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Participaciones del usuario Europayme

Europayme 22/05/11 03:56
Ha respondido al tema CAM intervenida
Realmente, ¿cuales han sido las causas para que CAM esté tan mal?. Todas las entidades cajas y bancos han "abusado" de las operaciones inmobiliarias y todas estan afectadas, pero ¿tan mal lo han hecho en CAM?, o ¿existen otras razones que la han empeorado?. No será como la de Castilla La Mancha que se vió obligada a "invertir" en el aeropuerto de Ciudad Real, no sería algo mítico en CAM. Por otro lado, hay que recordar que cuando se habla del FROB, este no solo sirve para mantener a unos cuantos directivos, existe una plantilla que depende de ello, existen toda una serie de proveedores que dependen de ello. Ojo no simplifiquemos. Por otro lado el 1 y 2 FROB son prestamos al 7,5% y 10%, no son fondos públicos perdidos. El FROB 3 será una inversión en capital para después vender. Por tanto si los gestores del Banco de España se comportan de forma correcta el coste para la Administración Pública y por tanto para el ciudadano será nulo y si la gestión es buena incluso puede resultar una buena inversión. Un saludo
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Europayme 22/05/11 03:37
Ha respondido al tema ¿Que significa SEPA?
Como continuación de la creación de la Comunidad Europea, se ha creado un entorno normativo y técnico para realizar pagos entre personas de los diferentes países europeos de una forma ágil y sencilla. Se define como pagos aquellos que se realizan a través de transferencia, recibo domiciliado o tarjeta. Así una transferencia SEPA entre España y Polonia no tarda más de 3 días, por ejemplo. A nivel español, el plazo para una transferencia o recibo domiciliado realizado por SEPA o el sistema español es el mismo, simplemente que en un futuro próximo todo se canalizará a través de SEPA y el sistema español de intercambio desaparecerá. La Ley de Servicios de Pagos es la transposición de la Directiva Europea de Pagos establecida en el momento que se definió el SEPA "Single Euro Payment Area" Zona Unica de Pagos en Euros
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Europayme 22/05/11 03:28
Ha respondido al tema ING me anula un depósito sin avisar - ING Direct
En referencia a tu caso y viendo las respuestas dadas en diferentes hilos, mi opinión es que tu no tienes la culpa, puede que legalmente no puedas reclamar, pero tal como dices tu has confiado en ellos, has contratado un determinado producto. La "profesionalidad", por decirlo de alguna forma, les obliga a avisarte en cualquier momento si modifican o cancelan las características del mismo. No seamos sumisos a los Bancos, el redactado de los contratos bancarios no es simple, la interpretación de cada clausula es un mundo, las condiciones que se indican muchas veces provocan la indefensión del cliente. Yo volvería a presentar la queja, y si no te satisface directamente al Banco de España, Servicio de Reclamaciones. Un saludo
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Europayme 22/05/11 03:19
Ha respondido al tema Asustada con una OTE
En las OTE, existe como mínimo un día de diferencia (sabados, domingos y días festivos nacionales son inhabiles) entre el cargo y el abono, ya que el cargo se realiza en una entidad bancaria y el abono en otra. Estas entidades no suelen tener conexión on line, en tiempo real, y las operaciones se intercambian por la noche. En esta operación la única entidad que puede aplicar una comisión es la receptora y los 0,35 son los gastos de correo que se puede aplicar si se realiza una comunicación postal de la citada operación, ya sea una u otra entidad. Por otro, lado la identificación telefónica se realiza en función de diferentes procedimientos operativos. Esta claro que existen diferentes formas para identificar una persona, ya que en la ficha del cliente se recogen muchos datos que no son fáciles de conseguir. También hay que entender que con las leyes existentes de protección de datos, hay que tener mucho cuidado a quien y que información facilitas, ya que la multa es cuantiosa y te viene cuando menos te la esperas. Un saludo
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Europayme 04/05/11 01:52
Ha respondido al tema ¿El banco te puede devolver recibos ya pagados?
Estos plazos son interbancarios y estan recogidos en las instrucciones interbancarias. Es como si se compensa un recibo a través de SEPA B2B (entre empresas), que requieren una autorización prévia, el plazo de devolución único es de 2 días, que se pueden reducir a 1 si se tienen en cuenta las horas de intercambio y proceso.
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Europayme 01/05/11 23:52
Ha respondido al tema ¿El banco te puede devolver recibos ya pagados?
El banco si no hay saldo, no pagará el recibo, no lo cargará y si lo carga no lo puede devolver cuando quiera, y ese plazo son hasta 5 días hábiles desde el día de pago. El caso que aquí se expone, es que el día de pago no había saldo y el banco le aplicó en descubierto (con sus intereses y/o comisiones), pasados mas de un mes procede a devolver ese recibo de forma incorrecta incumplimiendo a mi entender la ley, pero te confirmo que incumpe los acuerdos interbancarios, ya que la única forma que tiene es indicando que existe una orden del cliente cuando éste no la ha dado. Y ojo si ese recibo es un anticipo de crédito se puede llevar la sorpresa de que el acreedor rechace la devolución adjuntando una orden de domiciliación bancaria o documento de consentimiento a partir del 5 día. El artículo 50 de la ley, indica que si no hay saldo el pago no se produce, ya que se devuelve. En el caso referido el pago se hizo, se aplicó a la cuenta.
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Europayme 01/05/11 23:10
Ha respondido al tema Empleado de banca se niegan a rellenar formularios de descuento de efectos. - autonomos
Tiene obligación el empleado del banco, tu tienes un contrato de financiación y servicio por el que te conceden un préstamo en garantía del pagaré cedido y/o endosado. Ese documento es el recibo emitido por el banco conforme se le ha entregado el documento en estudio para su descuento y que debe estar firmado o sellado por el. Otra cuestión es que como deferencia, el cliente quiera o pueda rellenar el formulario para que los trámites sean más ágiles, etc. Quejate al director de la oficina o al Servicio de Atención al cliente
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Europayme 01/05/11 22:15
Ha respondido al tema ¿El banco te puede devolver recibos ya pagados?
El banco efectivamente, no tiene obligación de atender el pago de un recibo si este no tiene saldo suficiente, pero tampoco puede devolver un recibo cuando quiera. Esta situación dejaría también en indefensión al beneficiario de pago y porque no a la otra entidad financiera. Un banco puede "devolver" el recibo en un plazo de cinco días hábiles desde el momento de pago, pasado este plazo solo se puede devolver por orden del cliente disconformidad domiciliación o importe o como erróneo, duplicado y a solicitud de la entidad presentadora del recibo. Además de contemplar la ley existen unos acuerdos interbancarios de comportamiento que los miembros que participan en las camaras de compensación se han comprometido a respetar. Y desde luego estas actuaciones no estan contempladas. Imaginate que la que se puede provocar si en el momento que se determina como moroso a una persona se comienzan a devolver los recibos. Un salduo
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