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boliche 24/04/16 22:13
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Si marcas en cada pérdida, le indicas al programa que no la imputas porque has recomprado después (eso es lo que significa marcar esa casilla), y claro, no suma las minusvalías y sólo te deja las plusvalías íntegras. Tendrás que ver si efectivamente todas las pérdidas no las puedes imputar, si no, estás regalando dinero al fisco en la declaración de este año. Podrás recuperarlo más adelante, pero mejor si lo haces (me refiero a compensar las pérdidas) cuanto antes y no dejarlo para años venideros, que nunca se sabe.
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boliche 04/01/16 19:39
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Si vendes todo en 2016, podrás compensar las pérdidas, pero en la declaración del ejercicio 2016 (a presentar en 2017). El 2015 lo has terminado con las minusvalías bloqueadas y no deberás (poder puedes, pero no debes) compensarlas en la declaración que presentes este año. Lo del concurso de acreedores no creo que influya en el tema de los bloqueos de minusvalías, pero no lo sé con total certeza. Habría que consultar con algún experto en legislación de este tema. Un saludo.
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boliche 26/12/15 12:48
Ha respondido al tema Tributar venta de derechos en el momento de la venta de las acciones
Los datos fiscales que da Hacienda, igual que los borradores que realiza, suelen no ser del todo completos cuando hay operaciones no convencionales, por decirlo de alguna manera. Hay que revisarlos siempre y completarlos allí donde proceda. Sobre el tema del reparto de comisiones en un paquete de acciones, se realiza de forma proporcional. Si tienes 1.000 acciones en el paquete, a cada acción le corresponderá la milésima parte de los mismos (0,03 €). Cuando vendas 450 acciones, el importe de gastos deducibles a sumar como parte del valor de adquisición será 450 x 0,03 €. El resto queda para las acciones no vendidas.
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boliche 08/12/15 17:56
Ha respondido al tema ¿Podéis explicarme cómo se compensan pérdidas y ganancias en la prox. decl. IRPF?
Tus cálculos son correctos, pero creo que es mejor como te lo indica batiscafo. Los resultados son casi iguales a los tuyos, y digo casi porque la manera en que reduces los 7.582 € de plusvalía con el mínimo personal y familiar es correcta si sólo tienes rentas del ahorro. Si el saldo de tu base liquidable general no es nulo, el mínimo personal y familiar se aplica primero en reducir esta base liquidable, y sólo lo que sobra (si es que sobra algo) reduce la base liquidable del ahorro. Por eso creo que es mejor (o al menos se moja menos) como lo dice batiscafo. Sobre los 7.582 € se aplica el mínimo personal y familiar como proceda, sin dar más datos. Un saludo.
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boliche 08/12/15 17:39
Ha respondido al tema ¿Podéis explicarme cómo se compensan pérdidas y ganancias en la prox. decl. IRPF?
Buenas batiscafo. Acabo de comprobar que estás en lo cierto y yo equivocado en lo que dije antes. Las pérdidas procedentes de ventas de acciones, fondos de inversión, derivados, divisas y otros elementos patrimoniales (como inmuebles) que se hayan obtenido en los años 2013 y 2014 con período de generación inferior al año pueden compensarse con las del mismo tipo obtenidas en el resto de ejercicios, independientemente de si son de más o menos de un año. Pero tengo que hacerte una matización. No es el apartado 5 de la disposición transitoria séptima (que se refiere a la compensación de rentas de la base general) el que te da la razón, sino el apartado 6, que es el que trata la compensación de las rentas de la base del ahorro y el que permite que estas pérdidas de 2013 y 2014 (procedentes de transmisiones patrimoniales) cambien de base para su compensación. En esta página... http://inviertoyahorro.com/productos/integracion.html ... he encontrado un buen resumen de cómo compensar rentas a partir de 2015, aunque es un poco farragoso. Gracias por la aclaración.
