienes un mes para demandar, si no lo haces se archiva tú expediente Un saludo 
José Luis 54 29/03/26 14:50
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Los de la discapacidad no tienen acceso, los de la dependencia si. Yo cambiaría la cita médica antes que la evaluación, a saber cuándo te van a poder citar otra vez
José Luis 54 28/03/26 15:17
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
No, eso es imposible saberlo, ahora tú expediente está en la parte administrativa y dependiendo del retraso que tengan pues pueden ser unos días o un mes o dos.Un saludo 
José Luis 54 28/03/26 15:14
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Maca, primero llega el mensaje y un par de días más tarde cuelgan la resolución.Un saludo 
José Luis 54 28/03/26 10:30
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola, eso es porque el INSS le ha comunicado a la mutua que te han concedido una IP y la mutua ha cortado los pagos, esto le pasa a todo el mundo.Ahora, por ejemplo, si la fecha de efectos económicos de la IP es el 6 de abril pues cuando tengas la resolución de la IP le tienes que reclamar a la mutua el pago del 1 de abril al día 5 de abril, no te preocupes por eso porque es algo que saben que tienen que hacer y normalmente la mutua te ingresa el dinero al día siguiente pero si no lo sabes y no lo reclamas pues es dinero que se quedan ellos.Todo normal, es la manera de proceder de las mutuas. Ahora espero que tarden poco en terminar con el expediente.Una cosa, si la fecha de efectos económicos de la IP fuera el 1 de abril entonces todo cuadraría perfectamente y no tendrías que reclamar nada a la mutua.Un saludo 
José Luis 54 28/03/26 10:22
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Rosa, aunque tengas fijada una retención mayor, lo mismo me paso a mí, siempre quitan el 15% de los atrasos, es un porcentaje fijo para todos el mundo, así que mucho me temo que cuando hagas la complementaria te saldrá a pagar la diferencia. Te lo comento porque eso fue lo que me pasó a mí.Un saludo 🫂 
José Luis 54 27/03/26 20:48
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Si perdona, que la revisión la pediste tú, yo haría caso a la funcionaria y pasaría de lo que te contesta el buzón del INSS.Yo también preguntaba en ese buzón sobre mi revisión por agravamiento y casa vez contestaban una cosa diferente con un mensaje standard y ya me explicaron en el INSS que los que manejan el buzón del INSS y los que atienden telefónicamente no tienen acceso a mirar ese tipo de cosas Sólo lo pueden ver los funcionarios que te atienden cuando tienes cita presencial en el INSS, quédate con lo que te han dicho, que van con mucho retraso, no cumplen resolver en 135 días hábiles ni de coña.Un saludo