Acceder

Participaciones del usuario carmen abogada

carmen abogada 16/02/17 13:01
Ha respondido al tema Duda cláusula suelo BBVA y Tribunal Supremo
Buenos días Lo primero, quiero puntualizar, es que es la sentencia del TJUE 21 diciembre de 2016, la que estableció que se debe restituir las cantidades cobradas de forma indebida, desde que se aplica la clausula suelo, y no desde el 2013 como dijo en su día el Tribunal supremo. Ahora, esta nueva sentencia del Tribunal supremo, acoge lo que dijo el TJUE, es decir, la retroactividad total. Respecto a su pregunta de si tendrían que devolverle desde que se comienza a aplicar la clausulas suelo hasta el 2013, esta claro que si, porque lo dice el TJUE Y ahora también el Supremo, en resolución de un recurso que puso el BBVA. El problema surge, por el acuerdo firmado por usted, el banco puede ponerle pegas, porque si voluntariamente firma la renuncia a reclamar cantidades, puede alegar ese acuerdo, cosa distinta es que firme que esta de acuerdo en que le quiten el suelo a partir de una fecha o que se lo rebajen, pero no haya acordado nada de reclamar cantidades, que son cosas distintas. Por otro lado, no hay que confundir y mezclar, la reclamación por aplicación de la clausulas suelo, con la reclamación de los gastos de la hipoteca, que obedecen a distintas causas de pedir y los tribunales las resuelven de forma diferentes. El Real Decreto 1/2017, esta contemplado para las clausulas suelos solamente, se puede solicitar al banco, que devuelvan lo cobrado de forma indebida por aplicación de la clausulas suelo desde el inicio, el banco le contestara en sentido positivo o diciendo que su clausula es negociada o transparente, pero tiene tres meses para hacerlo y durante este tiempo no se podrá acudir a la vía judicial. En el caso del BBVA, y otras entidades, que dejaron de aplicar la clausulas suelo, porque fueron condenados en su día a hacerlo, ahora con la nueva sentencia del TJUE y Esta nueva del supremo no les va a quedar mas remedio que devolver desde el inicio hasta el 2013, fecha en que dejan de aplicar el suelo de forma unilateral por el banco.
carmen abogada 06/02/17 11:47
Ha respondido al tema Clausula suelo sabadell
Buenos días El famoso Real Decreto, lo que estipula es que las personas que quieran reclamar para pedir la nulidad de su clausulas suelo, antes de iniciar acciones judiciales, pueden hacer una reclamación al banco y este le contestara , eso no quiere decir que le vayan a pagar, porque puede contestar en el sentido de que su clausula es licita y no es abusiva. En cualquier caso póngase en contacto con nuestro despacho, mande un correo, porque concretamente con este banco, es uno de los pocos que negocia, hemos llegado a acuerdos antes del juicio y han anulado la clausula suelo y devuelto el dinero cobrado de mas, suponiendo una ventaja en cuanto al tiempo que dura el proceso además de bajar la cuota mensual y devolver todo lo cobrado de mas.
carmen abogada 04/02/17 14:24
Ha respondido al tema Clausulas suelo BANCO POPULAR
Buenos días Coincido plenamente con el comentario del compañero, efectivamente, se han generado muchas expectativas y esperanzas de solucionar este problema a través del famoso Real Decreto, no dudo que con algunas entidades sea efectiva, sin tener que acudir a la vía judicial, "colgándose las medallas" de que así disminuyen la la carga de trabajo de juzgados y no solo eso, también ahorran a los consumidores,el tener que acudir a los abogados, pudiendo reclamar ellos solos, y solucionando así el problema, porque claro los bancos, no les engañan ni antes ni ahora. Saludos
carmen abogada 28/01/17 13:27
Ha respondido al tema Comisión del abogado por reclamar cláusula suelo
Buenos días Lo habitual es reclamar primero al banco, nuestro despacho siempre lo hace antes de interponer la demanda en el juzgado, por varias razones, la primera, es que hay bancos, los menos, que negocian y quitan clausula suelo y devuelven cantidades, y la segunda, su contestación escrita denegando lo solicitado, se adjunta con la demanda para que el juzgado vea que se ha intentado negociar y el banco se ha negado. Por otro lado, con la publicación de del Real Decreto de clausulas suelo, establece que primero se reclame a la entidad y esta contestara en tres meses, aunque no establece que sea obligatorio que conteste el banco , ni que vaya a contestar favorablemente al consumidor, aun así, parece aconsejable reclamar primero y si luego no hay acuerdo acudir a la vía judicial. Lo que si es aconsejable, es que se asesoren de un abogado especialista en estos temas para la negociación, y para el escrito de reclamación, porque cada caso es distinto del otro, y por ese motivo los bancos hacen ofertas distintas, en el supuesto de que las hagan, pues depende mucho de la entidad con que se tenga la hipoteca o hipotecas. Tengo clientes, que no les importa que el banco en lugar de devolverle el dinero en efectivo, se lo amorticen como parte del capital pendiente de pago, sin embargo a otros clientes no les ofrecen nada, y hay bancos que no negocian de ninguna manera, con lo cual, se pueden pasar tres meses esperando, y luego tener que acudir a la justicia. En cualquier caso reclamen, porque si no el banco no les va a dar nada.
