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Participaciones del usuario Carlopere

Carlopere 13/09/19 13:21
Ha publicado el tema Plusvalía IRPF donación nuda propiedad vivienda
Carlopere 04/06/19 09:24
Ha respondido al tema Cálculo usufructo cuota viudal - Herencia
De acuerdo, entonces si por ejemplo la nuda propiedad fuese el 90%. ¿El cálculo sería el siguiente? Al ser gananciales Valor de compra: 50000/2=25000 Valor de adjudación en herencia: 100000/2=50000 Valor en la donación=120000 25000*90%=22500 50000*90%=45000 120000*90%=108000 Ganancia patrimonial en renta: 108000-(22500+45000)=40500 euros de ganancia patrimonial ¿Es correcto? Gracias
Carlopere 31/05/19 12:01
Ha respondido al tema Cálculo usufructo cuota viudal - Herencia
Muchas gracias, muy clara la explicación. Dices “Es por diferencia del valor del porcentaje que corresponde a la nuda propiedad en el momento de la donación y el valor del porcentaje de la nuda propiedad en el momento de adquisición de la vivienda.” Pero me surge una duda, si por ejemplo esta vivienda se compró por 50000, pero se compró en gananciales con mi marido, al fallecimiento de mi marido en la escritura de adjudicación de herencia aparece esta vivienda y me la adjudiqué yo pero con un valor actualizado al precio de mercado de ese momento, 100000 euros. Entonces, cuando realice la donación de nuda propiedad a mi hija donde se le dará un valor a la vivienda de 120000 euros, para ver la ganancia patrimonial en renta y realizar los cálculos que me has explicado, ¿como referencia para los cálculos que tendría que coger los 50000 euros que es el precio al que compré yo en su día la vivienda, o los 100000 euros que es el valor por el que me adjudiqué la vivienda cuando falleció mi marido?
Carlopere 30/05/19 12:11
Ha respondido al tema Cálculo usufructo cuota viudal - Herencia
Creo que he encontrado la web donde calcular el impuesto de donaciones en la Comunidad Valencia: http://atv.gva.es/va/tributos-impuestos-declaraciones-sd Respecto a la tributación en la renta cuando se realiza la donación no lo tengo del todo claro, por ejemplo imaginemos que en el momento de la donación se fija un valor a la vivienda de 120000 euros, y calculamos el valor de la nuda propiedad que se dona en ese momento y la nuda propiedad son 90000. En renta la ganancia patrimonial que a mi me aparecería al realizar la donación no serían 90000, imagino que habría que ver el precio de compraventa de la vivienda en su día cuando yo la compré, que pongamos que fueron por ejemplo 50000 euros, ¿mi ganancia patrimonial en renta serían 70000 (120000-50000)? Tampoco creo que sean 70000 porque yo no estoy donando el pleno dominio, sino únicamente la nuda propiedad, entonces no sé cómo calcularlo, ¿quizá sería ver la diferencia entre el valor de la nuda propiedad en el momento que compré al vivienda y el valor de la nuda propiedad en momento que realizo la donación? Pero tampoco sé cómo calcular el valor de la nuda propiedad cuando compré en su día la vivienda.
Carlopere 30/05/19 08:11
Ha respondido al tema Cálculo usufructo cuota viudal - Herencia
De acuerdo, gracias, ¿y en cuanto al impuesto sobre sucesiones y donaciones existe alguna web donde pueda hacer una simulación para la Comunidad Valenciana?
Carlopere 29/05/19 12:47
Ha respondido al tema Cálculo usufructo cuota viudal - Herencia
De acuerdo, gracias, y en cuanto al Impuesto sobre la renta, al ejercicio siguiente de la donación únicamente afectaría al donante en su renta, ya que se le produciría un incremento patrimonial en su renta, ¿donde podría hacer una simulación para ver cómo me afectaría esta donación en renta? ¿Conocéis algún enlace? Gracias
Carlopere 28/05/19 08:42
Ha respondido al tema Cálculo usufructo cuota viudal - Herencia
Muy interesante el artículo, pero tengo una duda, ¿si el valor que se le da al inmueble en la escritura de donación de nuda propiedad no supera el valor de 100000 euros, como el inmueble está situado en la Comunidad Valencia, el impuesto de donaciones a liquidar cuando se realiza la donación, y el impuesto a liquidar cuando se extingue el usufructo por fallecimiento del usufructuario y consolidación del pleno domino, no sería cero en ambos casos para la Comunidad Valenciana?
Carlopere 27/05/19 08:34
Ha respondido al tema Cálculo usufructo cuota viudal - Herencia
Gracias por el enlace, a ver si lo he entendido bien, al parecer cuando se realiza la donación de la nuda propiedad el donatario ha de liquidar el impuesto sobre donaciones, y cuando fallece el usufructuario para que el donatario consolide el pleno dominio ha de volver a liquidar el impuesto sobre donaciones, es decir, el donatario liquida el impuesto dos veces en dos momentos diferentes, una primera vez cuando se le dona la nuda propiedad, y una segunda vez cuando fallece el usufructuario y consolida el pleno dominio, ¿es así? Gracias
Carlopere 25/05/19 22:45
Ha respondido al tema Cálculo usufructo cuota viudal - Herencia
De acuerdo, entonces por lo que veo es muy importante el valor que fijemos a la casa en la escritura de donación de nuda propiedad, ya que por lo que me indicas este valor es el que regiría en un futuro una vez fallecida yo si mi hija vendiera la casa, ya que de cara al impuesto sobre la renta habría que ver el beneficio obtenido en el momento de la venta teniendo en cuenta el valor de la casa que se puso en el momento de realizar la escritura de la donación de la nuda propiedad. ¿Lo he entendido bien verdad? Una vez realizada la donación de la nuda propiedad, ¿si yo falleciera automáticamente pasaría a mi hija el pleno dominio de la casa y no habría que fijar un nuevo valor a la casa?
Carlopere 25/05/19 13:19
Ha respondido al tema Cálculo usufructo cuota viudal - Herencia
De acuerdo, gracias, voy a indicar a modo de resumen lo que me habéis dicho por si hay alguien le sirviera, corregidme si me equivoco por favor. Ante una donación de nuda propiedad de una vivienda la fiscalidad en la comunidad valenciana es la siguiente: -Impuesto sobre donaciones: Si la donación no supera 100000 euros la cuota a liquidar es 0. El valor que hay que tener en cuenta es el el valor de la nuda propiedad que se dona, no el valor total (de pleno dominio) del la vivienda. Si el valor de la nuda propiedad que se dona es superior a los 100000 euros pagaría este impuesto únicamente el donante. -Plusvalía municipal: La paga únicamente el donatario. -Impuesto sobre la renta: Al ejercicio siguiente de la donación únicamente afectaría al donante en su renta, ya que se le produciría un incremento patrimonial en su renta. Si que tengo una duda, y es que imagino que en la escritura de donación habrá que fijar un valor de mercado a la vivienda, y en el momento de mi fallecimiento pasará el pleno dominio a mi hija. Imaginemos que una vez fallecida yo, mi hija desea vender la vivienda, ¿este valor de mercado que se fijó en el momento de la donación es el que Hacienda tendrá en cuenta si vende a posteriori la vivienda? Es decir, por ejemplo en la donación la vivienda se valora en 80000 euros, y el día de mañana cuando yo fallezca mi hija la vende por 100000, ¿eso quiere decir que cuando realice mi hija la renta al año siguiente para Hacienda habrá tenido un incremento patrimonial de 20000 euros, que es el beneficio que ha obtenido y le repercutiría esto en su declaración de IRPF?