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boliche 08/12/15 11:25
Ha respondido al tema ¿Podéis explicarme cómo se compensan pérdidas y ganancias en la prox. decl. IRPF?
No. Las minusvalías pendientes de compensar que sean de la base general deben compensarse con plusvalías de la base general. Sólo podrás compensarlas con rendimientos del trabajo (hasta el límite permitido) y otros rendimientos de esa base, pero no puedes pasarlas a la base del ahorro, aunque sean por venta del mismo tipo de activo. Cosas de nuestros políticos y sus ideas peregrinas.
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boliche 03/09/15 16:44
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Porque la aplicación de la regla de los dos meses es independiente de las acciones que fiscalmente estés vendiendo. Además, tienes que tener claro antes que nada que no es la operación de compra la que marca el inicio del período de dos meses a considerar, sino la operación de venta con minusvalía. Las ventas con plusvalías tampoco dan inicio a nada. Desde un punto de vista fiscal, las acciones que vendes son las del 20-12-14, sí, y si vendes 100 acciones, las del 8-6-15 también las vendes, pero para aplicar la norma anticompensación de minusvalías, da igual cuáles son las que vendes. Sólo se mira cuántas has comprado en los dos meses anteriores y posteriores a la venta, y si alguna de las que caen en ese radio de acción ya han sido consideradas recompra antes. Nada más. Puede parecerte raro, pero es así. Sólo hay que mirar cuántas acciones se compran y cuántas quedan en la cartera. En el segundo caso, compras 200 acciones en los dos meses anteriores, que son las mismas que te quedan en cartera. Pues para Hacienda, esas 200 acciones son recompra de la venta. No recompra física, porque las compraste antes de la venta, sino a efectos fiscales. Por ello, tienes una minusvalía por venta de 100 acciones bloqueada por una recompra de 200. ¿Es esto posible? Para Hacienda sí, al menos eso es lo que dice la DGT en respuestas a consultas sobre este tema. El único límite para el número de acciones recompradas es el número de acciones que quedan en la cartera, no el número de acciones que hayan provocado la minusvalía. ¿Qué hacer para desbloquear la minusvalía? Pues ir vendiendo esas acciones. Las primeras 100 que vendas no te permitirán desbloquear nada. Tendrás una venta de 100 acciones con un número de acciones recompradas mayor. A partir de la 101, podrás empezar a desbloquear minusvalía, porque empiezan a quedarte menos de 100 acciones en cartera (si no compras más). No sé si te aclara algo lo que te digo o te lía más. Si quieres consultar más, tienes un caso práctico muy completo explicado en este post de este mismo hilo: http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1999230-regla-dos-meses-minusvalias?page=8#respuesta_2776472 Saludos.
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boliche 03/09/15 16:06
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Si el 4 de septiembre compras 100 acciones y el 5 vendes 100 acciones, tendrías: 20-12-14: Compra de 50 acciones 8-6-15: Compra de 50 acciones 18-8-15: Compra de 100 acciones 4-9-15: Compra de 100 acciones 5-9-15: Venta de 100 acciones (con minusvalía) La situación es la misma, tienes la minusvalía bloqueada también por 2 recompras (días 18-8 y 4-9), y por el mismo número de acciones (200).
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boliche 03/09/15 16:00
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Si compras hoy 3 de septiembre 100 acciones y mañana 4 vendes 50 acciones, tendrías: 20-12-14: Compra de 50 acciones 8-6-15: Compra de 50 acciones 18-8-15: Compra de 100 acciones 3-9-15: Compra de 100 acciones 4-9-15: Venta de 50 acciones (con minusvalía) La venta del 4 de septiembre supone que se consideran recompra de ésta las compras de los días 18-8 y 3-9 (las de los dos meses anteriores), es decir, la minusvalía de esa venta de 50 acciones está bloqueada por la recompra de 200 acciones. Tendrás que vender 150 acciones antes de poder empezar a desbloquear la minusvalía.
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