carmen abogada 27/01/17 13:25
Ha respondido al tema En mis escrituras no consta las condiciones de la hipoteca, al ser una subrogación
Buenos días Habitualmente, Cuando se hace una subrogación, se hace a continuación en el mismo notario una escritura de novación con las condiciones particulares que se le ponen al comprador, mire si tiene esa escritura. En el caso de que no la encuentre, vaya a su banco y este le tiene que proporcionar una copia, o en el supuesto de que le fuera muy difícil conseguirla, vaya al notario que hizo la escritura de subrogación y pide una copia de la novación, y así sabrá cuales son las condiciones que tiene, y si en la misma le incluyeron clausula suelo, y todas las demás clausulas abusivas para poder usted reclamar.
carmen abogada 24/01/17 13:26
Ha respondido al tema Hipoteca clausula suelo Caja Arquitectos
Buenos días Se puede reclamar al banco, que devuelva lo cobrado de forma indebida, a raíz del famoso Decreto. A mi entender, Se está dando una publicidad, y generando unas expectativas, de tal manera que muchas personas creen que el banco les va a devolver dinero, incluso sin reclamar, pero mucho me temo, que no va a ser fácil, porque el banco no esta obligado a nada. Las entidades financieras, puede llegar a acuerdo con el cliente y devolver lo que acuerden, pero también puede alegar que no son clausulas abusivas ni nulas y rechazar dicha solicitud. Hoy mismo, vengo de celebrar una audiencia previa de nulidad de clausulas suelo, y he de decir, que el banco no ha propuesto ningún tipo de acuerdo. Lo normal es que hubiera propuesto algo, a raíz de este famoso Decreto y de la STJU de 21 de Diciembre, así manifestaría su buena fe, pero nada de nada, con lo cual tendremos que ir a juicio y que su señoría decida, que espero falle en contra del banco como vienen haciendo hasta ahora.
carmen abogada 18/01/17 12:13
Ha respondido al tema Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.
Buenos días Las ultimas noticias, que se rumorean, sobre la posible negociación con los bancos, para llegar a acuerdos y poder eliminarlas las clausulas suelos, es que las entidades van a contratar a grandes empresas, para que negocien con los afectados, redactando los acuerdos, y se recomiendan que los usuarios lo hagan con abogado. La negociación, según se comenta, consistirá en que se le hace una petición al banco y este tiene un tiempo para contestar, aproximadamente dos meses, al cliente le dan un plazo para aceptar o no, y si no acepta la oferta, le vuelven a hacer otra contraoferta, se supone que al alza, no se si es mucho suponer. El fondo de la cuestión esta, en que la banca no quiere ingresar el dinero que tenga que devolver en efectivo en la cuenta del consumidor, para que el mismo pueda disponer de el como le plazca, si no que lo que quiere es que ese dinero se reinvierta en otros productos bancarios, se use para amortizar capital, acortar años del préstamo hipotecario etc. Otra cuestión, son los cálculos de cantidades y lo que se recoge en el acuerdo, en el supuesto de aceptarlo. Cada caso, será estudiado de forma separada.
carmen abogada 17/01/17 13:13
Ha respondido al tema Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.
