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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
La única manera que los procesos arbitrales en curso y los futuros estuvieran garantizados al respecto sería con un comunicado oficial (por supuesto, POR ESCRITO) por parte de consumo.
Dcp_bcn26/06/13 11:53
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Quería comentar que no puedo enviar mensajes privados porque llevo poco tiempo registrada en el foro y no me está permitido.
Dicho ésto, indicar que si un cliente mío quisiera vender las acciones para obtener dinero líquido, entregaría una carta de reserva de acciones legales adaptada al caso concreto, me explico: si ya se ha presentado demanda, diciendo que la venta de acciones, que es obligatoria porque no hay otra posibilidad de obtener liquidez si no es firmando ese contrato de adhesión, no implica que aceptes la suscripción de DS y/o PP, que de hecho ya se interpuso demanda en fecha "x". Si no se ha presentado, algo parecido a lo anterior con la diferencia que te reservas emprender cuantas acciones legales te amparen como consumidor. Es algo que no está de más y la entidad está obligada a aceptar y sellaros.
Como se ha hablado largo y tendido en el foro, el vender las acciones no implica una aceptación según la doctrina de actos propios de la suscripción de híbridos de capital, pero supone una vía de alegación que no me cabe duda que las entidades financieras utilizarán a su favor. Diferente es que el juez la admita en sentencia. Simplemente es un riesgo a tener en cuenta y que todos los abogados estamos valorando caso a caso, porque como ya sabéis, en este asunto el elemento subjetivo es fundamental para la resolución del pleito.
Dcp_bcn26/06/13 09:11
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Hola estrellacaixatimada, como hemos comentado en anteriores mensajes, la doctrina de los actos propios está ahí, y el vender "voluntariamente" las acciones hará sin duda que los servicios jurídicos de CX la aleguen. Otra cosa es que los jueces la consideren.
Las entidades, incluida La Caixa, lo están alegando por otros motivos.
Respecto a la resolución de tu queja por parte del Defensor del Cliente de las Cajas de Ahorros Catalanas es del tipo habitual, quedándote expedita la vía judicial, donde la cosa cambia radicalmente.
Dcp_bcn26/06/13 08:57
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Ese mensaje sobre el arbitraje ha salido de consumo? Entiendo que sería la única manera de que fuera fiable.
Como he dicho en mi anterior mensaje, dudo mucho (aunque cosas más raras se han visto) que se obtenga un mensaje en ese sentido desde la judicatura.
Dcp_bcn26/06/13 08:54
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Está muy bien pensado, además veo que en Galicia han llegado a la misma conclusión respecto a lo de la "venta voluntaria". El problema lo veo en que no creo que ningún ente se aventure a asegurar que ningún juez admitirá una demanda o dictará sentencia sin tener en cuenta ese motivo. Ello iría en contra de la independencia judicial.
Los únicos que tienen que decidir algo antes del 12 de julio son los que tienen DS con vencimiento, que es optar por acciones o por un depósito. Si no dicen nada les canjearán por acciones.
Dcp_bcn25/06/13 19:12
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Alegan la teoría de los actos propios por el hecho de percibir intereses, por no haber denunciado el contrato antes, etc. Y ahora lo harán también por haber "solicitado voluntariamente" la venta de las acciones.
Dcp_bcn25/06/13 18:47
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Es arriesgado y seguro que CX alegará la doctrina de actos propios. Pero por otro lado, como bien dices, muchos se verán obligados por las circunstancias. La única manera de obtener algo de su dineros es vendiendo esas acciones, que nadie se cree que esa venta sea un acto "voluntario". En ese caso, lo que se hace es firmar ese contrato de adhesión, cuyas cláusulas no han sido pactadas libremente por las partes, y manifestar la disconformidad con ese "canje" y con lo que ha provocado esa situación, pero que es la única manera que se tiene de obtener una mínima liquidez.
Dcp_bcn25/06/13 17:45
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Creo que en ese caso CX habrá alegado otra cosa porque hasta el día 17 no empezó el periodo para solicitar la venta de las acciones.
Imagino que atacarán por ahí, no le veo otra explicación al tema de la voluntariedad de la venta.
La verdad que el tema crea muchísima inseguridad.
Dcp_bcn25/06/13 16:39
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Con esto quiero decir que no han podido alegar la voluntariedad de la venta de las acciones porque todavía no se había abierto el periodo para solicitarlo...
Dcp_bcn25/06/13 14:48
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La fecha del juicio coincide con la publicación del BOE, y todavía no se había abierto el periodo para aceptar la venta de las acciones al FGD.