Buenos días begomtnez Concretamente el banco Sabadell, es uno de los pocos con los que hemos llegado a acuerdos antes de llegar a juicio, eliminando la clausula suelo en el mismo acto de firmar el acuerdo y no solo eso, sino que devuelven todo lo cobrado de mas, suponiendo ello una ventaja, porque baja el recibo de hipoteca de forma inmediata y te ingresan de forma inmediata lo cobrado de mas. Por otra parte, os comento mi experiencia como abogada en la ultima semana, que acudí a audiencias previas al juzgado para eliminar clausulas suelo. Parecía que , ante la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los bancos podían, en las audiencia previa, ofrecer algún tipo de acuerdo y así se lo preguntan los jueces, pero no ofrecen nada, los abogados de las entidades, dicen que no están autorizados por el banco para ofrecer acuerdos. Algunos jueces, incluso los amenazan con tener en cuenta dicha sentencia para condenar a la entidad bancaria por mala fe, a pesar de ello, ellos siguen insistiendo en que las clausulas no son nulas ni abusivas. Por lo anteriormente dicho, dudo que, la mayoría de los bancos vayan a devolver nada, por las buenas de forma masiva, también hay excepciones de entidades que si devuelven. Habra que ir al caso concreto y reclamar en cualquier caso. Atte Carmen abogada de Málaga M-G&D Abogados
carmen abogada 09/12/16 13:05
Ha respondido al tema Accidente de tráfico – 5 semanas de baja – INDEMNIZACIÓN 300€
Buenos días El nuevo baremo de trafico establece, que se debe indemnizar la lesiones temporales, DESDE EL DIA DEL ACCIDENTE HASTA EL DIA DEL ALTA, pues son lesiones temporales las que sufre el lesionado desde el momento del accidente hasta el final de su proceso curativo o hasta la estabilización de la lesión y su conversión en secuela. Cosa distinta es como se pagan cada día, es decir, si se considera perjuicio leve, moderado o grave. Lo habitual es que si hay partes de baja medica porque la persona esta trabajando, esos días son perjuicio moderado y hay que indemnizar a 52e/días, si es perjuicio leve, será a 30 eros/días. En su caso, yo exigiría que los días de baja, con partes médicos, se le consideraran con moderados y se le abonaran a 52e/día no a 30 como le quieren pagar, además de exigir todos los días de incapacidad, no solo diez días. Otra cuestión son las secuelas que pudiera decir su medico que le han quedad, también tendrían que indemnizárselas Lo mas adecuado es que consulte con un abogado de su elección que le asesore, porque las compañías de seguros, siempre le van a descontar días, intentar pagar lo menos posible etc. Por otro lado, los seguros del automóvil en sus pólizas, contemplan que el asegurado pueda elegir un abogado de su elección, por ello puede usted buscar uno que trate con la compañía y le pueda reclamar una indemnización mas ventajosa para usted y si es posible poder llegar a un acuerdo o no. Si desea asesoramiento puede ponerse en contacto con nuestro despacho de abogados y reclamaremos en su nombre Atte Carmen abogada de Málaga M-G&D Abogados
carmen abogada 17/11/16 11:55
Ha respondido al tema Reclamaciones ¿Accidente Mejor Penal o Civil?
Buenos días En su caso, como es un accidente grave con lesiones graves, se mando el atestado al juzgado, por eso se tramita en vía penal y le cita el forense para reconocerle y hacer una pericial, donde establezca las lesiones, secuelas etc. Esa informe del forense, es el que al Juez, normalmente, utiliza como instrumento para dar la indemnización, el llamado auto de cuantía máxima, que fija la cantidad máxima que se podía reclamar. Dependiendo de las pruebas que haya, el juzgado, seguirá vía penal, si encuentra que se que los hechos son constitutivos de delito, y si no encuentra que se haya producida ningún ilícito penal lo dirá así, y se ira a la vía civil. He de comentarle que la responsabilidad penal, lleva aparejada la civil, por eso no tiene que renunciar a la vía penal, dado que su tema esta tramitándose como delito. En el caso de que, el juzgado haya determinado que no hay ilícito penal, es cuando puede renunciar a la vía penal, con reserva de las acciones civiles para poder acudir a esta vía. En accidentes leves, lo normal es acudir a la vía civil. Pero antes de ello y con el nuevo baremo de trafico, se solicita oferta motivada y la compañía aseguradora hace oferta de indemnización por las lesiones, secuelas etc. en el supuesto de que sea aceptada por el cliente, se firma un acuerdo y se soluciona el tema, si no se esta acuerdo, hay que ir a la vía civil y celebrar juicio, para que sea el juez quien determine la indemnización que se debe pagar al lesionado. En muchos casos, la realidad, es que las compañías de seguros, pretenden pagar menos días de los que haya estado de baja el lesionado, no pagar secuelas etc. Por estos motivos comentados, lo mas aconsejable es que se asesore de un abogado de su confianza o solicite uno de oficio, que con toda la documentación podrá darle una respuesta mas exacta. Si desea asesoramiento puede ponerse en contacto con nuestro despacho y llevaremos su tema Atte Carmen abogada de Málaga M-G& Abogados